Consentimiento y edad de consentimiento sexual — República Dominicana

Edad de consentimiento de 18 años, la más alta de la región: toda relación sexual con un menor de 18 es abuso sexual según la Ley 136-03, y la violación de un menor se castiga con 10 a 20 años; el matrimonio infantil está prohibido desde 2021 y el nuevo Código Penal de 2025 mantiene la protección, en un país con una de las tasas de embarazo adolescente más altas.

Illustration : Le consentement
Mapa de situación — República Dominicana — Consentimiento y edad de consentimiento sexual
República Dominicana. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Penal (Ley 24-97) define la violación como todo acto de penetración sexual «cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa», con 10 a 15 años, y 10 a 20 cuando la víctima es menor de edad, vulnerable o el autor tiene autoridad (artículo 331); el artículo 396 de la Ley 136-03 (Código para el Sistema de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes) castiga el abuso sexual — «la práctica sexual con un niño, niña o adolescente por un adulto», con o sin consentimiento — con 2 a 5 años y multa, lo que sitúa la edad de consentimiento en 18 años, la más alta de América Latina; la seducción de menores y el incesto tienen penas específicas. La Ley 1-21 (enero de 2021) prohibió el matrimonio de menores de 18 años sin excepción, tras años de dispensa a los 15 y 16. El nuevo Código Penal (Ley 74-25, agosto de 2025, en vigor en 2026) mantiene la violación agravada de menores, tipifica el acoso sexual y la difusión de imágenes íntimas, y conserva la prohibición total del aborto. La aplicación choca con las «uniones tempranas» consensuadas socialmente: el 36 % de las mujeres de 20 a 24 años se unieron antes de los 18 (ENHOGAR 2019).

Los puntos clave

Edad de consentimiento18 años (Ley 136-03, artículo 396: abuso sexual con o sin consentimiento)
ViolaciónViolencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa: 10 a 15 años; 10 a 20 con víctima menor o autoridad (artículo 331)
Abuso sexual de menores2 a 5 años y multa (Ley 136-03); violación 10 a 20
MatrimonioProhibido a los menores de 18 años desde 2021 (Ley 1-21), sin dispensa
Nuevo Código PenalLey 74-25 (2025): acoso sexual, violencia digital; aborto sigue prohibido
Uniones tempranasEl 36 % de las mujeres de 20 a 24 años unidas antes de los 18; embarazo adolescente entre los más altos de la región
CifrasMás de 7 000 denuncias al año por delitos sexuales, la mayoría con víctimas menores (Procuraduría)

En la práctica

Coste y cobertura

Ninguno para denunciar; representación gratuita por la Defensa Pública y las Unidades de Atención Integral.

Cambios recientes

La Ley 1-21 (2021) prohibió el matrimonio infantil; el nuevo Código Penal (Ley 74-25, 2025) actualizó los delitos sexuales sin despenalizar el aborto ni incluir la orientación sexual entre los motivos de discriminación; la CIDH ha pedido medidas contra las uniones tempranas.

A quién dirigirse

Conviene saber

Con la edad de consentimiento en 18 años, toda relación de un adulto con un menor es delito, y desde 2021 ningún matrimonio de menores es posible: la ley es de las más estrictas de la región, pero las uniones tempranas y el embarazo adolescente siguen siendo masivos. Y la prohibición total del aborto se aplica también a las víctimas de violación.

Fuentes y enlaces oficiales

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