Aborto
Los artículos 449 a 458 del Código Penal marroquí castigan el aborto: a la mujer, que se expone a la pena de prisión que prevé el artículo 454, y a quien lo practica, castigado con prisión y con la prohibición de ejercer, penas que se agravan si la mujer muere. El artículo 453 admite el acto cuando es necesario para salvaguardar la salud de la madre, con el acuerdo del cónyuge o, a falta de él, el dictamen del médico jefe de la prefectura (médecin-chef de la préfecture). La ley vigente no prevé ninguna excepción en caso de violación, de incesto o de malformación del feto. La realidad contrasta con la letra de la ley: las asociaciones médicas hablan de varios cientos de abortos clandestinos al día, y los abortos clandestinos practicados fuera de una estructura médica son la primera causa evitable de mortalidad materna en los países con una ley restrictiva. Por eso son decisivos los cuidados tras un aborto — hemorragia, infección, retención —: se deben a toda mujer, sin condición ni denuncia, y se prestan en las estructuras públicas; los servicios de urgencias ginecológicas de los hospitales públicos atienden las complicaciones sin exigir explicaciones sobre el origen del embarazo interrumpido, y el personal sanitario está sujeto al secreto profesional. La anticoncepción, incluida la de urgencia, es en cambio legal y accesible en las farmacias y en los centros de salud (véase la sección sobre la anticoncepción), y la Asociación Marroquí de Planificación Familiar ofrece consejo y seguimiento ginecológico. Una comisión real propuso ya en 2015 ampliar las excepciones a la violación, al incesto, a las malformaciones graves y a los trastornos mentales; esas propuestas no se adoptaron, pero el proyecto de reforma del Código Penal, discutido en paralelo con la reforma del Código de la Familia (Moudawana) anunciada a finales de 2024, prevé ampliar las excepciones y reabre el debate con regularidad, sin haber concluido hasta hoy. En suelo marroquí, el derecho penal marroquí alcanza a nacionales y extranjeros por igual. La situación española es la opuesta. La Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, modificada por la Ley Orgánica 1/2023, deja a la mujer decidir sola, sin acuerdo del marido, hasta la semana 14 contada desde la última regla, y desde 2023 sin periodo de reflexión; con dictamen médico, el límite pasa a la semana 22 si hay grave riesgo para su vida o su salud o graves anomalías fetales. A los 16 y 17 años se decide sin los padres, y la sanidad pública no cobra nada, tampoco a las mujeres sin tarjeta sanitaria ni a las extranjeras sin papeles. Para la comunidad marroquí de España, la diferencia es completa: lo que en Marruecos es un delito es en España una prestación de la sanidad pública.
Los puntos clave
| Principio | Prohibición general: el aborto es delito para la mujer y para quien lo practica |
|---|---|
| Textos | Artículos 449 a 458 del Código Penal |
| Excepción | Peligro para la salud de la madre (artículo 453), con el acuerdo del cónyuge en principio o, a falta de él, el dictamen del médico jefe de la prefectura |
| Violación, incesto, malformación | No previstos por la ley vigente |
| Pena para la mujer | Prisión, prevista por el artículo 454 |
| Pena para quien lo practica | Prisión y prohibición de ejercer, agravadas si la mujer muere |
| Cuidados tras un aborto | Se deben a toda mujer, sin condición ni denuncia, en las estructuras públicas; secreto profesional del personal sanitario |
| Realidad estimada | Varios cientos de abortos clandestinos al día, según las asociaciones médicas |
| Anticoncepción | Legal, incluida la de urgencia, en las farmacias y en los centros de salud |
| Reforma | Comisión real de 2015: ampliar las excepciones a la violación, al incesto, a las malformaciones graves y a los trastornos mentales; proyecto de reforma del Código Penal en la misma línea, sin concluir |
| Comparación con España | La mujer decide hasta la semana 14, y por motivos médicos se llega a la 22; a partir de los 16 años no hace falta permiso paterno; la sanidad pública lo cubre gratis (Ley Orgánica 2/2010, reforma de 2023) |
| Marroquíes y españolas | En territorio marroquí se aplica la ley penal marroquí a cualquier nacionalidad; en España, la ley española, que da a las marroquíes residentes, tengan o no papeles, el mismo acceso que a las españolas |
En la práctica
- Ante una hemorragia abundante, fiebre o dolores intensos, acuda de inmediato a las urgencias de un hospital: los cuidados tras un aborto se deben a toda mujer, sin condición, la atención es lo primero y el personal sanitario está sujeto al secreto profesional.
- Los servicios de urgencias ginecológicas de los hospitales públicos atienden las complicaciones — hemorragia, infección, retención — sin exigir explicaciones sobre el origen del embarazo interrumpido: no retrase la consulta por miedo.
- La prevención pasa por la anticoncepción, legal en Marruecos: la anticoncepción de urgencia está disponible en las farmacias y es la forma más segura de evitar la situación, y los centros de salud del Ministerio de Sanidad marroquí proporcionan los demás métodos (véase la sección sobre la anticoncepción).
- La Asociación Marroquí de Planificación Familiar (Association marocaine de planification familiale, AMPF), presente en varias ciudades, ofrece consultas, anticoncepción y seguimiento ginecológico a tarifa social.
- Una española que vive en Marruecos está sometida a la ley penal marroquí como cualquier otra persona: la prohibición alcanza a la mujer y a quien practica el aborto, y la única excepción es la del peligro para la salud de la madre. Ante una complicación, no deje que el miedo retrase la atención; el consulado de España de su demarcación puede orientarla.
- La española que vive en Marruecos y piensa abortar en España queda sujeta a la ley española: puede pedirlo hasta la semana 14, que se cuenta a partir del primer día de la última menstruación, y desde 2023 ya no hay periodo de reflexión. Averigüe antes si conserva el derecho a la sanidad pública española aunque viva fuera, calcule el tiempo que le restará el viaje y prevea un control médico al regresar.
- La marroquí que reside en España aborta con las mismas reglas que una española: por decisión propia hasta la semana 14, sin necesitar el consentimiento del marido ni, desde los 16 años, el de los padres, y gratis en la sanidad pública, incluso sin tarjeta sanitaria o en situación irregular, como prevé la ley. La derivación la hace el centro de salud o un centro de salud sexual y reproductiva, aunque también puede presentarse directamente en una clínica acreditada.
- Después de un aborto, en España o en Marruecos, no falte a la revisión y pregunte por la anticoncepción: se puede volver a ovular antes de la primera regla.
Coste y cobertura
Las estructuras públicas marroquíes atienden tras un aborto, los centros de salud públicos dan la anticoncepción gratis o casi, y la AMPF cobra tarifas sociales por consultas, anticoncepción y seguimiento ginecológico. España no cobra el aborto a ninguna mujer atendida por la sanidad pública, aunque se la derive a una clínica concertada; pagando de su bolsillo en una clínica privada, cuesta de 300 a 500 euros hasta la semana 12, y más a partir de ahí. Desde Marruecos hay que añadir viaje y estancia, y confirmar antes el derecho a la sanidad pública española.
Cambios recientes
En 2015, una comisión real ya planteó extender las excepciones a la violación, el incesto, las malformaciones graves y los trastornos mentales; nada de ello se adoptó, y el proyecto de reforma del Código Penal, debatido a la par que la del Código de la Familia anunciada a finales de 2024, que también ampliaría las excepciones, sigue sin aprobarse. En España, la Ley Orgánica 1/2023 eliminó los tres días de reflexión, permitió de nuevo a las chicas de 16 y 17 años decidir sin los padres y exigió a la sanidad pública prestar el servicio en sus propios hospitales; ese mismo año, el Tribunal Constitucional avaló la ley de 2010.
A quién dirigirse
- Asociación Marroquí de Planificación Familiar (AMPF), presente en varias ciudades: consejo, anticoncepción y seguimiento ginecológico.
- Centros de salud reproductiva del Ministerio de Sanidad marroquí, para la anticoncepción y el seguimiento.
- Servicios de urgencias de los hospitales, en caso de complicación: no espere, la atención se debe a toda mujer.
- Servicios de ginecología de los centros hospitalarios universitarios (CHU) de Rabat, Casablanca, Fez y Marrakech.
- Consulado de España de su demarcación en Marruecos: orientación y asistencia consular.
- En España: para la derivación gratuita, el centro de salud o el centro de salud sexual y reproductiva de la comunidad autónoma; para informarse y orientarse, la Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE).
Conviene saber
Donde la ley es restrictiva, el aborto clandestino sin control médico es la principal causa evitable de muerte materna. Hemorragia fuerte, fiebre o dolor intenso exigen ir a urgencias de inmediato: atender a la mujer es lo primero, no está sujeto a condiciones ni a denuncia, y el personal sanitario guarda el secreto profesional. Lo que cuenta es la ley del lugar, no la del país de origen: en Marruecos, la prohibición alcanza a cualquiera que practique el aborto, sea cual sea su nacionalidad; en España rige la Ley Orgánica 2/2010. Para acogerse a esta última no hay tiempo que perder, porque las 14 semanas corren desde el primer día de la última menstruación y no desde la concepción.
Fuentes
- Service-public.ma — portal nacional de los servicios públicos de Marruecos — portal oficial
- Ley Orgánica 2/2010 — interrupción voluntaria del embarazo en España (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado
- Ley Orgánica 1/2023 (reforma de la Ley Orgánica 2/2010) — Boletín Oficial del Estado
- Ministerio de Sanidad — interrupción voluntaria del embarazo — datos anuales y normativa
