Protección de datos
El artículo 29 de la Constitución garantiza la inviolabilidad de la correspondencia y los documentos privados y el artículo 44 el hábeas data; la Ley 81 de 26 de marzo de 2019, en vigor desde el 29 de marzo de 2021 y reglamentada por el Decreto Ejecutivo 285 de mayo de 2021, rige el tratamiento de datos personales en bases públicas y privadas: principios de lealtad, finalidad, proporcionalidad, veracidad, seguridad, transparencia, confidencialidad, licitud y portabilidad; consentimiento previo, informado, inequívoco y demostrable, con bases alternativas; datos sensibles (orientación sexual, salud, biometría, creencias) con consentimiento expreso; derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad (ARCOP) con respuesta en 10 días hábiles; notificación de brechas a la autoridad y a los afectados; protocolos de seguridad; y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) como autoridad, con multas de 1 000 a 10 000 balboas y cierre temporal, más la posibilidad de acciones civiles; la ANTAI ha emitido resoluciones y guías y tramita denuncias. El Código Penal castiga la difusión de imágenes íntimas o de contenido sexual sin consentimiento desde la ley de 2023 (con agravantes si la víctima es menor o pareja), el acoso sexual incluido el digital (Ley 7 de 2018), la violación de datos y el acceso ilícito (artículos 289 a 292), y la Ley 82 de 2013 reconoce la violencia contra las mujeres por medios digitales con medidas de protección.
Los puntos clave
| Norma | Ley 81 de 2019 (en vigor desde marzo de 2021) y Decreto Ejecutivo 285 de 2021; hábeas data constitucional (artículo 44) |
|---|---|
| Autoridad | ANTAI; notificación de brechas obligatoria |
| Derechos | Acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad (ARCOP); respuesta en 10 días hábiles; consentimiento demostrable; datos sensibles con consentimiento expreso |
| Sanciones | De 1 000 a 10 000 balboas y cierre temporal; acciones civiles |
| Imágenes íntimas | Difusión sin consentimiento castigada desde 2023 (agravada si menor o pareja); acoso sexual digital (2018); violencia digital contra las mujeres (Ley 82) |
| Cifras | Cientos de denuncias ante la ANTAI desde 2021; primeras sanciones en 2023-2024; cientos de denuncias por difusión de imágenes al año (Ministerio Público) |
En la práctica
- Ejercer los derechos ante la empresa (correo o formulario), con respuesta en 10 días hábiles; sin respuesta o con negativa, denuncia gratuita ante la ANTAI (en línea), que investiga y sanciona; el hábeas data ante el juez sigue disponible.
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar ante el Ministerio Público (Unidad de Delitos Informáticos) o la DIJ, pedir medidas de protección al juzgado (Ley 82 si es la pareja) y notificar a la plataforma; el INAMU (182) acompaña.
- Pedir a la aplicación de citas el acceso a los datos y su cancelación cuando se cierre la cuenta, y exigir que avise de las brechas.
- Los menores están protegidos por la Ley 81 (consentimiento de los padres) y el Código de la Familia; denunciar a la SENNIAF y a la plataforma.
Coste y cobertura
Derechos y denuncias ante la ANTAI gratuitos; denuncia penal gratuita; abogados privados para daños.
Cambios recientes
La ANTAI emitió sus primeras sanciones en 2023-2024 y publicó guías sobre brechas y consentimiento; una ley de 2023 sanciona la difusión de imágenes íntimas; se debate elevar las multas de la Ley 81, consideradas bajas; el Gobierno anunció la intención de adherir al Convenio 108+.
A quién dirigirse
- ANTAI — Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información: denuncias de protección de datos.
- Ministerio Público — Unidad de Delitos Informáticos; DIJ.
- INAMU (182): violencia digital contra las mujeres.
- IPANDETEC (ipandetec.org): derechos digitales.
Conviene saber
Panamá tiene desde 2021 una ley completa y una autoridad que empieza a sancionar, aunque las multas (10 000 balboas como máximo) son poco disuasorias para las grandes plataformas: los derechos ARCOP son gratuitos y exigibles. Desde 2023, difundir imágenes íntimas constituye delito; conviene denunciarlo.
Fuentes
- Ley 81 de 2019 — Protección de Datos Personales — Gaceta Oficial
- ANTAI — Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información — denuncias y guías
- IPANDETEC — análisis de la Ley 81 — derechos digitales
Estafas románticas
La estafa se castiga con 1 a 4 años, 5 a 10 si supera 100 000 balboas o afecta a muchas víctimas (Código Penal, artículo 220), y los delitos informáticos con tipos propios (artículos 289 a 292), la denuncia se presenta ante el Ministerio Público (Unidad de Delitos Informáticos) o la DIJ; la Superintendencia de Bancos y la ACODECO exigen a las entidades el reembolso de las operaciones no autorizadas que se deben a fallos de seguridad, con exclusión de las transferencias voluntarias (Yappy); crecen las estafas por WhatsApp, por redes sociales y por contactos románticos.
El artículo 220 del Código Penal de 2007 castiga la estafa — obtener un provecho ilícito mediante engaño que induzca a error y provoque un acto de disposición patrimonial — con 1 a 4 años, 5 a 10 si el perjuicio supera 100 000 balboas, afecta a una pluralidad de personas o se comete con abuso de confianza o por medios informáticos, y los artículos 289 a 292 los delitos contra la seguridad informática (acceso ilícito, uso indebido de datos, daño, con 2 a 4 años, agravados si afectan a datos financieros); la Ley 79 de 2013 (trata) y la Ley 51 de 2008 (documentos electrónicos) completan, y Panamá adhirió al Convenio de Budapest en 2014. La denuncia se presenta ante el Ministerio Público (Fiscalía de Delitos contra la Propiedad, Unidad de Delitos Informáticos) o la Dirección de Investigación Judicial (DIJ, Sección de Delitos Informáticos), y la Unidad de Análisis Financiero puede rastrear. La Superintendencia de Bancos (Acuerdo sobre gestión del riesgo tecnológico y Acuerdo de protección al usuario) obliga a las entidades a mantener sistemas de seguridad y a asumir las operaciones no autorizadas que se produzcan por un fallo de sus controles, con reclamo ante el banco y luego ante la Superintendencia (Atención al Cliente Bancario), y la Ley 45 de 2007 de protección al consumidor aplicada por la ACODECO; las transferencias ordenadas por la víctima, en particular por Yappy (pagos por teléfono, masivos desde 2019), no se reembolsan. Las estafas por WhatsApp (suplantación de familiares y de bancos), las falsas ventas y alquileres con pago por Yappy, los préstamos con adelanto y las estafas románticas con «inversión» encabezan las denuncias, que el Ministerio Público cifra en miles al año; el centro financiero y la dolarización facilitan las transferencias internacionales a los estafadores y Panamá es también sede de sociedades usadas por redes de fraude.
Los puntos clave
| Delito | Estafa: 1 a 4 años; 5 a 10 si supera 100 000 balboas, muchas víctimas o medios informáticos (artículo 220); delitos informáticos 2 a 4 años (artículos 289 a 292) |
|---|---|
| Denuncia | Ministerio Público (Unidad de Delitos Informáticos), DIJ (Sección de Delitos Informáticos) |
| Reembolso bancario | Operaciones no autorizadas cuando fallaron los controles (Superintendencia de Bancos); transferencias voluntarias y Yappy no |
| Reclamos | Banco, luego Superintendencia de Bancos (Atención al Cliente Bancario) o ACODECO |
| Prescripción | Igual a la pena máxima, mínimo 3 años |
| Cifras | Miles de denuncias anuales (Ministerio Público); estafas por WhatsApp, ventas falsas con Yappy y préstamos falsos a la cabeza; estafas románticas con inversión en aumento |
En la práctica
- Denunciar ante el Ministerio Público o la DIJ con las pruebas (capturas, números de Yappy o cuentas de destino, comprobantes, perfiles) y pedir el bloqueo de la cuenta receptora; las entidades bancarias atienden los oficios en cuestión de horas.
- Dar aviso al banco y reclamarle por escrito; si en 30 días no contesta, acudir a la Superintendencia de Bancos (Atención al Cliente Bancario, reclamo gratuito) o a la ACODECO.
- Los pagos por Yappy son transferencias voluntarias irreversibles: no pagar por adelantado ventas, alquileres ni «reservas»; verificar la identidad del vendedor.
- Comprobar en la Superintendencia del Mercado de Valores que cualquier «inversión» propuesta por un contacto está registrada; las de las estafas románticas nunca lo están, aunque usen sociedades panameñas de apariencia legal.
- El Ministerio Público tiene una Unidad de Protección a Víctimas; la Defensoría del Pueblo orienta.
Coste y cobertura
La denuncia, la Superintendencia y la ACODECO no cuestan nada; la vía civil requiere abogado (Defensa Pública según los ingresos).
Cambios recientes
La Superintendencia de Bancos reforzó en 2023-2024 la autenticación y los límites de las transferencias; el Ministerio Público amplió la Unidad de Delitos Informáticos; Yappy introdujo alertas contra el fraude; Panamá sigue en listas de vigilancia sobre el blanqueo, con reformas en curso.
A quién dirigirse
- Ministerio Público — Unidad de Delitos Informáticos: denuncias.
- DIJ — Sección de Delitos Informáticos.
- Superintendencia de Bancos — Atención al Cliente Bancario.
- ACODECO: 800-8000.
Conviene saber
Yappy hizo de Panamá un país de pagos instantáneos por teléfono, y por tanto de estafas instantáneas: la venta o el alquiler pagado por adelantado no vuelve. Y las «inversiones» de los contactos románticos usan a menudo sociedades panameñas de apariencia legal: la Superintendencia del Mercado de Valores es la única verificación que vale.
