El marco legal
El Código Civil de 1985 y la Ley 1/92 de reforma parcial (que igualó los derechos de los cónyuges) regulan el matrimonio, celebrado ante el oficial del Registro del Estado Civil con dos testigos. La Ley 5419 de 2015 fijó la edad mínima en 18 años, o 16 con autorización de los padres. El matrimonio religioso celebrado ante un ministro de una religión inscrita produce efectos civiles si se inscribe en el Registro Civil. La Constitución de 1992 (artículo 51) define el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, y la unión de hecho estable produce efectos patrimoniales tras cuatro años.
Los puntos clave
| Edad | 18 años; 16 con autorización de los padres o tutores (Ley 5419 de 2015) |
|---|---|
| Autoridad | Oficial del Registro del Estado Civil del domicilio; también el ministro de culto inscrito, con inscripción posterior |
| Documentos | Cédulas, certificados de nacimiento, certificado de soltería, dos testigos; certificado médico prenupcial exigido por la Ley 1/92 |
| Régimen | Comunidad de gananciales bajo administración conjunta por defecto (Ley 1/92); separación de bienes o participación diferida por capitulaciones |
| Coste | Tasas del Registro Civil de unos 100 000 a 300 000 guaraníes; más fuera de la oficina |
| Extranjeros | Pasaporte o cédula, certificado de nacimiento y de soltería apostillados y traducidos |
| Unión de hecho | Efectos patrimoniales tras cuatro años de convivencia pública y estable |
| Apellidos | La mujer puede añadir el del marido; no es obligatorio |
En la práctica
- Presentar la solicitud en el Registro Civil con los documentos y el certificado médico; la fecha se fija en pocas semanas.
- Las capitulaciones se otorgan por escritura pública antes de la boda e inscriben en el Registro Civil.
- Los cónyuges extranjeros deben apostillar (Paraguay es parte desde 2014) y traducir sus documentos; la residencia por matrimonio se pide después en Migraciones.
- El matrimonio religioso se inscribe en el Registro Civil con el certificado del ministro de culto.
- Los matrimonios celebrados en el extranjero se inscriben en el consulado paraguayo.
Coste y cobertura
De 100 000 a 400 000 guaraníes en tasas; certificado médico de 50 000 a 150 000 guaraníes; escritura de capitulaciones de 500 000 a 1 500 000 guaraníes.
Cambios recientes
La Ley 5419 de 2015 elevó la edad mínima de 16 (14 para las mujeres antes) a 18 años con excepción a los 16; los proyectos de unión civil para parejas del mismo sexo no se han tramitado.
A quién dirigirse
- Dirección General del Registro del Estado Civil (Ministerio de Justicia): oficinas y requisitos.
- Ministerio de Relaciones Exteriores: apostilla.
- Dirección General de Migraciones: residencia del cónyuge extranjero.
- Escribanías: capitulaciones matrimoniales.
Conviene saber
La comunidad de gananciales paraguaya se administra conjuntamente desde la Ley 1/92: los actos de disposición sobre bienes comunes exigen la firma de los dos cónyuges. Un bien comprado por uno solo sin la firma del otro puede anularse.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 1/92 — reforma parcial del Código Civil (derecho de familia) — Biblioteca del Congreso
- Ley 5419/2015 — edad mínima para contraer matrimonio — texto
- Registro del Estado Civil — trámites
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