El marco legal
Las condiciones para casarse — edad, requisitos, forma — son competencia de cada Estado miembro. El derecho de la Unión interviene en tres puntos: la libre circulación (Directiva 2004/38), que obliga a todo Estado a admitir al cónyuge de un ciudadano de la Unión, cualquiera que sea su nacionalidad y, desde la sentencia Coman de 2018, su sexo; el Reglamento 2016/1191 sobre documentos públicos, que suprime la apostilla y ofrece formularios multilingües para los certificados de nacimiento, matrimonio y soltería; y los reglamentos Bruselas II ter (2019) y sobre regímenes económicos (2016), que fijan el tribunal competente y la ley aplicable en las parejas internacionales.
Los puntos clave
| Condiciones del matrimonio | Nacionales: 18 años en todos los Estados salvo excepciones con autorización |
|---|---|
| Reconocimiento | Un matrimonio válido en un Estado miembro es reconocido en los demás para la residencia; el matrimonio del mismo sexo debe reconocerse a ese efecto en todos (Coman, C-673/16) |
| Documentos | Sin apostilla ni legalización entre Estados miembros; formularios multilingües gratuitos (Reglamento 2016/1191) |
| Residencia del cónyuge | Derecho de residencia derivado para el cónyuge de un ciudadano de la Unión que ejerce la libre circulación |
| Divorcio | Tribunal competente según Bruselas II ter; ley aplicable elegible en los 17 Estados del Reglamento Roma III |
| Régimen económico | Reglamento 2016/1103 (18 Estados, incluida España): ley del primer domicilio común salvo elección |
En la práctica
- Para casarse en otro Estado miembro basta pedir en el propio registro civil el certificado de nacimiento y el de capacidad matrimonial con el formulario multilingüe: se aceptan sin traducción jurada ni apostilla.
- El cónyuge no comunitario de un ciudadano de la Unión obtiene la tarjeta de residencia de familiar en el Estado donde vive el ciudadano, en un plazo máximo de seis meses.
- Una pareja binacional de dos Estados miembros puede fijar por capitulaciones la ley aplicable a su régimen económico, para no depender de sus futuras mudanzas.
- El matrimonio celebrado en un Estado miembro se inscribe en el registro consular del país de origen; los efectos varían pero el reconocimiento para residir es obligatorio.
Coste y cobertura
Los formularios multilingües son gratuitos; la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión cuesta como mucho lo que el documento de identidad nacional.
Cambios recientes
La sentencia Coman (2018) obligó a Rumanía a reconocer el matrimonio de un ciudadano con un estadounidense celebrado en Bélgica; Bruselas II ter se aplica desde agosto de 2022 y refuerza el reconocimiento automático de las decisiones de divorcio.
A quién dirigirse
- Portal Tu Europa (europa.eu/youreurope): matrimonio, residencia del cónyuge, documentos, en español.
- Portal europeo de e-Justicia: derecho de familia de cada Estado miembro.
- Registro civil o consulado del propio país para el certificado de capacidad matrimonial.
Conviene saber
La Unión obliga a reconocer el matrimonio para la residencia, no para todo: un matrimonio del mismo sexo celebrado en España da derecho de residencia en Polonia, pero no los efectos de la ley polaca de familia. Para la herencia, la filiación o la pensión, cuenta la ley del país donde se vive.
Fuentes y enlaces oficiales
- Tu Europa — matrimonio — portal oficial de la Unión
- Reglamento (UE) 2016/1191 — documentos públicos — EUR-Lex
- Sentencia Coman, C-673/16 (2018) — Tribunal de Justicia
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