El marco legal
El Gobierno de Costa Rica pidió en 2016 a la Corte Interamericana una opinión consultiva sobre los derechos de las parejas del mismo sexo; la Corte respondió en enero de 2018 (OC-24/17) que los Estados deben garantizarles el matrimonio y todos los derechos. La Sala Constitucional declaró en agosto de 2018 inconstitucional el artículo 14.6 del Código de Familia, que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo, y dio a la Asamblea 18 meses para legislar; sin ley, la norma quedó derogada el 26 de mayo de 2020 y los matrimonios se celebran desde entonces, con todos los efectos: adopción conjunta, filiación, gananciales, herencia, seguridad social. La unión de hecho estaba abierta desde 2018. El cambio de nombre y de la foto de la cédula para las personas trans se admite desde 2018 sin cambio del sexo registral.
Los puntos clave
| Apertura | 26 de mayo de 2020 (Sala Constitucional, votos de 2018 tras la OC-24/17) |
|---|---|
| Efectos | Idénticos: adopción conjunta, filiación, participación en los gananciales, herencia, CCSS |
| Filiación | Inscripción de los dos cónyuges para los hijos nacidos por reproducción asistida por decisión del Registro Civil y sentencias |
| Extranjeros | Pueden casarse sin residencia; Costa Rica es destino de bodas de parejas centroamericanas |
| Identidad de género | Cambio de nombre y foto en la cédula desde 2018; sexo registral sin cambio |
| Cifras | Más de 3 000 matrimonios desde 2020 |
| Contexto | Ley contra la discriminación en el empleo (2020); Comisionado de la Presidencia para asuntos LGBTI |
En la práctica
- El procedimiento es el del matrimonio civil (ficha correspondiente) ante notario, juez o alcalde, e inscripción en el Registro Civil.
- La adopción conjunta sigue las reglas del PANI; la unión de hecho de más de tres años se reconoce judicialmente.
- Las parejas de Nicaragua, Honduras, Guatemala, El Salvador y Panamá se casan en Costa Rica con documentos apostillados; el matrimonio no vale en sus países.
- El cónyuge extranjero obtiene la residencia por vínculo con costarricense ante Migración.
- Los notarios están obligados a celebrar los matrimonios; una negativa se denuncia a la Dirección Nacional de Notariado.
Coste y cobertura
Los del matrimonio civil: notario de 100 000 a 250 000 colones.
Cambios recientes
Costa Rica fue el primer país centroamericano en abrir el matrimonio y sigue siendo el único; la Ley 9797 de 2020 prohibió la discriminación laboral por orientación sexual. Las iglesias evangélicas mantienen la oposición política.
A quién dirigirse
- Notarios, juzgados de familia y alcaldías: matrimonio.
- Registro Civil (TSE): inscripción.
- Comisionado de la Presidencia para asuntos LGBTI; Frente por los Derechos Igualitarios.
- Dirección General de Migración: residencia por vínculo.
Conviene saber
Costa Rica casa a las parejas extranjeras sin exigir residencia, lo que la convierte en el destino de bodas de toda Centroamérica; pero el matrimonio costarricense no tiene validez en Nicaragua, Honduras, Guatemala, El Salvador ni Panamá. Vale, en cambio, para la residencia en Costa Rica y en los países que lo reconocen.
Fuentes y enlaces oficiales
- Sala Constitucional — voto 2018-12782 (matrimonio igualitario) — jurisprudencia
- Corte Interamericana — Opinión Consultiva OC-24/17 — texto
- Tribunal Supremo de Elecciones — matrimonio — Registro Civil
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