Consentimiento y edad de consentimiento sexual
El Código Penal castiga la violación (artículo 361: acceso carnal con fuerza o intimidación, con víctima privada de sentido o incapaz de oponerse, o con abuso de su enajenación, 5 a 15 años), la violación impropia de un menor de 14 años (artículo 362: 5 a 20 años, sin que el consentimiento cuente) y el estupro (artículo 363: acceso carnal con un menor de 18 y mayor de 14 abusando de una anomalía mental, de una relación de dependencia, del grave desamparo o de la inexperiencia sexual de la víctima, 3 a 10 años), además del abuso sexual (artículos 366 a 366 quáter). La Ley 21.160 (2019) declaró imprescriptibles los delitos sexuales contra menores; la Ley 21.153 (2019) tipificó el acoso sexual en espacios públicos; la Ley 21.523 («Ley Antonia», 2022) reconoció la inducción al suicidio, reforzó los derechos de las víctimas de violencia sexual y castigó la revictimización; la Ley 21.515 (2022) elevó la edad mínima para casarse a 18 años sin excepción; la Ley 20.594 (2012) creó el registro de inhabilitados para trabajar con menores. La Ley 21.675 (2024) integral contra la violencia hacia las mujeres define la violencia sexual y digital. Chile no ha adoptado una definición de la violación basada solo en la ausencia de consentimiento, aunque la reforma está en debate.
Los puntos clave
| Edad de consentimiento | 14 años (violación impropia por debajo, artículo 362); estupro hasta los 18 en caso de abuso de inexperiencia, dependencia o desamparo |
|---|---|
| Violación | Fuerza, intimidación, víctima privada de sentido o incapaz de oponerse: 5 a 15 años; violación impropia 5 a 20 |
| Estupro | 3 a 10 años (artículo 363) |
| Prescripción | Imprescriptibles los delitos sexuales contra menores (Ley 21.160, 2019) |
| Matrimonio | 18 años sin excepción desde 2022 (Ley 21.515) |
| Acoso | Acoso sexual callejero delito (Ley 21.153, 2019); Ley Antonia (2022) contra la revictimización |
| Cifras | Unas 25 000 denuncias al año por delitos sexuales, dos tercios con víctimas menores |
En la práctica
- Denunciar en Carabineros, PDI (Brigada de Delitos Sexuales), fiscalía o tribunal; la Ley Antonia da a la víctima derecho a acompañamiento y a no ser interrogada repetidamente.
- Las relaciones consentidas entre un mayor de 14 y un menor de 18 no son delito salvo abuso de inexperiencia, dependencia o desamparo; las de cualquier persona con un menor de 14 son violación.
- La víctima adulta de abusos en la infancia puede denunciar en cualquier momento desde 2019.
- El fono 1455 (SernamEG) orienta a las mujeres; el 149 de Carabineros (Fono Familia) y el programa Mi Abogado (menores).
Coste y cobertura
Ninguno para denunciar; representación gratuita de las víctimas por las Corporaciones de Asistencia Judicial y el SernamEG.
Cambios recientes
La Ley Antonia (2022) y la Ley 21.675 (2024) reforzaron la protección; la edad mínima de matrimonio pasó a 18 años en 2022; el debate sobre una definición de la violación por ausencia de consentimiento continúa en el Congreso.
A quién dirigirse
- Carabineros (133, 149), PDI — Brigada de Delitos Sexuales, fiscalías.
- Fono 1455 (SernamEG) y centros de la mujer.
- Programa de Reparación del Maltrato Grave y Abuso Sexual (Mejor Niñez).
- Corporación Humanas, Fundación para la Confianza.
Conviene saber
La violación impropia no admite excepción: cualquier acceso carnal con un menor de 14 años es violación, aunque el otro sea también menor de 18. Y entre 14 y 18, el «consentimiento» del adolescente no protege al adulto que abusa de su inexperiencia o de una relación de dependencia.
Fuentes
- Código Penal — artículos 361 a 372 (delitos sexuales) — Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley 21.160 — imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores — texto
- Ley 21.523 (Ley Antonia) — derechos de las víctimas de violencia sexual — texto
El artículo general: Consentimiento y edad de consentimiento sexual
Violencia en la pareja
Ley de violencia intrafamiliar de 2005 y ley integral de 2024, Fono 1455 las 24 horas, medidas cautelares dictadas por los tribunales de familia o de garantía, femicidio ampliado por la Ley Gabriela de 2020; unos 40 femicidios consumados al año.
La Ley 20.066 de 2005 sobre violencia intrafamiliar organiza la protección: los tribunales de familia conocen de la violencia sin lesiones y dictan medidas cautelares (salida del agresor, prohibición de acercamiento, entrega de efectos), y los tribunales de garantía de los delitos (maltrato habitual, lesiones, amenazas). La Ley 20.480 de 2010 creó el femicidio, y la Ley 21.212 de 2020 (Ley Gabriela) lo extendió a las relaciones sin convivencia y a los motivos de género. La Ley 21.675 de junio de 2024, integral contra la violencia hacia las mujeres, unificó las definiciones, creó medidas de protección más amplias y obligó a la coordinación de los servicios.
Los puntos clave
| Teléfonos | Fono 1455 (SernamEG, 24 horas, orientación); 133 (Carabineros) y 149 (Fono Familia de Carabineros); 134 (PDI) |
|---|---|
| Medidas cautelares | Tribunales de familia (violencia sin delito) y de garantía (delitos): salida del agresor, prohibición de acercamiento, fijación de alimentos, custodia provisional; en horas o días |
| Denuncia | Carabineros, PDI, fiscalía, tribunal de familia; el maltrato habitual y las lesiones se persiguen de oficio |
| Femicidio | Presidio mayor en su grado máximo a perpetuo calificado; ampliado por la Ley Gabriela a exparejas y relaciones sin convivencia |
| Ley integral 2024 | Nuevas medidas de protección, prohibición de la mediación, formación obligatoria, coordinación |
| Cifras | Alrededor de 40 a 50 femicidios consumados y más de 200 frustrados al año; más de 100 000 denuncias por violencia intrafamiliar |
En la práctica
- En peligro: 133 (Carabineros); la policía puede detener al agresor en flagrancia y llevarlo al control de detención.
- Llamar al 1455 para orientación y derivación a los Centros de la Mujer del SernamEG (más de 100 en el país) y a las casas de acogida.
- Pedir las medidas cautelares al tribunal de familia (sin abogado) o a la fiscalía; la salida del agresor del hogar puede dictarse el mismo día.
- La Corporación de Asistencia Judicial y los Centros de la Mujer ofrecen representación gratuita.
- Las mujeres extranjeras víctimas pueden pedir una visa por razones humanitarias al Servicio Nacional de Migraciones.
Coste y cobertura
Fono 1455, medidas cautelares, Centros de la Mujer, casas de acogida y representación (Corporación de Asistencia Judicial, Centros de la Mujer) gratuitos.
Cambios recientes
La Ley 21.675 de 2024 es la primera ley integral chilena y prohíbe la mediación en los casos de violencia; el SernamEG amplió las casas de acogida. El Gobierno elegido en 2025 anunció la continuidad de la ley.
A quién dirigirse
- Fono 1455 (24 horas); Carabineros 133 y 149; PDI 134.
- Centros de la Mujer del SernamEG en todas las regiones; casas de acogida con ubicación reservada.
- Tribunales de familia: medidas cautelares sin abogado.
- Corporación de Asistencia Judicial: representación gratuita.
Conviene saber
El tribunal de familia puede dictar las medidas cautelares sin abogado y sin esperar al proceso penal: la salida del agresor del domicilio y la prohibición de acercamiento se piden en el propio tribunal, con la denuncia. Guarde copia de la resolución y llévela siempre.
Fuentes
- Ley 20.066 — violencia intrafamiliar — Biblioteca del Congreso Nacional
- Ley 21.675 — ley integral contra la violencia hacia las mujeres — texto
- SernamEG — Fono 1455 y Centros de la Mujer — servicios
