El matrimonio entre personas del mismo sexo

Argentina abrió el camino en 2010. Hoy la mitad de los países hispanohablantes casan a las parejas del mismo sexo; en la otra mitad, la unión no existe o no tiene nombre.

Illustration : Le mariage entre personnes de même sexe

Un continente dividido

La apertura del matrimonio a las parejas del mismo sexo ha seguido en el mundo hispanohablante dos caminos: la ley, votada por el parlamento — España en 2005, Argentina en 2010, Uruguay en 2013, Chile en 2021, Cuba por referéndum en 2022 —, y los tribunales, que en México, Colombia, Ecuador, Costa Rica y Estados Unidos han declarado inconstitucional la exclusión. El resultado, a la fecha de esta página, es una división casi exacta: la mitad de los países cubiertos casan a las parejas del mismo sexo; en la otra mitad — Perú, Bolivia, Paraguay, Venezuela, la mayoría de Centroamérica, la República Dominicana, Guinea Ecuatorial — no existe ni matrimonio ni, salvo excepciones, unión civil. La Corte Interamericana de Derechos Humanos pidió en 2018 a todos los Estados del sistema garantizar los mismos derechos; su opinión consultiva se ha aplicado de forma desigual.

Donde no hay matrimonio

Algunos países ofrecen una unión civil o de hecho abierta a las parejas del mismo sexo, con derechos parciales; otros, nada. En estos últimos, la pareja puede protegerse con testamento, poderes, seguros y contratos, pero no puede obtener ni la filiación conjunta ni la reagrupación familiar del conviviente extranjero. Un matrimonio celebrado en otro país no se reconoce, o se reconoce solo para efectos limitados.

Filiación y adopción

Casi en todos los países que abrieron el matrimonio, la adopción conjunta siguió, a veces con años de diferencia y a veces por sentencia. La filiación automática de los hijos nacidos en el matrimonio de dos mujeres existe en varios; para dos hombres, la gestación subrogada está prohibida o no regulada casi en toda la región, y la filiación de un hijo nacido en el extranjero por esa vía se resuelve caso por caso. Las fichas de país dicen qué es posible en cada Estado.

Reconocimiento entre países

Y la realidad social

La ley no lo dice todo. En varios países donde el matrimonio es legal, la discriminación sigue siendo cotidiana y la violencia, real; en otros donde no lo es, la vida en pareja es posible y visible en las grandes ciudades. La página sobre los encuentros internacionales y las fichas de país señalan los Estados donde la relación misma está penalizada o donde la prudencia se impone.

El derecho país por país

El marco jurídico, los trámites, los plazos y los costes cambian de un país a otro. Cada país tiene aquí una ficha detallada: textos aplicables, puntos clave, trámites reales, costes, direcciones útiles y trampas que evitar.

Elija un país para abrir su ficha.

Europa

Unión Europea

Matrimonio igualitario en 16 Estados miembros (España desde 2005, Grecia desde 2024, Estonia desde 2024), unión civil en otros 7 y nada en 4; la sentencia Coman de 2018 obliga a todos a reconocer el matrimonio de un ciudadano de la Unión para la residencia de su cónyuge del mismo sexo.

España

Matrimonio abierto a las parejas del mismo sexo desde julio de 2005 por la Ley 13/2005, con igualdad total — adopción conjunta, filiación, pensiones, reagrupación —; el Tribunal Constitucional lo confirmó en 2012, y más de 70 000 matrimonios se han celebrado desde entonces.

América del Norte y Caribe

México

Matrimonio igualitario en los 32 estados desde octubre de 2022, por leyes estatales o por la jurisprudencia obligatoria de la Suprema Corte (2015), con adopción conjunta y reconocimiento en todo el país; la Ciudad de México lo abrió en 2010.

Cuba

Matrimonio y adopción abiertos a las parejas del mismo sexo desde el Código de las Familias aprobado en referéndum en septiembre de 2022, tras décadas de exclusión; la unión de hecho afectiva y la gestación solidaria completan un marco de los más avanzados de la región, en un país con recursos limitados.

República Dominicana

Ni matrimonio ni unión civil: la Constitución de 2010 define el matrimonio y la unión de hecho como la unión de un hombre y una mujer, y el Tribunal Constitucional lo confirmó en 2021; ninguna ley contra la discriminación por orientación sexual, y el nuevo Código Penal de 2025 no la incluyó.

Puerto Rico

Matrimonio igualitario desde julio de 2015 por la sentencia federal Obergefell, con adopción conjunta y filiación reconocidas por los tribunales locales; el Código Civil de 2020 lo integró, y el matrimonio vale en todo Estados Unidos.

Estados Unidos

Matrimonio igualitario en los 50 estados y en Puerto Rico desde la sentencia Obergefell de junio de 2015, con reconocimiento federal blindado por la Respect for Marriage Act de 2022; adopción conjunta en todo el país, residencia del cónyuge extranjero como para cualquier matrimonio, y protección laboral federal desde 2020.

América Central

Guatemala

Ni matrimonio ni unión civil: el Código Civil define el matrimonio y la unión de hecho entre un hombre y una mujer, la iniciativa 5272 de 2022 (archivada) pretendía prohibir expresamente el matrimonio igualitario, y no existe ley contra la discriminación por orientación sexual.

Honduras

Ni matrimonio ni unión civil: la Constitución prohíbe desde 2005 el matrimonio y la unión de hecho entre personas del mismo sexo y su reconocimiento aunque se hayan celebrado en el extranjero, y la reforma de 2021 blindó la prohibición; una ley contra la discriminación por orientación sexual existe desde 2013 en el Código Penal.

El Salvador

Ni matrimonio ni unión civil: el Código de Familia define el matrimonio entre un hombre y una mujer, la Sala de lo Constitucional lo confirmó en 2022, y el Gobierno ha retirado desde 2019 las pocas políticas de diversidad; sin ley contra la discriminación por orientación sexual.

Nicaragua

Ni matrimonio ni unión civil: el Código de Familia de 2014 define el matrimonio y la unión de hecho entre un hombre y una mujer; la ley contra la discriminación por orientación sexual existe en el Código Penal desde 2008, pero el cierre de las organizaciones desde 2018 ha eliminado casi todo el apoyo.

Costa Rica

Matrimonio igualitario desde el 26 de mayo de 2020, primero de Centroamérica, por decisión de la Sala Constitucional de 2018 tras la opinión consultiva de la Corte Interamericana pedida por el propio Gobierno; adopción conjunta y filiación reconocidas; sin exigencia de residencia para casarse.

Panamá

Ni matrimonio ni unión civil: la Corte Suprema rechazó en febrero de 2023 los recursos de parejas del mismo sexo contra el Código de la Familia, contra la opinión consultiva de la Corte Interamericana; sin ley contra la discriminación por orientación sexual.

América del Sur

Colombia

Matrimonio igualitario desde abril de 2016 por la sentencia SU-214 de la Corte Constitucional, tras la unión marital de hecho (2007) y la adopción conjunta (2015); igualdad de efectos, con una aplicación que depende a veces de los notarios y jueces.

Venezuela

Ni matrimonio ni unión civil: la Constitución protege el matrimonio «entre un hombre y una mujer», la Sala Constitucional no ha resuelto los recursos pendientes desde 2015, y el Código Civil sigue limitando el matrimonio a personas de distinto sexo; la crisis ha agravado la situación de las parejas del mismo sexo.

Ecuador

Matrimonio igualitario desde junio de 2019 por sentencia de la Corte Constitucional, tras la unión de hecho abierta en 2015; la Constitución sigue reservando la adopción a las parejas de distinto sexo, y la comaternidad se ha obtenido por sentencias.

Perú

Ni matrimonio ni unión civil para las parejas del mismo sexo: el Tribunal Constitucional rechazó en 2020 y 2023 el reconocimiento de matrimonios celebrados en el extranjero, los proyectos de unión civil han fracasado desde 2013, y la protección contra la discriminación por orientación sexual es parcial.

Bolivia

Ni matrimonio ni unión civil: la Constitución de 2009 reserva el matrimonio y la unión libre a «una mujer y un hombre»; una sentencia de 2020 ordenó registrar la unión libre de una pareja del mismo sexo, ejecutada en 2023, sin efecto general; la discriminación por orientación sexual está prohibida por ley desde 2010.

Chile

Matrimonio igualitario desde el 10 de marzo de 2022 (Ley 21.400), con adopción conjunta y filiación, tras el Acuerdo de Unión Civil de 2015; ley de identidad de género por declaración desde 2019.

Argentina

Primer país de América Latina en abrir el matrimonio a las parejas del mismo sexo, en julio de 2010 (Ley 26.618), con igualdad total — adopción conjunta, filiación, pensiones —, y ley de identidad de género por simple declaración desde 2012.

Paraguay

Ni matrimonio ni unión civil: la Constitución de 1992 define el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer y la unión de hecho igual; el Senado rechazó en 2021 una resolución de reconocimiento, y no existe ley contra la discriminación por orientación sexual.

Uruguay

Matrimonio igualitario desde agosto de 2013 (Ley 19.075), segundo país de América Latina, tras la unión concubinaria (2007) y la adopción por parejas del mismo sexo (2009); ley integral para personas trans desde 2018.

África

Guinea Ecuatorial

Ni matrimonio ni unión civil ni reconocimiento alguno: las relaciones entre personas del mismo sexo no están penalizadas, pero la discriminación, la exclusión familiar y la presión policial son fuertes; ninguna ley protege contra la discriminación por orientación sexual.

Este tema se trata también para Italia y la Suiza italiana · los países lusófonos · los Países Bajos, Flandes y Surinam.

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