Anticoncepción, aborto y drogas — Chile

Aborto legal solo por tres causales desde 2017 — riesgo vital, inviabilidad fetal letal y violación (hasta 12 semanas, 14 para menores de 14 años) —; fuera de ellas sigue siendo delito. El proyecto de aborto libre hasta las 14 semanas presentado en 2025 no prosperó.

Ilustración: Anticoncepción, aborto y drogas
Mapa de situación — Chile
Chile. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

Anticoncepción

Anticoncepción gratuita en la atención primaria pública para las afiliadas a Fonasa, píldora de emergencia gratuita en los consultorios — también para las menores de 14 años — desde la Ley 20.418 de 2010; en farmacias, los hormonales exigen receta.

La Ley 20.418 de 2010 fija las normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad: los establecimientos públicos deben entregar gratuitamente los anticonceptivos, incluida la píldora de emergencia, a quien lo solicite, y las menores de 14 años la reciben informando después a un adulto responsable. Las Normas Nacionales sobre Regulación de la Fertilidad (2018) detallan los métodos disponibles en la atención primaria. En farmacia, los anticonceptivos hormonales son medicamentos con receta.

Los puntos clave

CoberturaGratuita en los consultorios (CESFAM) para las afiliadas a Fonasa; isapres según el plan
FarmaciasHormonales con receta médica (de venta directa en la práctica en muchas farmacias); preservativos libres
Píldora de emergenciaGratuita en consultorios y urgencias, sin receta en farmacia (unos 10 000 pesos)
MenoresAcceso a todos los métodos; menores de 14 años atendidas con información posterior a un adulto
EsterilizaciónLigadura y vasectomía en el sistema público con consentimiento informado, sin edad mínima más allá de la mayoría
UsoAlrededor del 76 % de las mujeres en pareja usan un método; inyectables y píldora dominan, el implante crece

En la práctica

  • Inscribirse en el CESFAM de la comuna y pedir hora en el programa de la mujer: consejería y método el mismo día en general.
  • El implante y el DIU se colocan en el consultorio; la oferta de implantes depende de la compra de cada servicio de salud.
  • En farmacia, muchas venden la píldora sin exigir la receta, pero el precio es libre y varía mucho entre cadenas.
  • La píldora de emergencia se pide en el consultorio o en el SAPU/urgencias: la ley prohíbe negarla.
  • Las isapres cubren los anticonceptivos según el plan; el copago puede ser alto.

Coste y cobertura

Gratuito en la atención primaria para Fonasa. En farmacia, de 5 000 a 25 000 pesos al mes; píldora de emergencia de 8 000 a 15 000 pesos; implante en privado de 150 000 a 300 000 pesos.

Cambios recientes

En 2020 y 2021 se retiraron del mercado lotes de píldoras defectuosas que provocaron cientos de embarazos no deseados; la Corte Suprema reconoció en 2024 la responsabilidad del Estado. El Ministerio de Salud amplió en 2023 la oferta de implantes en la atención primaria.

A quién dirigirse

  • CESFAM de la comuna: programa de salud de la mujer.
  • Salud Responde: 600 360 7777.
  • APROFA (Asociación Chilena de Protección de la Familia): clínicas y consejería.
  • Instituto de Salud Pública: alertas sobre lotes de medicamentos.

Conviene saber

Un consultorio no puede negar la píldora de emergencia ni exigir autorización de los padres a una adolescente: la Ley 20.418 lo prohíbe expresamente. Si ocurre, la Superintendencia de Salud recibe el reclamo.

Fuentes

El artículo general: Anticoncepción

Aborto

La Ley 21.030, de septiembre de 2017, despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales: peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal de carácter letal y embarazo por violación. Fuera de esas causales, el Código Penal (artículos 342 a 345) castiga el aborto con penas de hasta cinco años para la mujer y el personal. La ley admite la objeción de conciencia individual e institucional. El Gobierno de Gabriel Boric presentó en enero de 2025 un proyecto de aborto legal hasta las 14 semanas, que no se aprobó antes del cambio de Gobierno en marzo de 2026.

Los puntos clave

Causal 1Riesgo vital de la mujer, sin plazo, con diagnóstico médico
Causal 2Inviabilidad fetal letal, sin plazo, con dos diagnósticos médicos
Causal 3Violación: hasta 12 semanas, o 14 si la mujer tiene menos de 14 años; no se exige denuncia
MenoresMenores de 14 años con autorización de un representante legal; entre 14 y 18 informando a un adulto
ObjeciónIndividual y también institucional (clínicas privadas), salvo urgencia por riesgo vital
AcompañamientoPrograma de acompañamiento psicosocial obligatorio, voluntario para la mujer
CoberturaFonasa y sistema público; isapres según el plan
CifrasUnas 700 a 900 interrupciones legales al año, muy por debajo de la demanda real

En la práctica

  • Acudir al consultorio o al hospital público: el diagnóstico de la causal lo hace el equipo médico, y la mujer puede acudir directamente a urgencias en caso de riesgo vital.
  • Para la causal de violación, el equipo de salud constata la situación sin exigir denuncia; la mujer decide si denuncia.
  • Las clínicas privadas objetoras deben derivar; la lista de establecimientos objetores la publica el Ministerio de Salud.
  • Fuera de las causales, el aborto con medicamentos autogestionado es frecuente; las organizaciones de acompañamiento informan sin practicarlo.
  • Las complicaciones se atienden en cualquier hospital sin obligación de denuncia.

Coste y cobertura

Gratuito en el sistema público para las afiliadas a Fonasa; las isapres cubren según el plan. Un aborto ilegal en clínica clandestina cuesta varios cientos de miles de pesos y expone a penas.

Cambios recientes

El proyecto de ley de aborto hasta las 14 semanas ingresó al Congreso en enero de 2025 y quedó sin avance tras la elección de un Gobierno contrario a él. La Corte Suprema y la Contraloría han precisado los límites de la objeción institucional.

A quién dirigirse

  • Salud Responde: 600 360 7777 (Ministerio de Salud).
  • Consultorios y hospitales públicos; unidades de alto riesgo obstétrico para las causales 1 y 2.
  • Corporación Miles Chile y APROFA: información y orientación jurídica.
  • Fono 1455 (SernamEG) para las víctimas de violencia sexual.

Conviene saber

Para la causal de violación el plazo de 12 semanas es estricto y se cuenta desde la última regla: cada semana de espera cuenta. El equipo de salud está obligado a informar a la mujer de sus derechos y a derivar sin demora si es objetor.

Fuentes

El artículo general: Aborto

Drogas y estupefacientes

La Ley 20.000 no castiga el consumo privado ni la tenencia para consumo personal «próximo en el tiempo», pero sanciona como falta el consumo en público (multa o trabajos comunitarios) y castiga el cultivo sin autorización, aunque la Corte Suprema exime el autocultivo para consumo propio; el cannabis medicinal se vende en farmacias con receta, el alcohol desde los 18 años y la alcoholemia al volante es de 0,3 g/l (Ley Emilia).

La Ley 20.000 (2005) castiga el tráfico con 5 a 15 años (microtráfico: 541 días a 5 años, artículo 4), y establece que la tenencia para consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo no es tráfico, con la carga de la prueba sobre el usuario; el consumo en lugares públicos o abiertos al público, y la tenencia con ese fin, son una falta (artículo 50) sancionada con multa de 1 a 10 UTM, trabajos comunitarios o asistencia a programas, y el consumo privado no se sanciona; el cultivo de cannabis sin autorización del Servicio Agrícola y Ganadero es delito (artículo 8: 541 días a 10 años), pero la Corte Suprema ha absuelto desde 2015 a quienes cultivan para su consumo personal o medicinal, y los tribunales lo aplican. El cannabis medicinal se dispensa en farmacias con receta (Decreto 84 de 2015) y las fundaciones (Daya) acompañan a los pacientes; los proyectos de «Cultivo Seguro» y de regulación no se han aprobado. La Ley 19.925 prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años; la Ley Tolerancia Cero (2012) y la Ley Emilia (2014) fijan la conducción «bajo la influencia» entre 0,3 y 0,79 g/l (multa, suspensión de 3 meses) y «en estado de ebriedad» desde 0,8 (61 a 540 días de prisión, suspensión de 2 años, cárcel efectiva de un año si hay lesiones graves o muerte); la Ley 21.625 (2023) endureció las penas del narcotráfico y creó el registro de narcotraficantes.

Los puntos clave

Consumo privadoNo sancionado
Consumo o tenencia en públicoFalta (artículo 50): multa de 1 a 10 UTM, trabajos comunitarios o programa; consumo en vehículos igual
Tenencia para consumoNo es tráfico si es personal, exclusivo y próximo en el tiempo (carga de la prueba sobre el usuario)
Tráfico y microtráfico5 a 15 años; microtráfico 541 días a 5 años
CultivoDelito sin autorización del SAG (artículo 8), salvo autocultivo para consumo propio según la Corte Suprema; medicinal en farmacias con receta
AlcoholVenta prohibida a menores de 18; bajo la influencia 0,3 a 0,79 g/l (multa, suspensión 3 meses); ebriedad desde 0,8 (prisión, suspensión 2 años); Ley Emilia
CifrasEl 15 % de los adultos consumió cannabis en el último año, el más alto de la región (SENDA); alcohol: la sustancia con más tratamientos; aumento de la cocaína y la pasta base

En la práctica

  • Fumar en la calle, la playa o un parque es una falta con multa (de 65 000 a 650 000 pesos) o trabajos comunitarios, y la policía decomisa; en casa no hay sanción.
  • Llevar más de unos gramos obliga a probar el consumo personal próximo: guardar en casa y no transportar cantidades que parezcan tráfico.
  • El autocultivo para consumo propio ha sido absuelto sistemáticamente por la Corte Suprema, pero la detención y el proceso siguen ocurriendo; una receta médica lo respalda.
  • Con 0,3 g/l (una cerveza y media) la suspensión del carné es de tres meses; con 0,8 hay prisión: el control es frecuente los fines de semana.
  • SENDA (Fono Drogas y Alcohol 1412, gratuito, 24 horas) orienta hacia los tratamientos públicos gratuitos; Fundación Daya para el cannabis medicinal; Échele Cabeza Chile para el análisis de sustancias.

Coste y cobertura

Multas por consumo en público de 1 a 10 UTM (65 000 a 650 000 pesos); tratamientos gratuitos por el programa SENDA-MINSAL; cannabis medicinal en farmacia de 60 000 a 150 000 pesos al mes.

Cambios recientes

La Ley 21.625 (2023) endureció el narcotráfico y creó el registro de traficantes; el proyecto Cultivo Seguro sigue en el Congreso; el Gobierno de 2022-2026 no impulsó la regulación del cannabis; Chile mantiene el consumo de cannabis más alto de la región.

A quién dirigirse

  • SENDA — Fono Drogas y Alcohol 1412 (24 horas, gratuito): orientación y tratamiento.
  • Fundación Daya: cannabis medicinal y acompañamiento jurídico.
  • Defensoría Penal Pública: defensa en causas de la Ley 20.000.
  • Échele Cabeza Chile, Fundación Latinoamérica Reforma: reducción de daños y política de drogas.

Conviene saber

Chile no castiga el consumo, pero sí llevar la sustancia fuera de casa: la falta del artículo 50 se aplica a diario. Y la carga de la prueba invertida hace que cualquier cantidad «excesiva» sea sospechosa de tráfico: el usuario debe demostrar que es para él.

Fuentes

El artículo general: Drogas y estupefacientes

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