El marco legal
El aborto no es competencia de la Unión Europea: los tratados dejan la salud y el derecho penal a los Estados. Lo que existe a escala europea es un marco de derechos — el Convenio Europeo de Derechos Humanos, aplicado por el Tribunal de Estrasburgo, y la Carta de los Derechos Fundamentales — y una serie de resoluciones del Parlamento Europeo, la última de abril de 2024, que pide añadir el derecho al aborto a la Carta. Esa modificación exige la unanimidad de los Estados y no se ha producido.
Los puntos clave
| Competencia | Nacional: cada Estado fija plazos, condiciones y cobertura |
|---|---|
| Modelo mayoritario | Aborto a petición en las primeras 10 a 14 semanas (España 14, Francia 14, Alemania 12 con asesoramiento, Países Bajos 24) |
| Excepciones | Malta (solo riesgo vital, desde 2023) y Polonia (solo riesgo para la vida o la salud y violación) |
| Tribunal de Estrasburgo | No reconoce un derecho al aborto, pero exige que los Estados hagan efectivo el acceso que su ley prevé |
| Libre circulación | Toda ciudadana de la Unión puede abortar en otro Estado miembro conforme a la ley de ese Estado |
| Medicamentos | Mifepristona y misoprostol autorizados en toda la Unión; la venta se rige por cada Estado |
En la práctica
- Una española, o cualquier residente en la Unión, puede acudir a otro Estado miembro si el suyo no permite el aborto en su caso: es lo que hacen las polacas y las maltesas, en general hacia los Países Bajos, Alemania o España.
- El coste fuera del propio país corre a cargo de la paciente, salvo acuerdo bilateral: la tarjeta sanitaria europea no cubre un aborto voluntario.
- Las asociaciones Abortion Without Borders (Polonia) y Women on Web informan en varios idiomas, incluido el español, sobre los circuitos posibles.
Coste y cobertura
Depende del país donde se practica: gratuito en el sistema público de España, Francia o los Países Bajos para las residentes; de 400 a 1 000 euros para una paciente de otro Estado en una clínica privada.
Cambios recientes
Francia inscribió la «libertad de recurrir al aborto» en su Constitución en marzo de 2024, primer país del mundo en hacerlo. El Parlamento Europeo pidió un mes después la modificación de la Carta; los Estados no la han seguido.
A quién dirigirse
- Ministerio de Sanidad del Estado de residencia: la ficha de cada país de este sitio da las direcciones.
- Abortion Without Borders (abortion.eu) y Women on Web (womenonweb.org): información en español sobre el acceso en Europa.
- Federación Internacional de Planificación Familiar, red europea (ippfen.org): mapa del acceso por país.
Conviene saber
Abortar en otro país de la Unión no es delito en el país de origen: ningún Estado miembro persigue a sus ciudadanas por un aborto legal practicado en el extranjero. Lo que sí varía es la atención posterior: consulte a su médico al volver sin temor.
Fuentes y enlaces oficiales
- Parlamento Europeo — resolución de 11 de abril de 2024 — inscripción del derecho al aborto en la Carta
- Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — texto en español
- Centro de Derechos Reproductivos — mapa europeo — leyes de cada país, en inglés
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