Violencia y consentimiento — Panamá

Consentimiento y edad de consentimiento sexual. Edad de consentimiento de 14 años: el acceso sexual con un menor de 14 es violación aunque consienta (10 a 15 años), y con un adolescente de 14 a 18 es delito si el autor es mayor de edad y se aprovecha de una relación de autoridad, confianza o de la inexperiencia; la violación se define por la violencia o la incapacidad de resistir, el matrimonio de menores de 18 está prohibido desde 2015 y la difusión de imágenes íntimas es delito desde 2023.

Ilustración: Violencia y consentimiento
Mapa de situación — Panamá
Panamá. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

Consentimiento y edad de consentimiento sexual

El Código Penal de 2007 castiga la violación (artículo 174) — acceso sexual con violencia o intimidación, con persona incapaz de resistir o privada de razón — con 5 a 10 años, y con 8 a 12 (10 a 15 tras las reformas) «cuando la víctima sea menor de catorce años», sin que el consentimiento cuente; el artículo 175 castiga el acceso sexual con una persona de 14 a 18 años obtenido por quien se aprovecha de su condición de autoridad, confianza, parentesco o de la inexperiencia de la víctima, o mediante engaño, con 4 a 8 años; los actos libidinosos sin acceso (artículo 176) se castigan con 1 a 3 años, 3 a 6 con víctima menor de 14; el acoso sexual (artículo 175-A, Ley 7 de 2018) y la difusión de imágenes íntimas (Ley 2023) son delito. La Ley 82 de 2013 tipificó el femicidio y la violencia contra las mujeres, con la violencia sexual, y la Ley 30 de 2015 prohibió el matrimonio de menores de 18 años sin excepción (antes 14 y 16). La prescripción de los delitos sexuales contra menores se computa desde su mayoría de edad. Panamá registra unos 500 partos al año de niñas de menos de 15 años, y las denuncias por delitos sexuales superan las 6 000 al año, dos tercios con víctimas menores.

Los puntos clave

Edad de consentimiento14 años; violación por debajo (artículo 174); de 14 a 18, delito si hay autoridad, confianza, inexperiencia o engaño (artículo 175)
Violación5 a 10 años; 10 a 15 con víctima menor de 14; agravada por parentesco, autoridad, grupo
Actos libidinosos1 a 3 años; 3 a 6 con víctima menor de 14
MatrimonioProhibido a los menores de 18 años desde 2015 (Ley 30), sin excepción
Acoso y violencia digitalAcoso sexual delito (2018); difusión de imágenes íntimas (2023)
PrescripciónDesde la mayoría de edad de la víctima
CifrasMás de 6 000 denuncias por delitos sexuales al año, dos tercios con víctimas menores; unos 500 partos de niñas de menos de 15 años

En la práctica

  • Denunciar en el Ministerio Público (Fiscalías de Familia y Sección de Delitos Sexuales), la Policía Nacional o el 911; la SENNIAF atiende a los menores y el INAMU a las mujeres (línea 182).
  • Presentarse en un hospital antes de que pasen 72 horas: el protocolo incluye anticoncepción de emergencia y profilaxis; el aborto se permite en caso de violación con autorización de una comisión (Código Penal, artículo 144) en las primeras ocho semanas.
  • Las relaciones consentidas entre adolescentes de 14 a 18 no son delito; las de un adulto con un adolescente lo son si hay autoridad, confianza, inexperiencia o engaño; las de cualquier persona con un menor de 14, violación.
  • Las organizaciones (Fundación para la Promoción de la Mujer, Voces de Mujeres, CEFA) acompañan.
  • El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses realiza los exámenes.

Coste y cobertura

Ninguno para denunciar; Defensa Pública y Unidad de Protección a Víctimas del Ministerio Público gratuitas.

Cambios recientes

En 2023 una ley tipificó la difusión de imágenes íntimas; la Ley 7 de 2018 el acoso sexual y callejero; la Ley 30 de 2015 prohibió el matrimonio infantil; el Ministerio de Educación aprobó en 2024 guías de educación sexual tras años de bloqueo.

A quién dirigirse

  • Ministerio Público — Sección de Delitos Sexuales; 911.
  • SENNIAF (menores) e INAMU (línea 182).
  • Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
  • Fundación para la Promoción de la Mujer, Voces de Mujeres, CEFA.

Conviene saber

Entre 14 y 18 años, el «consentimiento» del adolescente no protege al adulto que se aprovecha de la inexperiencia o de una relación de confianza: el artículo 175 es amplio. Y la violación de una menor abre el aborto legal, pero solo en las ocho primeras semanas y con autorización de una comisión: actuar deprisa.

Fuentes

El artículo general: Consentimiento y edad de consentimiento sexual

Violencia en la pareja

Ley 38 de 2001 sobre violencia doméstica y Ley 82 de 2013 que tipifica el femicidio (25 a 30 años), medidas de protección dictadas por jueces, fiscales y corregidores, línea 182 del INAMU las 24 horas y centros CINAMU; unos 20 a 30 femicidios al año.

La Ley 38 de 2001 reformó el Código Penal y el Código Judicial en materia de violencia doméstica y maltrato al menor, y organiza las medidas de protección — salida del agresor, prohibición de acercamiento, suspensión de la tenencia de armas, custodia, pensión — que pueden dictar los jueces, los fiscales y las autoridades de policía (corregidores) de inmediato. La Ley 82 de 2013 tipificó el femicidio (25 a 30 años) y la violencia contra las mujeres en sus formas física, psicológica, sexual, económica, patrimonial, simbólica, obstétrica y otras, y creó el Comité Nacional contra la Violencia en la Mujer (CONVIMU). El INAMU gestiona la línea 182 y los Centros del Instituto Nacional de la Mujer (CINAMU) en las provincias.

Los puntos clave

Teléfonos182 (INAMU, 24 horas, gratuita); 911 (emergencias); 104 (policía)
Medidas de protecciónJueces, fiscales y corregidores: de inmediato; salida del agresor, alejamiento, armas, custodia, pensión; hasta la decisión judicial
DenunciaMinisterio Público (fiscalías de familia y de la mujer), Policía Nacional, Dirección de Investigación Judicial, corregidurías
PenasFemicidio: 25 a 30 años; violencia doméstica: 5 a 8 años, con tratamiento terapéutico; violencia psicológica y económica tipificadas
ServiciosCINAMU en las provincias, albergues del INAMU y del MIDES, Centros de Orientación y Atención Integral
CifrasEntre 20 y 35 femicidios al año; más de 15 000 denuncias de violencia doméstica

En la práctica

  • En peligro: 911 o 104; la policía interviene y puede aprehender al agresor.
  • Pedir las medidas de protección al corregidor (autoridad de policía del corregimiento, disponible sin abogado), al fiscal o al juez: se dictan de inmediato.
  • Denunciar en la fiscalía de familia o de la mujer; la violencia doméstica se persigue de oficio.
  • Llamar al 182 o acudir al CINAMU de la provincia para atención legal, psicológica y albergue.
  • El Instituto de la Defensa Pública representa gratuitamente a las víctimas sin medios.

Coste y cobertura

Línea 182, medidas de protección, denuncia, CINAMU, albergues y Defensa Pública gratuitos.

Cambios recientes

El CONVIMU presentó en 2023 un plan nacional contra la violencia; el INAMU amplió los CINAMU a todas las provincias. Los feminicidios se mantienen entre 20 y 35 al año pese al descenso de los homicidios.

A quién dirigirse

  • 182 (INAMU, 24 horas); 911; 104.
  • Corregidurías, fiscalías de familia y de la mujer, juzgados: medidas de protección.
  • Centros del Instituto Nacional de la Mujer (CINAMU) en las provincias.
  • Instituto de la Defensa Pública; Fundación para la Equidad de Género.

Conviene saber

El corregidor puede dictar las medidas de protección de inmediato, sin abogado, en cualquier corregimiento del país: es la autoridad más cercana y a menudo la más rápida. Pida la resolución escrita y entréguela en la subestación de policía.

Fuentes

El artículo general: Violencia en la pareja

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