Protección de datos
El artículo 66.19 de la Constitución de 2008 reconoce el derecho a la protección de datos personales, y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP, mayo de 2021, con el régimen sancionador vigente desde el 26 de mayo de 2023 y reglamento de noviembre de 2023) rige el tratamiento: principios de juridicidad, lealtad, transparencia, finalidad, pertinencia, proporcionalidad, conservación limitada, seguridad y responsabilidad; consentimiento libre, específico, informado e inequívoco o bases alternativas; datos sensibles (orientación sexual, salud, biometría) con consentimiento explícito; derechos de información, acceso, rectificación, eliminación, oposición, portabilidad, no ser objeto de decisiones automatizadas, consulta y educación digital, con respuesta en 15 días; delegado de protección de datos para los grandes tratamientos, evaluaciones de impacto, notificación de brechas en 5 días, registro nacional; la Superintendencia de Protección de Datos Personales, cuyo primer titular fue designado en 2023, impone multas del 0,1 al 0,7 % de la facturación (leves) y del 0,7 al 1 % (graves) a las empresas, y de 1 a 20 salarios básicos a las personas; la ley protege a los niños y adolescentes con el consentimiento de los representantes y el interés superior. El COIP, reformado en 2021, castiga la violación a la intimidad (artículo 178, 1 a 3 años) y la reforma de 2021 sobre violencia sexual digital añadió el acoso digital, la sextorsión y la difusión de imágenes íntimas con 1 a 3 años, agravadas si la víctima es pareja o expareja; la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018) reconoce la violencia digital con medidas de retiro.
Los puntos clave
| Norma | Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (2021), sanciones desde mayo de 2023, reglamento de 2023; derecho constitucional (artículo 66.19) |
|---|---|
| Autoridad | Superintendencia de Protección de Datos Personales (2023); registro nacional |
| Derechos | Información, acceso, rectificación, eliminación, oposición, portabilidad, no decisión automatizada; respuesta en 15 días |
| Sanciones | Del 0,1 al 1 % de la facturación para las empresas; brechas notificadas en 5 días |
| Menores | Consentimiento de los representantes e interés superior |
| Imágenes íntimas | Violación a la intimidad y difusión de contenido íntimo: 1 a 3 años, agravada si pareja o expareja (COIP, reforma de 2021); acoso digital y sextorsión delitos |
| Cifras | Cientos de denuncias ante la Superintendencia desde 2023; primeras sanciones en 2024 |
En la práctica
- Ejercer los derechos ante la empresa (correo del delegado o formulario), con respuesta en 15 días; sin respuesta o con negativa, reclamación gratuita ante la Superintendencia de Protección de Datos Personales, que investiga y sanciona.
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar en la Fiscalía (Unidad de Ciberdelitos) o al 1800 DELITO, pedir medidas de protección a la Junta Cantonal o al juez (violencia digital) y notificar a la plataforma.
- Las organizaciones (Fundación Datos Protegidos, Taller de Comunicación Mujer) acompañan; la Defensoría del Pueblo orienta.
Coste y cobertura
Derechos y reclamaciones ante la Superintendencia gratuitos; denuncia penal gratuita; abogados privados para daños.
Cambios recientes
La Superintendencia se instaló en 2023 y emitió sus primeras sanciones en 2024; el reglamento de la LOPDP (2023) precisó los procedimientos; la reforma del COIP de 2021 tipificó la violencia sexual digital; la Superintendencia publicó en 2025 guías sobre inteligencia artificial y menores.
A quién dirigirse
- Superintendencia de Protección de Datos Personales (spdp.gob.ec): reclamaciones.
- Fiscalía — Unidad de Ciberdelitos; 1800 DELITO.
- Fundación Datos Protegidos: derechos digitales.
- Taller de Comunicación Mujer, Surkuna: violencia digital.
Conviene saber
Ecuador tiene desde 2023 una de las leyes más modernas de la región y una autoridad nueva: los derechos son exigibles y las multas proporcionales a la facturación. La difusión de imágenes íntimas es delito desde 2021, agravado cuando el difusor es la pareja: denunciar y pedir medidas de protección.
Fuentes
- Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (2021) — Ministerio de Telecomunicaciones
- Superintendencia de Protección de Datos Personales — portal oficial
- Código Orgánico Integral Penal — artículos 178 y reformas de 2021 (violencia sexual digital) — texto actualizado
Estafas románticas
La estafa se castiga con 5 a 7 años (COIP, artículo 186) y la apropiación fraudulenta por medios electrónicos con 1 a 3 años (artículo 190), la denuncia se presenta en la Fiscalía (en línea o en las unidades de flagrancia) o al 1800 DELITO, y la Superintendencia de Bancos obliga a las entidades a reembolsar las operaciones no autorizadas en 72 horas (resolución de 2024), no las transferencias voluntarias; las estafas por WhatsApp, redes y aplicaciones de citas se han multiplicado.
El artículo 186 del COIP castiga la estafa — obtener un beneficio patrimonial mediante la simulación de hechos falsos o la deformación u ocultamiento de hechos verdaderos que induzcan a error — con 5 a 7 años, agravada a 7 a 10 si recae sobre personas vulnerables o supera cierto monto, y con penas específicas para las estafas mediante medios electrónicos y la clonación de tarjetas; el artículo 190 castiga la apropiación fraudulenta por medios electrónicos (transferencias no consentidas, manipulación de sistemas) con 1 a 3 años, agravada a 3 a 5 con violación de seguridad, y el artículo 212 la suplantación de identidad con 1 a 3 años. La denuncia se presenta en la Fiscalía (denuncia en línea en fiscalia.gob.ec, unidades de flagrancia, Unidad de Ciberdelitos) o en la Policía Nacional (Unidad Nacional de Ciberdelito), y el 1800 DELITO (335486) recibe información; la Unidad de Análisis Financiero y Económico puede rastrear. La Superintendencia de Bancos (Resolución de 2024 sobre fraudes electrónicos) obliga a las entidades a reembolsar las operaciones no autorizadas en un plazo máximo de 72 horas cuando no prueban la responsabilidad del cliente, a ofrecer bloqueo de canales y notificaciones, y la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia atienden las quejas; las transferencias ordenadas por la víctima no se reembolsan. La Fiscalía registró más de 20 000 denuncias por estafa en 2024, con las estafas por WhatsApp (suplantación de familiares y de empresas), las falsas ofertas de empleo y las «inversiones» propuestas por contactos románticos en aumento; la dolarización facilita las transferencias internacionales a los estafadores.
Los puntos clave
| Delito | Estafa: 5 a 7 años (artículo 186), 7 a 10 agravada; apropiación fraudulenta por medios electrónicos 1 a 3 años (artículo 190); suplantación de identidad 1 a 3 |
|---|---|
| Denuncia | Fiscalía (en línea, flagrancia, Unidad de Ciberdelitos), Policía Nacional (Unidad de Ciberdelito), 1800 DELITO |
| Reembolso bancario | Operaciones no autorizadas en 72 horas salvo prueba de responsabilidad del cliente (Superintendencia de Bancos, 2024); transferencias voluntarias no |
| Quejas | Defensor del cliente del banco, Superintendencia de Bancos, Defensoría del Pueblo |
| Prescripción | Igual a la pena máxima: 7 a 10 años |
| Cifras | Más de 20 000 denuncias por estafa en 2024 (Fiscalía); estafas por WhatsApp y falsas inversiones a la cabeza; estafas románticas en aumento |
En la práctica
- Denunciar en línea en la Fiscalía o en la unidad de flagrancia con las pruebas (capturas, cuentas de destino, comprobantes, perfiles) y pedir el bloqueo de la cuenta receptora; los bancos ecuatorianos responden a los oficios en horas.
- Avisar al banco de inmediato; para las operaciones no autorizadas, exigir el reembolso en 72 horas de la resolución de 2024 y, si se niega, quejarse ante la Superintendencia de Bancos.
- Comprobar en la Superintendencia de Compañías (mercado de valores) que cualquier plataforma de «inversión» propuesta por un contacto está autorizada; las de las estafas románticas nunca lo están.
- No responder a los «abogados» o «recuperadores» que contactan después; la Fiscalía no cobra.
- Las víctimas pueden acudir al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos de la Fiscalía y a la Defensoría del Pueblo.
Coste y cobertura
Denuncia, 1800 DELITO y Superintendencia gratuitos; la vía civil requiere abogado (Defensoría Pública según ingresos).
Cambios recientes
La Superintendencia de Bancos fijó en 2024 el plazo de 72 horas para el reembolso de fraudes electrónicos; la Fiscalía amplió la denuncia en línea y la Unidad de Ciberdelitos; el COIP fue reformado en 2021 sobre delitos informáticos; la Policía desmanteló redes de estafa por WhatsApp con base en prisiones.
A quién dirigirse
- Fiscalía General del Estado — denuncia en línea y Unidad de Ciberdelitos.
- Policía Nacional — Unidad Nacional de Ciberdelito; 1800 DELITO (335486).
- Superintendencia de Bancos: quejas contra entidades.
- Defensoría del Pueblo.
Conviene saber
Ecuador ha endurecido en 2024 la obligación de reembolso de los bancos para las operaciones no autorizadas, pero la transferencia voluntaria al «novio» o a su «plataforma» no entra: nada vuelve. Y muchas estafas por WhatsApp se operan desde las cárceles: la voz de un familiar en apuros debe verificarse por otro canal.
Fuentes
- Código Orgánico Integral Penal — artículos 186, 190 y 212 — texto actualizado
- Superintendencia de Bancos — normas sobre fraudes electrónicos y protección al usuario — portal oficial
- Fiscalía General del Estado — denuncia en línea — portal
