Adopción — Unión Europea

La adopción es competencia de cada Estado miembro — abierta a las parejas del mismo sexo en la mayoría, cerrada en varios —; la Unión no tiene ningún instrumento propio, pero todos sus Estados aplican el Convenio de La Haya de 1993 para la adopción internacional.

El marco legal

Ni las condiciones de la adopción ni su reconocimiento entre Estados miembros están regulados por el derecho de la Unión: el Reglamento Bruselas II ter excluye expresamente la adopción. Los 27 Estados son parte del Convenio de La Haya de 1993 sobre la adopción internacional, que organiza las adopciones entre países a través de autoridades centrales y organismos acreditados y prohíbe las adopciones privadas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha exigido que los Estados no discriminen por orientación sexual en la adopción por una persona sola (caso E.B. c. Francia, 2008) y ha reconocido el vínculo entre el niño y sus padres adoptivos como vida familiar. Unos 17 Estados abren la adopción conjunta a las parejas del mismo sexo.

Los puntos clave

CompetenciaNacional; ningún reglamento de la Unión
Convenio de La Haya de 1993Aplicado por los 27: autoridades centrales, organismos acreditados, prohibición de las adopciones privadas
ReconocimientoUna adopción certificada conforme al Convenio se reconoce en todos los Estados parte; entre Estados miembros, según el derecho nacional
Parejas del mismo sexoAdopción conjunta en unos 17 Estados (España, Francia, Alemania, Países Bajos, Portugal, Irlanda…); cerrada en Polonia, Italia (salvo casos), Hungría y otros
Tribunal de EstrasburgoProhíbe la discriminación por orientación sexual en la adopción individual; protege la vida familiar adoptiva
CifrasMenos de 5 000 adopciones internacionales al año en toda la Unión, en fuerte descenso desde 2004

En la práctica

Coste y cobertura

Según el país de residencia: gratuita o casi en la adopción nacional en la mayoría de los Estados; de 10 000 a 40 000 euros en la internacional.

Cambios recientes

La Comisión propuso en diciembre de 2022 un reglamento sobre el reconocimiento de la filiación entre Estados miembros («la filiación establecida en un Estado se reconoce en todos»), que cubriría la adopción; exige la unanimidad y sigue bloqueado.

A quién dirigirse

Conviene saber

Una adopción privada — negociada directamente con una familia o un intermediario en otro país — no se reconoce en la Unión y puede constituir un delito: solo la vía de las autoridades centrales del Convenio de La Haya produce una adopción válida en toda Europa.

Fuentes y enlaces oficiales

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