Aborto — Marruecos

El aborto sigue prohibido y castigado penalmente (artículos 449 a 458 del Código Penal), para la mujer y para quien lo practica, con una sola excepción: el peligro para la salud de la madre, con el acuerdo del cónyuge o, a falta de él, el dictamen del médico jefe de la prefectura; ni la violación, ni el incesto, ni la malformación del feto están previstos, pero los cuidados tras un aborto se deben a toda mujer, sin condición ni denuncia — una española que vive en Marruecos está sometida a esa ley penal; en España, la Ley Orgánica 2/2010 permite el aborto a petición de la mujer hasta la semana 14 de gestación, y una marroquí que reside allí tiene el mismo acceso que una española.

Illustration : L'avortement
Mapa de situación — Marruecos — Aborto
Marruecos. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

Los artículos 449 a 458 del Código Penal marroquí castigan el aborto: a la mujer, que se expone a la pena de prisión que prevé el artículo 454, y a quien lo practica, castigado con prisión y con la prohibición de ejercer, penas que se agravan si la mujer muere. El artículo 453 admite el acto cuando es necesario para salvaguardar la salud de la madre, con el acuerdo del cónyuge o, a falta de él, el dictamen del médico jefe de la prefectura (médecin-chef de la préfecture). La ley vigente no prevé ninguna excepción en caso de violación, de incesto o de malformación del feto. La realidad contrasta con la letra de la ley: las asociaciones médicas hablan de varios cientos de abortos clandestinos al día, y los abortos clandestinos practicados fuera de una estructura médica son la primera causa evitable de mortalidad materna en los países con una ley restrictiva. Por eso son decisivos los cuidados tras un aborto — hemorragia, infección, retención —: se deben a toda mujer, sin condición ni denuncia, y se prestan en las estructuras públicas; los servicios de urgencias ginecológicas de los hospitales públicos atienden las complicaciones sin exigir explicaciones sobre el origen del embarazo interrumpido, y el personal sanitario está sujeto al secreto profesional. La anticoncepción, incluida la de urgencia, es en cambio legal y accesible en las farmacias y en los centros de salud (véase la ficha sobre la anticoncepción), y la Asociación Marroquí de Planificación Familiar ofrece consejo y seguimiento ginecológico. Una comisión real propuso ya en 2015 ampliar las excepciones a la violación, al incesto, a las malformaciones graves y a los trastornos mentales; esas propuestas no se adoptaron, pero el proyecto de reforma del Código Penal, discutido en paralelo con la reforma del Código de la Familia (Moudawana) anunciada a finales de 2024, prevé ampliar las excepciones y reabre el debate con regularidad, sin haber concluido hasta hoy. La ley penal marroquí se aplica en Marruecos a todas las personas, sea cual sea su nacionalidad. En España, en cambio, la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, reformada por la Ley Orgánica 1/2023, permite el aborto a petición de la mujer hasta la semana 14 de gestación, contada desde la última regla, sin plazo de reflexión desde 2023 y sin que el cónyuge tenga que dar su acuerdo; hasta la semana 22, por grave riesgo para la vida o la salud de la mujer o por graves anomalías del feto, con dictamen médico; las jóvenes de 16 y 17 años deciden sin sus padres, y la prestación es gratuita en la sanidad pública, también para las mujeres sin tarjeta sanitaria, incluidas las extranjeras en situación irregular. Para la comunidad marroquí de España, la diferencia es completa: lo que en Marruecos es un delito es en España una prestación de la sanidad pública.

Los puntos clave

PrincipioProhibición general: el aborto es delito para la mujer y para quien lo practica
TextosArtículos 449 a 458 del Código Penal
ExcepciónPeligro para la salud de la madre (artículo 453), con el acuerdo del cónyuge en principio o, a falta de él, el dictamen del médico jefe de la prefectura
Violación, incesto, malformaciónNo previstos por la ley vigente
Pena para la mujerPrisión, prevista por el artículo 454
Pena para quien lo practicaPrisión y prohibición de ejercer, agravadas si la mujer muere
Cuidados tras un abortoSe deben a toda mujer, sin condición ni denuncia, en las estructuras públicas; secreto profesional del personal sanitario
Realidad estimadaVarios cientos de abortos clandestinos al día, según las asociaciones médicas
AnticoncepciónLegal, incluida la de urgencia, en las farmacias y en los centros de salud
ReformaComisión real de 2015: ampliar las excepciones a la violación, al incesto, a las malformaciones graves y a los trastornos mentales; proyecto de reforma del Código Penal en la misma línea, sin concluir
Comparación con EspañaAborto a petición de la mujer hasta la semana 14 de gestación, hasta la 22 por causas médicas; desde los 16 años, sin permiso de los padres; gratuito en la sanidad pública (Ley Orgánica 2/2010, reformada en 2023)
Marroquíes y españolasEn Marruecos rige la ley penal marroquí, sea cual sea la nacionalidad; en España, la ley española, con el mismo acceso para las residentes marroquíes, con o sin papeles, que para las españolas

En la práctica

Coste y cobertura

En Marruecos, los cuidados tras un aborto se prestan en las estructuras públicas, y la AMPF ofrece consultas, anticoncepción y seguimiento ginecológico a tarifa social; la anticoncepción es gratuita o muy barata en los centros de salud públicos. En España, el aborto es gratuito para toda mujer atendida por la sanidad pública, incluida la derivación a una clínica concertada; en una clínica privada, por cuenta propia, cuesta entre 300 y 500 euros hasta la semana 12, y más después. Quien viaja desde Marruecos suma el viaje y la estancia, y debe comprobar antes si conserva derecho a la sanidad pública española.

Cambios recientes

Una comisión real propuso ya en 2015 ampliar las excepciones a la violación, al incesto, a las malformaciones graves y a los trastornos mentales. Esas propuestas no se adoptaron, pero el proyecto de reforma del Código Penal, discutido en paralelo con la reforma del Código de la Familia anunciada a finales de 2024, prevé ampliar las excepciones; no ha concluido hasta hoy. En España, la Ley Orgánica 1/2023 suprimió los tres días de reflexión, devolvió a las jóvenes de 16 y 17 años el derecho a decidir sin sus padres y obligó a la sanidad pública a garantizar la prestación en sus propios centros; el Tribunal Constitucional confirmó en 2023 la constitucionalidad de la ley de 2010.

A quién dirigirse

Conviene saber

Los abortos clandestinos practicados fuera de una estructura médica son la primera causa evitable de mortalidad materna en los países con una ley restrictiva. Ante una hemorragia abundante, fiebre o dolores intensos, acuda a urgencias sin esperar: la atención es lo primero, se debe a toda mujer sin condición ni denuncia, y el personal sanitario está sujeto al secreto profesional. No confunda la ley de su país de origen con la del lugar donde se encuentra: en Marruecos rige la prohibición, también para quien practica el aborto, sea cual sea su nacionalidad; en España, la Ley Orgánica 2/2010. Y si piensa recurrir a la ley española, cada día cuenta: el plazo de 14 semanas se cuenta desde el primer día de la última regla, no desde la concepción.

Fuentes y enlaces oficiales

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