Anticoncepción
Anticonceptivos gratuitos en los centros públicos del Servicio Nacional de Salud y en Profamilia, píldora de emergencia legal y de venta libre; acceso de los adolescentes reconocido pero limitado por la falta de educación sexual.
La Ley General de Salud 42-01 y la Ley 87-01 del sistema de seguridad social incluyen la planificación familiar entre las prestaciones; el Ministerio de Salud Pública distribuye gratuitamente los anticonceptivos a través del Servicio Nacional de Salud y del programa PROMESE/CAL. La píldora del día después es legal y se compra sin receta. El Código para el Sistema de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes reconoce el derecho de los adolescentes a la salud sexual, pero la educación sexual escolar sigue siendo un tema de conflicto político.
Los puntos clave
| Cobertura | Gratuita en los centros del Servicio Nacional de Salud; incluida en el Plan Básico de Salud de la seguridad social |
|---|---|
| Farmacias | Hormonales y píldora de emergencia, en la práctica sin receta |
| Menores | Derecho reconocido; en la práctica los servicios amigables son pocos |
| Esterilización | Ligadura muy frecuente (método más usado del país); vasectomía disponible |
| Uso | Cerca del 70 % de las mujeres en pareja recurre a un método; el más usado es la ligadura |
| Embarazo adolescente | Entre los más frecuentes de América Latina; casarse antes de los 18 está prohibido desde 2021 |
En la práctica
- Acudir al centro de primer nivel o al hospital del Servicio Nacional de Salud: consejería y método gratuitos; el DIU y el implante según disponibilidad.
- En sus clínicas, Profamilia (República Dominicana) ofrece todos los métodos a precios sociales.
- En farmacia, la píldora cuesta de 200 a 600 pesos al mes; la de emergencia de 300 a 600 pesos.
- Los afiliados a la seguridad social (ARS) tienen la planificación familiar en el Plan Básico.
- Las unidades de atención integral a adolescentes existen en algunos hospitales.
Coste y cobertura
No se paga nada en el sistema público. En farmacia, el gasto mensual va de 200 a 600 pesos dominicanos; un implante colocado en el privado cuesta entre 6 000 y 12 000 pesos.
Cambios recientes
El Ministerio de Salud lanzó en 2023 un plan de reducción del embarazo adolescente con distribución de implantes en los hospitales; la educación sexual integral sigue sin aprobarse en el Congreso.
A quién dirigirse
- Centros del Servicio Nacional de Salud; línea *462 (Ministerio de Salud).
- Profamilia: clínicas en Santo Domingo, Santiago y otras ciudades.
- Ministerio de la Mujer: línea *212.
- Unidades de atención integral a adolescentes de los hospitales.
Conviene saber
La ligadura es tan frecuente que a menudo se propone a mujeres jóvenes con pocos hijos: es definitiva y no debe decidirse sin conocer los métodos de larga duración reversibles (DIU, implante), gratuitos en el sistema público.
Fuentes
- Ministerio de Salud Pública — programas
- Profamilia República Dominicana — servicios
- Servicio Nacional de Salud — red pública
Aborto
El artículo 317 del Código Penal de 1884 castiga el aborto con seis meses a dos años de prisión para la mujer y hasta veinte años para los profesionales de la salud que lo practiquen, sin ninguna excepción. La Constitución de 2010 declara inviolable la vida «desde la concepción». El movimiento por las «tres causales» (riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal, violación o incesto) ha ocupado el debate público durante más de una década; el nuevo Código Penal aprobado por el Congreso en 2025 las dejó fuera y mantuvo la prohibición total.
Los puntos clave
| Legal | Ningún caso |
|---|---|
| Penas | Mujer: seis meses a dos años; médicos y parteras: cinco a veinte años |
| Riesgo vital | Sin excepción escrita; en la práctica los hospitales actúan a veces bajo el estado de necesidad |
| Anticoncepción de emergencia | Legal y de venta libre |
| Aplicación | Persecución rara; el riesgo principal es la negativa de atención y el aborto inseguro |
| Cifras | Estimación de 90 000 abortos clandestinos al año; el aborto inseguro pesa en la mortalidad materna, de las más altas del Caribe |
En la práctica
- En caso de riesgo vital, los hospitales pueden intervenir invocando el estado de necesidad; no existe protocolo, y la decisión depende del equipo.
- Las organizaciones de mujeres (Colectiva Mujer y Salud, Profamilia dominicana para la anticoncepción) informan; el misoprostol circula por canales informales.
- La atención de las complicaciones es un derecho; ha habido casos de mujeres denunciadas desde el hospital, por lo que las organizaciones aconsejan no describir el origen del sangrado.
- Quien puede pagarlo viaja a Estados Unidos o a Puerto Rico, donde abortar es legal.
- La anticoncepción posterior está disponible en el sistema público y en Profamilia.
Coste y cobertura
No existe ninguna prestación legal de aborto. Aborto clandestino: de 5 000 a 30 000 pesos dominicanos según el proveedor, sin garantía.
Cambios recientes
El nuevo Código Penal, aprobado en 2025 tras años de bloqueo, no incluyó las tres causales; el presidente Abinader, que las apoyaba, lo promulgó igualmente. Las organizaciones de mujeres han anunciado nuevas acciones ante el Tribunal Constitucional y la CIDH.
A quién dirigirse
- Hospitales públicos (Servicio Nacional de Salud) para las complicaciones; emergencias 911.
- Línea *212 (Ministerio de la Mujer, violencia).
- Colectiva Mujer y Salud: información y defensa de las tres causales.
- Profamilia (República Dominicana): anticoncepción y salud sexual.
Conviene saber
Ninguna ley obliga a explicar el origen de una hemorragia en urgencias, y el secreto médico sigue vigente; sin embargo, los casos de denuncia desde hospitales existen. Las organizaciones de mujeres aconsejan acudir acompañada y no llevar medicamentos consigo.
Fuentes
- Código Penal — artículo 317 — texto (OEA)
- Constitución de la República Dominicana (2010), artículo 37 — Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Colectiva Mujer y Salud — información y campaña por las tres causales
Drogas y estupefacientes
La Ley 50-88 castiga toda posesión, incluso mínima: la «simple posesión» (menos de 20 g de marihuana o 1 g de cocaína) se castiga con 6 meses a 2 años y multa, sin despenalización, y el tráfico con hasta 30 años; el cannabis medicinal no está regulado; el alcohol se vende desde los 18 años y la alcoholemia al volante es de 0,5 g/l (Ley 63-17), en un país de tránsito de la cocaína hacia Europa.
La Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas clasifica al infractor según la cantidad: «simple posesión» (marihuana menos de 20 g, cocaína menos de 1 g): 6 meses a 2 años de prisión y multa de 1 500 a 2 500 pesos, con la posibilidad de tratamiento para el adicto; «distribuidor o vendedor» (de 20 g a una libra de marihuana, de 1 a 5 g de cocaína): 3 a 10 años; «traficante» (más de una libra o de 5 g): 5 a 20 años; «patrocinador»: 30 años; el consumo en sí no es delito, pero la posesión siempre lo es, y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) detiene a miles de consumidores al año. El nuevo Código Penal (Ley 74-25, 2025) no despenalizó la posesión. El cannabis medicinal no está regulado, pese a los proyectos de 2021 y 2023. La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (2017) fija la alcoholemia al volante en 0,5 g/l (0,3 para conductores de transporte público y de carga), con multa, suspensión de la licencia y retención del vehículo, y la venta de alcohol está prohibida a menores de 18 años (Ley 136-03) y restringida en horarios (Ley 63-17 y resoluciones); el país tiene una de las tasas de mortalidad en carretera más altas del mundo, con el alcohol y las motocicletas como factores. El Consejo Nacional de Drogas coordina la prevención y los centros de tratamiento (Hogares CREA, Casa Abierta).
Los puntos clave
| Simple posesión | Marihuana menos de 20 g, cocaína menos de 1 g: 6 meses a 2 años y multa (Ley 50-88); tratamiento posible para el adicto; sin despenalización |
|---|---|
| Distribuidor | De 20 g a una libra de marihuana, de 1 a 5 g de cocaína: 3 a 10 años |
| Traficante y patrocinador | 5 a 20 años; 30 años |
| Cannabis medicinal | No regulado; proyectos de 2021 y 2023 sin aprobar |
| Alcohol | Venta prohibida a menores de 18; alcoholemia 0,5 g/l (0,3 transporte público y carga) (Ley 63-17); horarios de venta restringidos |
| Cifras | Miles de detenciones por simple posesión al año (DNCD); mortalidad en carretera de las más altas del mundo (unos 3 000 muertos al año); la sustancia que más problemas causa es el alcohol |
En la práctica
- No llevar ninguna cantidad: un porro es «simple posesión» con proceso penal y hasta dos años; la DNCD y la Policía hacen redadas en playas y zonas turísticas.
- El adicto detenido puede pedir el tratamiento en lugar de la pena con un certificado médico; la defensa pública lo solicita.
- Con 0,5 g/l (dos copas) la conducción se sanciona con multa (de 5 a 10 salarios mínimos), suspensión de la licencia y retención del vehículo; los controles de la DIGESETT aumentan en Navidad y Semana Santa.
- El Consejo Nacional de Drogas orienta hacia los centros de tratamiento (Hogares CREA, Casa Abierta, hospitales psiquiátricos), gratuitos o de bajo coste.
- Los turistas detenidos por posesión son procesados y a menudo expulsados tras la condena; los consulados asisten sin poder intervenir.
Coste y cobertura
Multas por simple posesión de 1 500 a 2 500 pesos más la prisión; tratamientos de bajo coste en Hogares CREA; multas de tránsito por alcohol de 5 a 10 salarios mínimos.
Cambios recientes
El Código Penal de 2025 no tocó la Ley 50-88; los proyectos de cannabis medicinal siguen en el Congreso; la DNCD incautó cantidades récord de cocaína en 2023-2024; las autoridades restringieron los horarios de venta de alcohol.
A quién dirigirse
- Consejo Nacional de Drogas: orientación y prevención.
- Hogares CREA Dominicana, Casa Abierta: tratamiento.
- Oficina Nacional de Defensa Pública: causas de posesión.
- DIGESETT: normas de tránsito.
Conviene saber
La República Dominicana no despenalizó nada: la «simple posesión» de un porro es un delito con hasta dos años, y las playas y zonas turísticas se vigilan. Y la carretera es el mayor riesgo del país: alcohol y motos causan miles de muertes al año, con un límite de 0,5 g/l poco respetado.
Fuentes
- Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas — texto (OEA)
- Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial — INTRANT
- Consejo Nacional de Drogas — portal oficial
