La herencia — Unión Europea

El Reglamento de sucesiones de 2012 somete toda la herencia a la ley del país de la última residencia habitual, salvo que el testamento elija la ley de la nacionalidad, y crea el certificado sucesorio europeo válido en 25 Estados; los impuestos siguen siendo nacionales.

El marco legal

El Reglamento (UE) 650/2012, aplicable a las sucesiones abiertas desde el 17 de agosto de 2015 en todos los Estados miembros salvo Dinamarca e Irlanda, fija una sola ley para toda la herencia — muebles e inmuebles, en cualquier país —: la del Estado de la última residencia habitual del difunto, salvo que este haya elegido en su testamento la ley de su nacionalidad (professio juris). Los tribunales del Estado de la residencia son competentes, y el certificado sucesorio europeo, expedido por el notario o el tribunal, prueba la condición de heredero en los demás Estados sin trámite. El reglamento no toca los impuestos sucesorios, que cada Estado fija, ni la definición de las legítimas, que dependen de la ley aplicable.

Los puntos clave

Ley aplicableLa de la última residencia habitual, para toda la herencia; elección de la ley de la nacionalidad posible en el testamento
Tribunal competenteEl del Estado de la residencia habitual; acuerdo de elección de foro posible si se eligió la ley de la nacionalidad
Certificado sucesorio europeoExpedido por notario o tribunal; válido en los 25 Estados participantes; prueba la condición de heredero, legatario o albacea
LegítimasLas de la ley aplicable: un español residente en el Reino Unido puede elegir la ley española y sus legítimas, o quedar bajo la libertad británica
ImpuestosNacionales; convenios de doble imposición escasos; riesgo de doble tributación
ExcluidosDinamarca e Irlanda no aplican el reglamento; el Reino Unido nunca lo aplicó

En la práctica

Coste y cobertura

El certificado sucesorio europeo cuesta lo que fije cada Estado (en España, aranceles notariales moderados); los impuestos van de cero (Portugal, Suecia, Austria para los parientes cercanos) a más del 40 % según el país y el parentesco.

Cambios recientes

El Tribunal de Justicia ha precisado desde 2017 el concepto de residencia habitual y el alcance de la elección de ley; la Comisión evaluó el reglamento en 2024 sin proponer cambios. La doble imposición sigue sin resolverse a escala europea.

A quién dirigirse

Conviene saber

La ley de la residencia decide las legítimas: un español residente en Inglaterra puede desheredar a sus hijos, y un inglés residente en España no puede. Quien quiera conservar la ley de su nacionalidad debe elegirla por escrito en el testamento; después de la muerte, ya no se puede.

Fuentes y enlaces oficiales

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