Uniones y convivencia — Perú

La unión de hecho — dos años de convivencia entre un hombre y una mujer libres de impedimento — crea una comunidad de bienes en gananciales, y desde 2013 da derechos hereditarios; se reconoce ante notario e inscribe en SUNARP, o por sentencia; no existe unión civil ni reconocimiento para las parejas del mismo sexo.

Mapa de situación — Perú — Uniones y convivencia
Perú. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El artículo 326 del Código Civil reconoce la unión de hecho voluntariamente realizada entre un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial, que haya durado al menos dos años continuos, y le atribuye una sociedad de bienes sujeta al régimen de gananciales. La Ley 29560 de 2010 permite reconocerla ante notario (con declaración de los dos convivientes, testigos y publicación) e inscribirla en el Registro Personal de SUNARP; a falta de acuerdo, se declara judicialmente. La Ley 30007 de 2013 dio al conviviente reconocido los mismos derechos sucesorios que al cónyuge, y la jurisprudencia y la ONP le reconocen la pensión de viudez. Al terminar por decisión unilateral, el conviviente abandonado puede pedir una indemnización o alimentos. Las parejas del mismo sexo no tienen ningún estatuto; los proyectos de unión civil han fracasado desde 2013.

Los puntos clave

RequisitosVarón y mujer libres de impedimento matrimonial; dos años continuos de convivencia
ReconocimientoAnte notario (declaración conjunta, testigos, publicación) e inscripción en SUNARP; o sentencia del juez de familia
BienesSociedad de bienes en gananciales: mitades al terminar
HerenciaMismos derechos que el cónyuge desde 2013 (Ley 30007) si la unión está inscrita o declarada
PensiónPensión de viudez de la ONP y las AFP para el conviviente reconocido
TérminoMuerte, matrimonio, mutuo acuerdo (escritura) o decisión unilateral; indemnización o alimentos para el abandonado
Mismo sexoSin estatuto; proyectos de unión civil rechazados

En la práctica

Coste y cobertura

Reconocimiento notarial de 500 a 1 200 soles más publicaciones e inscripción en SUNARP; declaración judicial con abogado de 2 000 a 5 000 soles.

Cambios recientes

La Ley 30007 de 2013 y la jurisprudencia de la Corte Suprema han consolidado los derechos del conviviente; el Tribunal Constitucional rechazó en 2020 y 2023 el reconocimiento de uniones y matrimonios del mismo sexo celebrados en el extranjero.

A quién dirigirse

Conviene saber

La unión de hecho peruana solo produce efectos frente a terceros — herencia, pensión, bancos — si está inscrita en SUNARP o declarada por sentencia: la convivencia sola, por larga que sea, no basta. El trámite notarial se hace en vida y cuesta poco; el judicial, después, cuesta años.

Fuentes y enlaces oficiales

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