El marco legal
El matrimonio es materia estatal: cada código civil o familiar fija los requisitos, y el Registro Civil de cada estado lo celebra. La edad mínima es de 18 años sin excepción en todo el país desde las reformas de 2014 a 2023 (Código Civil Federal reformado en 2019). La Suprema Corte declaró inconstitucional la exclusión de las parejas del mismo sexo (jurisprudencia 43/2015) y Tamaulipas fue el último estado en abrir el matrimonio, en 2022. La Constitución (artículo 130) reserva los efectos civiles al matrimonio civil: la ceremonia religiosa es libre pero no crea el vínculo.
Los puntos clave
| Edad | 18 años sin excepción en los 32 estados |
|---|---|
| Autoridad | Juez u oficial del Registro Civil del estado; solicitud previa con documentos |
| Documentos | Actas de nacimiento, identificaciones oficiales, CURP, comprobante de domicilio, certificado médico prenupcial (aún exigido en muchos estados), dos a cuatro testigos |
| Régimen | Se elige en el acta: sociedad conyugal o separación de bienes; sin elección, la sociedad conyugal en la mayoría de los códigos |
| Coste | De gratuito (bodas colectivas, 14 de febrero) a 2 000-4 000 pesos por la celebración en oficina, más a domicilio |
| Extranjeros | Pasaporte y acta de nacimiento apostillada y traducida; ya no se exige permiso de migración desde 2012 |
| Mismo sexo | Abierto en todo el país; adopción conjunta reconocida |
| Apellidos | No cambian; la fórmula «de» ha desaparecido de los documentos |
En la práctica
- Acudir al Registro Civil del municipio con la solicitud y los documentos; la cita se fija en general en dos a cuatro semanas; el certificado médico prenupcial se obtiene en un centro de salud.
- Elegir el régimen económico es obligatorio en el acta: conviene decidirlo antes; cambiarlo después exige un trámite judicial o notarial según el estado.
- Los cónyuges extranjeros necesitan el acta de nacimiento apostillada y traducida por perito; algunos estados piden además la constancia de estancia legal, pese a la ley federal.
- Las bodas colectivas gratuitas se organizan cada año en muchos municipios.
- El matrimonio celebrado en México se inscribe en el consulado del país de origen del cónyuge extranjero.
Coste y cobertura
De 500 a 4 000 pesos según el estado y el lugar de celebración; gratuito en las campañas de bodas colectivas. Certificado médico de 200 a 800 pesos; traducciones periciales aparte.
Cambios recientes
La Suprema Corte obligó en 2022 a Tamaulipas y a los últimos estados a abrir el matrimonio igualitario; varios estados (Ciudad de México, Jalisco) han suprimido el certificado médico prenupcial y las pruebas de VIH que aún exigen otros.
A quién dirigirse
- Registro Civil del estado y del municipio: solicitud y celebración.
- Secretaría de Relaciones Exteriores: apostilla de documentos mexicanos para el extranjero.
- Consulados extranjeros en México: inscripción del matrimonio del cónyuge extranjero.
- gob.mx — trámites del Registro Civil por estado.
Conviene saber
El régimen económico se elige en el acta y muchas parejas marcan «separación de bienes» sin medir las consecuencias: en caso de divorcio, el cónyuge que dejó de trabajar no tiene derecho a nada de lo comprado por el otro, salvo compensación judicial en algunos estados. Léalo antes de firmar.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código Civil Federal — Del matrimonio — Cámara de Diputados
- gob.mx — Registro Civil — trámites
- Suprema Corte — jurisprudencia 43/2015 sobre matrimonio igualitario — tesis
Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.
