Matrimonio, unión y divorcio — El Salvador

Matrimonio civil celebrado desde los 18 años, sin excepción desde 2017, ante alcalde, notario, gobernador o procurador y con dos testigos; la boda religiosa carece de efectos civiles, el régimen por defecto es la comunidad diferida y el matrimonio igualitario no existe.

Ilustración: Matrimonio, unión y divorcio
Mapa de situación — El Salvador
El Salvador. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

Matrimonio civil

El Código de Familia de 1994 (artículos 11 a 118) rige el matrimonio, que se celebra con dos testigos ante el alcalde municipal, el gobernador departamental, el procurador general, los procuradores auxiliares o un notario, y se asienta en el Registro del Estado Familiar de la alcaldía. Desde el Decreto 754 de 2017, la edad mínima es de 18 años sin excepciones. Para el Código, el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer; la ceremonia religiosa no genera efectos civiles. A falta de capitulaciones, rige la comunidad diferida.

Los puntos clave

Edad18 años sin excepción (Decreto 754 de 2017)
AutoridadAlcalde, gobernador departamental, procurador general o auxiliar, notario; dos testigos
DocumentosDUI, certificaciones de partidas de nacimiento y constancia de soltería o de divorcio; con frecuencia los notarios piden además un certificado médico
RégimenComunidad diferida, salvo que las capitulaciones elijan la separación de bienes o la participación en las ganancias
CosteGratuito o tasa mínima en la alcaldía; notario de 150 a 400 dólares
ExtranjerosPasaporte o carné de residente y certificado de nacimiento y de soltería, con apostilla (El Salvador adhiere a ese convenio desde 1996) y traducción
Matrimonio religiosoSin efectos civiles
ApellidosLa esposa puede agregar el apellido del marido; los hijos llevan los dos apellidos

En la práctica

  • Acudir a la alcaldía o a un notario con los documentos y los testigos; la alcaldía fija fecha en pocas semanas, el notario en días.
  • Las capitulaciones se otorgan por escritura pública antes o durante el matrimonio e inscriben en el Registro del Estado Familiar.
  • El cónyuge extranjero presenta su documentación apostillada y traducida; después solicitan la residencia por matrimonio en la Dirección General de Migración y Extranjería.
  • El acta se inscribe en el Registro del Estado Familiar de la alcaldía del lugar de celebración.
  • Quien se casa fuera del país inscribe el matrimonio en el consulado.

Coste y cobertura

Alcaldía: gratuito o tasas de unos dólares; notario de 150 a 400 dólares; capitulaciones de 100 a 300 dólares (el país usa el dólar).

Cambios recientes

El Decreto 754 de 2017 acabó con el matrimonio de menores, que la ley permitía con autorización y en caso de embarazo.

A quién dirigirse

  • Alcaldías (Registro del Estado Familiar): celebración e inscripción.
  • Procuraduría General de la República: matrimonios gratuitos.
  • Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado de apostillar los documentos.
  • Dirección General de Migración y Extranjería: trámite de residencia del cónyuge.

Conviene saber

La comunidad diferida salvadoreña funciona como una separación durante el matrimonio y como una comunidad al disolverse: cada uno administra lo suyo, pero al divorcio o al fallecimiento se reparten las ganancias. Cualquier otro régimen debe pactarse ante notario.

Fuentes

El artículo general: Matrimonio civil

Uniones y convivencia

El Código de Familia de 1994 (artículos 118 a 126) regula la unión no matrimonial: la constituida por un hombre y una mujer sin impedimento para contraer matrimonio, que hacen vida en común libremente de forma singular, continua, estable y notoria durante tres o más años. Se declara judicialmente ante el juez de familia, a petición de los dos (proceso de jurisdicción voluntaria) o de uno de ellos, en vida o hasta un año después de la muerte o la ruptura, y produce desde la fecha de inicio: régimen de comunidad diferida, derechos hereditarios como el cónyuge (primer orden), protección de la vivienda familiar, pensión compensatoria, presunción de paternidad y seguridad social del ISSS.

Los puntos clave

RequisitosHombre y mujer sin impedimento matrimonial; tres años de convivencia singular, continua, estable y notoria
DeclaraciónJudicial (juez de familia), a petición de los dos o de uno; hasta un año después de la muerte o la ruptura
EfectosComunidad diferida, herencia en el primer orden, vivienda familiar protegida, pensión compensatoria, ISSS, presunción de paternidad
DisoluciónRuptura de la convivencia; la declaración posterior liquida la comunidad
Mismo sexoSin estatuto
PlazoUn año desde la ruptura o la muerte para pedir la declaración

En la práctica

  • Pedir la declaración de la unión no matrimonial al juez de familia de común acuerdo en vida (proceso rápido con la PGR o abogado): fija la fecha de inicio y evita el juicio posterior.
  • Tras la muerte o la ruptura, la declaración debe pedirse en el año siguiente con pruebas; después, se pierde el derecho.
  • Inscribir al conviviente en el ISSS como beneficiario.
  • Hacer testamento además, para disponer libremente (no hay legítima).
  • La vivienda familiar de la unión declarada no puede venderse sin el consentimiento de los dos.

Coste y cobertura

Declaración con la Procuraduría General de la República gratuita; abogado privado de 300 a 800 dólares (el país usa el dólar).

Cambios recientes

La jurisprudencia de familia ha precisado la prueba de la unión y el plazo de un año; el ISSS reconoce a los convivientes declarados. Ningún proyecto de unión civil ha prosperado.

A quién dirigirse

  • Juzgados de familia: declaración de la unión no matrimonial.
  • Procuraduría General de la República: representación gratuita.
  • ISSS: beneficiarios.
  • Registro del Estado Familiar: inscripción de la sentencia.

Conviene saber

El plazo de un año tras la muerte o la ruptura para pedir la declaración es fatal: el conviviente que lo deja pasar pierde la herencia y la comunidad diferida. La declaración conjunta en vida ante el juez de familia, gratuita con la PGR, evita ese riesgo.

Fuentes

El artículo general: Uniones y convivencia

Matrimonio entre personas del mismo sexo

Ni matrimonio ni unión civil: el Código de Familia lo reserva a un hombre y una mujer, la Sala de lo Constitucional lo ratificó en 2022 y, desde 2019, el Gobierno ha desmantelado las pocas políticas de diversidad; ninguna ley prohíbe discriminar por orientación sexual.

El Código de Familia (artículo 11) define el matrimonio como la unión legal de un hombre y una mujer, y la Constitución (artículo 32) protege la familia sin definir el matrimonio; una reforma constitucional para prohibir expresamente el matrimonio igualitario fue aprobada en primera lectura en 2015 sin ratificarse. La Sala de lo Constitucional rechazó en 2022 la demanda de inconstitucionalidad del artículo 11. Un matrimonio celebrado fuera del país no puede inscribirse. No es delito mantener relaciones entre personas del mismo sexo; el Código Penal agrava desde 2015 los homicidios y amenazas por odio a la orientación sexual, pero no existe ley contra la discriminación, y el Gobierno de Nayib Bukele suprimió en 2019 la Secretaría de Inclusión Social y ha excluido la diversidad de las políticas públicas.

Los puntos clave

MatrimonioNo: Código de Familia (artículo 11) y Sala de lo Constitucional (2022)
Unión civilNo
Matrimonios extranjerosNo inscritos
AdopciónConjunta imposible
Identidad de géneroSin ley; la Sala de lo Constitucional ordenó en 2022 legislar el cambio de nombre, sin resultado
DiscriminaciónAgravantes por odio en el Código Penal (2015); sin ley general
ContextoRégimen de excepción desde 2022; políticas de diversidad suprimidas; violencia contra personas trans

En la práctica

  • Las parejas salvadoreñas del mismo sexo celebran su boda en México, Estados Unidos o España, pero en El Salvador ese matrimonio no surte efectos.
  • Contratos de protección: testamento (la libertad de testar es total), poderes notariales, copropiedad y seguros.
  • Las organizaciones (Asociación Entre Amigos, COMCAVIS Trans, Aspidh) informan y acompañan las quejas ante la PDDH y la CIDH.
  • En una pareja binacional, casarse en Estados Unidos da al cónyuge salvadoreño acceso a la residencia estadounidense.
  • La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos recibe las denuncias.

Coste y cobertura

Testamento y poderes ante notario de 100 a 300 dólares (el país usa el dólar).

Cambios recientes

La Sala de lo Constitucional cerró en 2022 la vía judicial del matrimonio pero ordenó legislar el cambio de nombre de las personas trans, sin resultado; el régimen de excepción ha reducido el espacio de las organizaciones.

A quién dirigirse

  • Asociación Entre Amigos, COMCAVIS Trans y Aspidh: información y apoyo.
  • Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos: denuncias.
  • Los notarios autorizan testamentos y poderes.

Conviene saber

Sin estatuto ni protección específica, la libertad de testar total salvadoreña permite al menos dejar todos los bienes a la pareja por testamento: es la herramienta principal, junto con los poderes notariales; el matrimonio en Estados Unidos es la vía frecuente de las parejas binacionales.

Fuentes

El artículo general: Matrimonio entre personas del mismo sexo

Régimen económico del matrimonio

Comunidad diferida por defecto — cada cónyuge administra lo suyo durante el matrimonio y al disolverse se reparten por mitades los bienes adquiridos a título oneroso —, o separación de bienes y participación en las ganancias por capitulaciones ante notario antes o durante el matrimonio; la unión no matrimonial declarada sigue la comunidad diferida.

El Código de Familia de 1994 (artículos 40 a 105) ofrece tres regímenes: la separación de bienes, la participación en las ganancias y la comunidad diferida, que se aplica a falta de capitulaciones (artículo 42): durante el matrimonio cada cónyuge administra y dispone de sus bienes como en una separación, pero al disolverse se forma la comunidad con los bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio y los frutos, que se reparte por mitades; quedan propios los anteriores, las herencias, donaciones y objetos personales. Las capitulaciones requieren escritura pública ante notario, pueden otorgarse antes o durante el matrimonio y se asientan en el Registro del Estado Familiar. La vivienda familiar está protegida (artículo 46): no puede enajenarse sin el consentimiento de los dos. La unión no matrimonial declarada judicialmente sigue la comunidad diferida.

Los puntos clave

Régimen por defectoComunidad diferida: administración separada durante el matrimonio, reparto por mitades de lo adquirido al disolverse
AlternativasSeparación de bienes; participación en las ganancias; mediante capitulaciones firmadas ante notario, antes o durante el matrimonio
Bienes propiosLos anteriores al matrimonio, las herencias, las donaciones, los objetos personales y lo que los sustituye
Vivienda familiarProtegida: consentimiento de los dos para enajenarla, cualquiera que sea el régimen
DeudasCada cónyuge responde de las suyas durante el matrimonio; las contraídas para el hogar comprometen a ambos
LiquidaciónCuando el régimen termina por divorcio, separación o muerte: inventario, mitades; por escritura o judicial
Unión no matrimonialComunidad diferida desde la declaración judicial

En la práctica

  • Antes o durante el matrimonio, otorgar capitulaciones ante notario para la separación de bienes si se quiere evitar el reparto al disolverse; inscribirlas en el Registro del Estado Familiar.
  • Durante el matrimonio cada uno dispone de lo suyo, pero la vivienda familiar exige la firma de los dos: el Centro Nacional de Registros lo comprueba.
  • Al divorciarse, incluir la liquidación de la comunidad diferida en el convenio o pedirla al juez de familia.
  • Conservar las pruebas del origen de los bienes propios y de las fechas de adquisición.
  • Declarar la unión no matrimonial ante el juez de familia para hacer valer la comunidad diferida.

Coste y cobertura

Capitulaciones ante notario de 100 a 300 dólares; liquidación por escritura según los bienes; judicial con abogado o PGR (el país usa el dólar).

Cambios recientes

La jurisprudencia de familia ha precisado la liquidación de la comunidad diferida y la protección de la vivienda familiar; el régimen no ha cambiado desde 1994.

A quién dirigirse

  • Registro del Estado Familiar de las alcaldías: inscripción.
  • Centro Nacional de Registros: inmuebles.
  • Juzgados de familia: liquidación y declaración de uniones.
  • Los notarios formalizan capitulaciones y liquidaciones.

Conviene saber

La comunidad diferida engaña: durante el matrimonio cada uno hace lo que quiere con sus bienes, pero al divorcio todo lo adquirido a título oneroso se reparte por mitades, incluida la empresa creada por uno solo. Quien no lo quiera debe firmar la separación de bienes ante notario, posible en cualquier momento.

Fuentes

El artículo general: Régimen económico del matrimonio

Divorcio

Divorcio por mutuo consentimiento, por separación de más de un año consecutivo o por «vida intolerable», ante el juez de familia con abogado, en procedimientos de uno a seis meses; pensión compensatoria posible para el cónyuge en desequilibrio.

El Código de Familia de 1994 (artículos 105 a 122) prevé tres motivos de divorcio: el mutuo consentimiento de los cónyuges, la separación de los cónyuges durante uno o más años consecutivos, y la vida intolerable entre ellos por incumplimiento grave de los deberes, conducta deshonrosa, adicciones o violencia. El procedimiento es judicial ante los juzgados de familia, con la Ley Procesal de Familia de 1994; el mutuo consentimiento se tramita con un convenio sobre los hijos, la vivienda y los bienes. El Código prevé la pensión compensatoria (artículo 113) para el cónyuge que sale en desequilibrio económico.

Los puntos clave

Mutuo consentimientoConvenio sobre hijos, alimentos, vivienda y bienes; una audiencia; de uno a tres meses
Separación de un añoCausal objetiva, sin culpa; de tres a seis meses
Vida intolerableCausal de culpa, con pruebas; de seis meses a más de un año
HijosCuidado personal a uno de los padres o compartido por acuerdo; alimentos según ingresos, con retención salarial
Pensión compensatoriaPara el cónyuge en desequilibrio; temporal o vitalicia según el caso
BienesLiquidación del régimen (comunidad diferida por defecto)
AbogadoObligatorio; Procuraduría General de la República gratuita
CifrasUnos 5 000 divorcios al año

En la práctica

  • De mutuo consentimiento: convenio con abogado y demanda conjunta ante el juzgado de familia; el juez aprueba el convenio en audiencia.
  • Por separación de un año: demanda con pruebas de la separación (testigos, constancias); el otro cónyuge no puede oponerse al fondo.
  • La Procuraduría General de la República representa gratuitamente a quien no puede pagar un abogado, en particular para los alimentos.
  • La pensión compensatoria se reclama en la propia demanda.
  • La sentencia de divorcio se asienta en el Registro del Estado Familiar.

Coste y cobertura

Honorarios de abogado de 300 a 1 000 dólares para un mutuo consentimiento; más en los contenciosos; Procuraduría General gratuita (el país usa el dólar).

Cambios recientes

Los juzgados de familia han generalizado el cuidado personal compartido cuando los padres lo acuerdan; el régimen de excepción vigente desde 2022 no afecta a los procedimientos de familia.

A quién dirigirse

  • Juzgados de familia (Corte Suprema de Justicia).
  • Procuraduría General de la República: asistencia gratuita y cuotas alimenticias.
  • Unidades de atención a la familia de la Corte Suprema.

Conviene saber

La separación de un año consecutivo permite divorciarse sin culpa y sin el acuerdo del otro: es la vía más usada cuando uno de los cónyuges se niega. La pensión compensatoria, en cambio, solo se concede si se pide en la demanda.

Fuentes

El artículo general: Divorcio

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