Matrimonio entre personas del mismo sexo — Colombia

Matrimonio igualitario desde abril de 2016 por la sentencia SU-214 de la Corte Constitucional, tras la unión marital de hecho (2007) y la adopción conjunta (2015); igualdad de efectos, con una aplicación que depende a veces de los notarios y jueces.

Mapa de situación — Colombia — Matrimonio entre personas del mismo sexo
Colombia. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

La Corte Constitucional reconoció a las parejas del mismo sexo la unión marital de hecho (C-075 de 2007), la herencia y la seguridad social (2008-2011), pidió al Congreso legislar sobre el matrimonio (C-577 de 2011) y, ante su silencio, declaró en la sentencia SU-214 de 2016 que los jueces y notarios deben celebrar el matrimonio civil de las parejas del mismo sexo con plenos efectos. La adopción conjunta fue reconocida por la sentencia C-683 de 2015, y la comaternidad de los hijos de parejas de mujeres por decisiones posteriores. El procedimiento es el del matrimonio civil ante notario o juez; los ministros religiosos con convenio no están obligados a celebrarlos.

Los puntos clave

Apertura28 de abril de 2016 (sentencia SU-214 de la Corte Constitucional)
EtapasUnión marital de hecho 2007; herencia y pensión 2008-2011; adopción conjunta 2015; matrimonio 2016
EfectosIdénticos: sociedad conyugal, herencia, seguridad social, adopción conjunta, filiación
FiliaciónComaternidad reconocida por la jurisprudencia; inscripción en el registro civil
ExtranjerosPueden casarse en Colombia con los documentos apostillados; el matrimonio no vale en los países que no lo reconocen
CifrasVarios miles de matrimonios desde 2016
ContextoViolencia contra personas LGBT persistente; políticas de diversidad del Ministerio de Igualdad desde 2023

En la práctica

Coste y cobertura

Los del matrimonio civil: derechos notariales de 60 000 a 120 000 pesos.

Cambios recientes

La Corte ha reafirmado desde 2016 la igualdad en la filiación, la seguridad social y la adopción; el Congreso no ha legislado. Colombia ha reconocido el «tercer género» en documentos (2022).

A quién dirigirse

Conviene saber

El matrimonio igualitario colombiano existe por sentencia, no por ley: un notario puede resistirse, pero la tutela y la Superintendencia lo obligan en días. Guarde por escrito toda negativa.

Fuentes y enlaces oficiales

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