Adopción
El Código de las Familias (Ley 156 de 2022, artículos 279 a 320) regula la adopción, plena, con la posibilidad de mantener vínculos con la familia de origen cuando conviene al niño: pueden adoptar las personas de más de 25 años con al menos 18 años más que el adoptado, casadas, en unión de hecho afectiva o solas, sin distinción de sexo ni orientación desde 2022. El tribunal municipal popular constituye la adopción tras la evaluación de los órganos de trabajo social y del Ministerio de Educación (para los niños en hogares); el consentimiento de los padres biológicos es necesario salvo privación de la responsabilidad parental. Cuba es parte del Convenio de La Haya de 1993 desde 2007, pero la adopción internacional no se practica.
Los puntos clave
| Adoptantes | Más de 25 años; 18 años más que el niño; parejas casadas, en unión de hecho afectiva o personas solas, de cualquier orientación desde 2022 |
|---|---|
| Procedimiento | Solicitud ante el tribunal municipal con los informes de trabajo social; consentimiento de los padres biológicos o privación de la responsabilidad parental; audiencia; sentencia |
| Efectos | Plena; el tribunal puede mantener vínculos con la familia de origen en interés del niño |
| Niños adoptables | Niños en hogares sin amparo filial (Ministerio de Educación); pocos con situación jurídica resuelta |
| Plazos | De varios meses a más de un año |
| Internacional | Convenio de La Haya ratificado; sin práctica |
| Cifras | Unas decenas de adopciones al año |
En la práctica
- Presentar la solicitud al tribunal municipal por medio de un bufete colectivo con los certificados y el informe de trabajo social del área de salud.
- Para un niño de un hogar sin amparo filial, la solicitud pasa por la dirección provincial de Educación, que emite el informe.
- Los cubanos residentes en el extranjero pueden adoptar en Cuba con las mismas condiciones, por poder ante notario.
- La entrega informal de niños a familiares es común; el Código de 2022 prevé la guarda y cuidado y la responsabilidad parental de los parientes.
Coste y cobertura
Bufetes colectivos con honorarios fijos modestos; tribunales sin tasas significativas.
Cambios recientes
El Código de las Familias de 2022 abrió la adopción a las parejas del mismo sexo y flexibilizó el mantenimiento de vínculos con la familia de origen; las adopciones siguen siendo pocas.
A quién dirigirse
- Tribunales municipales populares.
- Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
- Ministerio de Educación — hogares sin amparo filial.
- Fiscalía General: protección de menores.
Conviene saber
Los niños de los hogares cubanos rara vez tienen la situación jurídica resuelta para ser adoptados, lo que explica las cifras mínimas: la mayoría de las adopciones son de hijos del cónyuge o de parientes. El Código de 2022 facilita la responsabilidad parental de los familiares que cuidan a un niño sin adoptarlo.
Fuentes
- Ley 156/2022 — Código de las Familias, artículos 279 a 320 — Gaceta Oficial
- Ministerio de Justicia de Cuba — bufetes y tribunales
- Conferencia de La Haya — Cuba — estado de las convenciones
Reproducción asistida
Programa estatal gratuito de atención a la pareja infértil en todas las provincias (consultas municipales y provinciales, centros de alta complejidad en La Habana, Santiago, Holguín, Cienfuegos y Camagüey), sin clínicas privadas; el Código de las Familias de 2022 reconoce la filiación por reproducción asistida a todas las parejas y la gestación solidaria sin pago.
Cuba organiza la reproducción asistida como un programa del Ministerio de Salud Pública, el Programa de Atención a la Pareja Infértil (2008), con tres niveles: consultas municipales de infertilidad, servicios provinciales de baja complejidad (inducción de la ovulación, inseminación) y centros territoriales de alta complejidad (FIV, ICSI) en La Habana (hospitales Hermanos Ameijeiras y Ramón González Coro), Santiago de Cuba, Holguín, Cienfuegos y Camagüey; todo es gratuito, sin sector privado. El Código de las Familias (Ley 156 de 2022) reconoce la filiación por reproducción asistida a las parejas de cualquier sexo y a las personas solas con base en la voluntad procreacional y el consentimiento, admite la gestación solidaria sin pago entre personas con vínculo afectivo con autorización judicial, y prevé la filiación multiparental. La donación de gametos es anónima y altruista, dentro del sistema estatal. Las limitaciones son materiales: escasez de medicamentos, equipos y reactivos, listas de espera y prioridad a las mujeres de menos de 38 años sin hijos; muchas parejas emigradas se tratan en el extranjero.
Los puntos clave
| Organización | Programa estatal gratuito (2008) en tres niveles; sin clínicas privadas |
|---|---|
| Acceso | Parejas de cualquier sexo y personas solas (Código de las Familias 2022); prioridad a menos de 38 años sin hijos |
| Cobertura | Total en el sistema público, limitada por la escasez de recursos |
| Filiación | Voluntad procreacional y consentimiento; filiación multiparental posible |
| Donación | Anónima y altruista, dentro del sistema estatal |
| Gestación solidaria | Permitida sin pago, entre personas con vínculo afectivo, con autorización judicial (Código de las Familias) |
| Cifras | Unos 1 500 ciclos de alta complejidad al año; miles de consultas municipales |
En la práctica
- Acudir a la consulta municipal de infertilidad del policlínico, que deriva a la consulta provincial y, si procede, al centro territorial de alta complejidad.
- Los criterios de prioridad favorecen a las mujeres de menos de 38 años sin hijos; las demás esperan más.
- Llevar los estudios previos y preguntar por la disponibilidad de medicación, que puede retrasar el ciclo.
- Para la gestación solidaria, la solicitud se presenta ante el tribunal con el vínculo afectivo y la imposibilidad de gestar.
- Los cubanos residentes en el extranjero se tratan a menudo en España, México o Estados Unidos.
Coste y cobertura
Gratuito en el sistema público; sin oferta privada legal.
Cambios recientes
El Código de las Familias de 2022 dio base legal a la filiación por reproducción asistida y a la gestación solidaria; la crisis económica ha agravado la escasez de medicamentos y reactivos desde 2021, con ciclos aplazados.
A quién dirigirse
- Consultas municipales de infertilidad de los policlínicos.
- Centros territoriales de alta complejidad (Hermanos Ameijeiras y González Coro en La Habana, Santiago, Holguín, Cienfuegos, Camagüey).
- Ministerio de Salud Pública — Programa de Atención a la Pareja Infértil.
- Tribunales municipales: autorización de la gestación solidaria.
Conviene saber
El marco cubano es de los más abiertos del mundo sobre el papel — gratuidad, todas las parejas, gestación solidaria, multiparentalidad — pero la escasez de medicamentos y reactivos condiciona todo: los ciclos se aplazan y las listas son largas. La prioridad a las menores de 38 años sin hijos deja a las demás con pocas opciones.
Fuentes
- Ley 156/2022 — Código de las Familias — Gaceta Oficial
- Ministerio de Salud Pública — Programa de Atención a la Pareja Infértil — información
- Revista Cubana de Obstetricia y Ginecología — resultados del programa — publicaciones
Custodia de los hijos
Responsabilidad parental compartida y guarda y cuidado a uno de los padres o compartida, según el Código de las Familias de 2022, pensión alimenticia fijada por el tribunal o el notario y régimen de comunicación; los problemas prácticos son la vivienda y la emigración de uno de los padres.
El Código de las Familias (Ley 156 de 2022) sustituyó la patria potestad por la responsabilidad parental, compartida por los dos progenitores, y regula la guarda y cuidado tras la separación: a uno de los padres o compartida, por acuerdo ante notario (en el divorcio notarial) o por decisión del tribunal municipal según el interés superior del niño, con un régimen de comunicación para el otro. La pensión alimenticia se fija según los ingresos y las necesidades y se debe hasta la mayoría de edad, o después si el hijo estudia. El Código introduce la guarda compartida, la escucha del menor y la responsabilidad parental de los abuelos y padres afines en ciertos casos. Salir del país con un menor exige la autorización notarial del otro progenitor.
Los puntos clave
| Responsabilidad parental | Compartida; el Código de 2022 la extiende en ciertos casos a otros parientes |
|---|---|
| Guarda y cuidado | A uno de los padres o compartida; por acuerdo notarial o por el tribunal |
| Comunicación | Régimen de comunicación del otro progenitor, fijado en el acuerdo o la sentencia |
| Pensión | Según ingresos y necesidades; hasta la mayoría de edad o el fin de los estudios; actualización difícil con la inflación |
| Impago | Ejecución judicial; delito de incumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad parental (Código Penal 2022) |
| Salida del país | Autorización notarial de los dos padres para la salida definitiva o temporal del menor |
| Contexto | Emigración masiva: muchos niños viven con abuelos o con un solo progenitor |
En la práctica
- En el divorcio notarial, fijar en la escritura la guarda, la comunicación y la pensión; el notario las inscribe.
- Sin acuerdo, demanda ante el tribunal municipal por medio de un bufete colectivo; el tribunal fija las medidas provisionales.
- La pensión en pesos se devalúa: pida su revisión cuando cambien los ingresos, y considere el pago en especie o en divisas por acuerdo.
- La autorización de salida del menor se firma ante notario cubano o en el consulado si el progenitor está fuera.
- Los abuelos que cuidan al niño pueden obtener la guarda o la responsabilidad parental por decisión judicial.
Coste y cobertura
Notaría con tarifas modestas; bufetes colectivos con honorarios fijos; tribunales sin tasas significativas.
Cambios recientes
El Código de las Familias de 2022 introdujo la guarda compartida, la escucha del menor y la responsabilidad parental de los parientes que cuidan al niño, respuesta en parte a la emigración de los padres.
A quién dirigirse
- Notarías municipales y tribunales municipales populares.
- Organización Nacional de Bufetes Colectivos.
- Fiscalía General: protección de menores.
- Consulados de Cuba para las autorizaciones desde el extranjero.
Conviene saber
Con la emigración, muchos padres se van dejando al hijo con el otro progenitor o los abuelos sin regular nada: un acuerdo notarial sobre la guarda, la comunicación y la pensión antes de salir evita años de bloqueo, en particular para la autorización de viaje del menor.
Fuentes
- Ley 156/2022 — Código de las Familias — Gaceta Oficial
- Ministerio de Justicia de Cuba — notarías
- Fiscalía General de la República — protección de menores
La herencia
Libertad de testar limitada por los «herederos especialmente protegidos» — descendientes, ascendientes o cónyuge sin medios y no aptos para trabajar, que tienen derecho a la mitad —, herencia sin testamento entre hijos y cónyuge por partes iguales, adjudicación ante notario e impuesto sobre transmisión de bienes y herencias.
El Código Civil de 1987 (artículos 466 a 547) reconoce la libertad de testar con un límite: la mitad de la herencia corresponde a los herederos especialmente protegidos — descendientes, ascendientes y cónyuge que no estén aptos para trabajar y dependan económicamente del difunto. Sin testamento, heredan por partes iguales los hijos y el cónyuge (el cónyuge tiene además la mitad de la comunidad de bienes), después los padres, los abuelos, los hermanos y sobrinos, y el Estado. El Código de las Familias de 2022 extiende los derechos del cónyuge a la unión de hecho afectiva inscrita. La adjudicación de la herencia se hace ante notario, y la Ley 113 de 2012 del sistema tributario grava las transmisiones de bienes y herencias con tipos del 4 % para las herencias entre parientes cercanos y superiores para los demás; las viviendas y los vehículos siguen reglas propias de transmisión.
Los puntos clave
| Herederos especialmente protegidos | Descendientes, ascendientes y cónyuge no aptos para trabajar y dependientes: mitad de la herencia |
|---|---|
| Sin testamento | Hijos y cónyuge por partes iguales; padres; abuelos; hermanos y sobrinos; Estado |
| Cónyuge y unión de hecho afectiva | Mitad de la comunidad matrimonial de bienes más su parte de heredero; unión inscrita equiparada desde 2022 |
| Testamento | Notarial (la forma habitual), ológrafo o especial; inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad |
| Trámites | Declaratoria de herederos y adjudicación ante notario; para la vivienda, actualización del título de propiedad ante la Dirección de la Vivienda |
| Impuesto | Impuesto sobre transmisión de bienes y herencias (Ley 113/2012): 4 % entre parientes cercanos, más para los demás |
| Contexto | Emigrantes: la salida definitiva del país implicaba la pérdida de bienes hasta 2013; hoy los emigrados conservan sus derechos |
En la práctica
- Hacer testamento notarial si se quiere designar herederos fuera del orden legal o legar la vivienda a una persona concreta, respetando la mitad de los herederos especialmente protegidos.
- Al fallecer: declaratoria de herederos ante notario con las certificaciones; adjudicación de la herencia; pago del impuesto en la ONAT.
- Para la vivienda, la Dirección Municipal de la Vivienda actualiza el título tras la adjudicación; los vehículos pasan por el registro correspondiente.
- Los herederos residentes en el extranjero actúan por poder otorgado en el consulado cubano.
- La unión de hecho afectiva debe inscribirse en vida ante notario para que el conviviente herede.
Coste y cobertura
Notaría con tarifas fijas modestas; impuesto del 4 % entre parientes cercanos; para los extranjeros y emigrados, aranceles en divisas a través de los bufetes internacionales.
Cambios recientes
El Código de las Familias de 2022 extendió los derechos sucesorios a las uniones de hecho afectivas y a los matrimonios del mismo sexo; la reforma migratoria de 2013 permitió a los emigrados conservar y heredar bienes en Cuba.
A quién dirigirse
- Notarías municipales (Ministerio de Justicia): testamentos, declaratorias y adjudicaciones.
- Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT): impuesto.
- Direcciones Municipales de la Vivienda: títulos de propiedad.
- Consultoría Jurídica Internacional y bufetes internacionales para los residentes en el extranjero.
Conviene saber
La vivienda es el bien esencial de la mayoría de las herencias cubanas y su transmisión sigue reglas propias: quien convive con el difunto sin estar inscrito puede quedar en una situación precaria. El testamento notarial y la inscripción de la unión de hecho evitan los conflictos más frecuentes.
