El marco legal
En Marruecos, la situación de los hijos tras la separación la regula el Código de la Familia (Moudawana) de 2004, dentro del procedimiento de divorcio, que es siempre judicial (véase la ficha sobre el divorcio). La custodia (hadana) — el cuidado y la crianza del hijo — corresponde con prioridad a la madre, mientras que el padre conserva la tutela legal (tutelle légale), es decir, la representación legal del menor. El derecho de visita lo organiza la sentencia, con posibilidad de ejecución forzosa. Cuando hay hijos, el juez debe intentar dos veces la conciliación antes de pronunciar el divorcio, y, en el divorcio a petición del marido (talaq), los derechos debidos a los hijos se consignan antes de que se pronuncie. La ejecución de las resoluciones — pensión de alimentos (nafaqa), vivienda, derecho de visita — es el punto débil señalado con más frecuencia: un importe y un calendario fijados con precisión en la sentencia son lo que la hace posible. La reforma de la Moudawana anunciada a finales de 2024 trata en particular de la custodia de los hijos; su adopción definitiva sigue en curso. La nueva pareja de un progenitor no tiene ningún estatuto legal: ni autoridad sobre el menor, ni obligación de alimentos, ni derechos sucesorios, y tras una separación la ley no le reconoce ningún derecho de visita. La autorización para que el menor salga del territorio corresponde al progenitor o al tutor. Y el derecho marroquí no conoce la adopción, sino la kafala, que no crea filiación (véase la ficha sobre la adopción): el padrastro no puede adoptar al hijo de su cónyuge. En España, en cambio, la patria potestad sigue siendo compartida tras la separación, la custodia compartida se acuerda en cerca de la mitad de los divorcios con hijos, la pensión de alimentos se calcula con las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial, y su impago durante dos meses seguidos o cuatro alternos es delito. Marruecos no pertenece a la Unión Europea: ni el Reglamento (UE) 2019/1111 (Bruselas II ter) ni el Reglamento (CE) n.º 4/2009 sobre las obligaciones de alimentos se aplican allí, y una resolución española sobre la custodia o la pensión no se ejecuta automáticamente en Marruecos, ni a la inversa. Los tribunales españoles son competentes, en principio, cuando el menor reside habitualmente en España, cualquiera que sea la nacionalidad de sus padres: para la comunidad marroquí de España, la custodia de los hijos que viven en España la decide, por lo general, el juez español.
Los puntos clave
| Custodia (hadana) | Con prioridad a la madre tras el divorcio |
|---|---|
| Tutela legal | La conserva el padre: representación legal del menor |
| Derecho de visita | Organizado por la sentencia, con posibilidad de ejecución forzosa |
| Conciliación | Dos intentos obligatorios cuando hay hijos, antes de pronunciar el divorcio |
| Derechos de los hijos | Consignados antes de pronunciarse el talaq; pensión de alimentos (nafaqa) fijada en la sentencia |
| Punto débil | La ejecución: pensión, vivienda, visitas; de ahí la importancia de importes y modalidades precisos en la sentencia |
| Padrastro o madrastra | Ningún estatuto legal: ni autoridad, ni obligación de alimentos, ni herencia; poder escrito del progenitor indispensable en la práctica; ningún derecho de visita tras una separación |
| Viajes | La autorización para que el menor salga del territorio corresponde al progenitor o al tutor |
| Adopción | Prohibida; la kafala asegura el cuidado del menor sin crear filiación |
| Reforma | Anunciada a finales de 2024; trata en particular de la custodia de los hijos; adopción definitiva en curso |
| Comparación con España | Patria potestad compartida tras la separación; custodia compartida en cerca de la mitad de los divorcios con hijos; pensión según las tablas del Consejo General del Poder Judicial; impago durante dos meses seguidos o cuatro alternos: delito |
| Familias hispano-marroquíes | Menor residente en España: competencia de los tribunales españoles, cualquiera que sea la nacionalidad de los padres; ningún reglamento europeo con Marruecos; acuerdos de cooperación judicial entre los dos países |
En la práctica
- En un divorcio en Marruecos, pida que la sentencia fije con precisión la custodia, el calendario de visitas y de vacaciones y el importe de la pensión de alimentos (nafaqa) de cada hijo: es lo que permite pedir después la ejecución forzosa, el punto más débil del sistema.
- Las células de acogida de las mujeres (cellules d'accueil) de los tribunales orientan gratuitamente sobre el procedimiento, y las asociaciones de asistencia jurídica a las mujeres, presentes en las grandes ciudades, pueden acompañarla.
- Para la nueva pareja de un progenitor: haga establecer un poder escrito del progenitor para el colegio, el médico y los viajes, indispensable en la práctica. En caso de separación, la ley no prevé ningún derecho de visita para el padrastro o la madrastra: un acuerdo escrito es preferible. Para transmitir algo al hijo de su pareja, solo quedan el legado dentro del tercio y la donación en vida: consulte a un adoul (notario tradicional) o a un notario.
- Si el menor vive en España, los tribunales españoles son competentes aunque los dos padres sean marroquíes (Reglamento Bruselas II ter): el juzgado de primera instancia — o el de violencia sobre la mujer — decide sobre la patria potestad, la guarda y custodia y la pensión de alimentos, calculada con las tablas orientativas del Consejo General del Poder Judicial. El menor es oído obligatoriamente desde los doce años, y antes si tiene madurez suficiente; la custodia compartida no procede si hay violencia de género.
- En España, el impago de la pensión se reclama ante el juzgado — embargo de la nómina — y, si persiste, por denuncia del delito de abandono de familia (artículo 227 del Código Penal); el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos anticipa hasta 100 euros al mes por hijo a las familias con pocos ingresos. Si el progenitor deudor vive en Marruecos, la resolución española no se ejecuta allí automáticamente: pregunte a un abogado cómo hacerla reconocer.
- Antes de un traslado a Marruecos con el hijo, obtenga el acuerdo escrito del otro progenitor o una autorización judicial: en España, llevarse al hijo sin causa justificada es un delito de sustracción de menores (artículo 225 bis del Código Penal), y el juez puede prohibir la salida del territorio nacional o la expedición del pasaporte del menor (artículo 158 del Código Civil). Compruebe en la web de la Conferencia de La Haya si el Convenio de 1980 sobre sustracción internacional de menores está en vigor entre Marruecos y España, y pregunte a la autoridad central española — el Ministerio de Justicia — qué acuerdos de cooperación judicial se aplican: de ello depende la vía para pedir la restitución.
- Para viajar con un menor marroquí, recuerde que la autorización para salir del territorio corresponde al progenitor o al tutor, y que el padre conserva la tutela legal tras el divorcio: pregunte en el consulado de Marruecos de su demarcación qué autorización se exige, y lleve siempre consigo el acuerdo escrito del otro progenitor.
- Un hijo de padre o madre españoles es español de origen (artículo 17 del Código Civil): si nace en Marruecos, inscriba su nacimiento en el Registro Civil Consular del consulado de España de su demarcación; para el hijo de un marroquí nacido en España, pregunte en el consulado de Marruecos cómo inscribirlo también allí. Las dos inscripciones facilitan después los documentos de viaje del menor.
- Los documentos del expediente — partidas de nacimiento, sentencias marroquíes anteriores — se presentan en España con la apostilla del Convenio de La Haya y traducción jurada al español. Una sentencia marroquí sobre la custodia debe reconocerse en España para ejecutarse allí, y una sentencia española, en Marruecos: pregunte a un abogado antes de contar con ella en el otro país.
Coste y cobertura
En Marruecos, los gastos de justicia son modestos, el abogado no es obligatorio pero sí muy aconsejable, y la asistencia judicial se concede a las personas sin recursos con un certificado de indigencia; los poderes y los actos notariales tienen tarifas fijadas. En España, la custodia se decide dentro del divorcio (véase la ficha correspondiente); una modificación de medidas cuesta de 800 a 2 500 euros con abogado, la justicia gratuita cubre los honorarios según los ingresos, y los puntos de encuentro familiar y la mediación familiar son gratuitos en muchas comunidades. Aparte quedan la apostilla, las traducciones juradas y, si hay que hacer reconocer una resolución en el otro país, los honorarios de ese procedimiento.
Cambios recientes
La reforma de la Moudawana anunciada a finales de 2024 trata en particular de la custodia de los hijos, junto con la edad para casarse, la gestión de los bienes de los cónyuges y la poligamia; su adopción definitiva sigue en curso. Del lado español, la Ley Orgánica 8/2021 de protección de la infancia reforzó la audiencia del menor y excluye la custodia compartida en los casos de violencia.
A quién dirigirse
- Secciones de justicia de familia de los tribunales de primera instancia, en Marruecos: custodia, visitas y pensión.
- Células de acogida de las mujeres en los tribunales; asociaciones de asistencia jurídica a las mujeres y de ayuda a las familias.
- Adoul o notario, para los poderes y los legados.
- En España: juzgado de primera instancia o de violencia sobre la mujer del lugar de residencia del menor; puntos de encuentro familiar; Fondo de Garantía del Pago de Alimentos; Ministerio de Justicia, autoridad central para la sustracción internacional de menores.
- Consulado de España de su demarcación en Marruecos (Registro Civil Consular): inscripción de los hijos españoles.
- Consulado de Marruecos de su demarcación en España: documentos e inscripción de los hijos marroquíes, autorizaciones de viaje.
Conviene saber
En Marruecos, la custodia corresponde con prioridad a la madre, pero la tutela legal sigue en manos del padre: las dos cosas no se confunden, y la segunda puede pesar en los documentos y los viajes del menor. La ejecución de las resoluciones es el punto débil: sin importes y calendario precisos en la sentencia, la pensión y las visitas son difíciles de obtener. Para una familia hispano-marroquí, nunca se marche a Marruecos ni a España con el hijo sin el acuerdo escrito del otro progenitor o una decisión del juez, ni siquiera para «volver a casa»: en España es un delito, entre los dos países no rige ningún reglamento europeo que haga circular las resoluciones, y la restitución del menor dependerá de los convenios y acuerdos en vigor entre ellos. Y el padrastro o la madrastra no tiene en Marruecos ningún estatuto: sin poder escrito del progenitor, ni siquiera puede actuar por el menor ante el colegio o el médico.
Fuentes y enlaces oficiales
- Service-public.ma — portal nacional de los servicios públicos de Marruecos — portal oficial
- Código Civil español — artículos 90 a 94 y 154 a 160 (guarda y custodia, patria potestad) — Boletín Oficial del Estado
- Código Penal — artículos 225 bis (sustracción de menores) y 227 (impago de pensiones) — Boletín Oficial del Estado
- Consejo General del Poder Judicial — tablas de pensiones alimenticias — calculadora oficial
- Conferencia de La Haya — Convenio de 1980 sobre sustracción internacional de menores — HCCH
- Reglamento (UE) 2019/1111 — Bruselas II ter (responsabilidad parental y sustracción de menores) — EUR-Lex
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