Reproducción asistida — Argentina

Acceso universal por la Ley 26.862 (2013): las obras sociales, prepagas y el sistema público deben cubrir la reproducción asistida a toda persona mayor de edad sin distinción de estado civil u orientación (hasta cuatro tratamientos de baja complejidad al año y tres de alta); filiación por voluntad procreacional en el Código Civil y Comercial; la gestación subrogada no está regulada y la Corte Suprema la limitó en 2024.

Mapa de situación — Argentina — Reproducción asistida
Argentina. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

La Ley 26.862 de reproducción médicamente asistida (junio de 2013) y su decreto 956/2013 garantizan el acceso «integral» a toda persona mayor de edad, sin requisito de estado civil, orientación sexual ni diagnóstico de infertilidad, con cobertura obligatoria del Programa Médico Obligatorio: hasta cuatro tratamientos de baja complejidad por año y tres de alta complejidad en total, con intervalos de tres meses, incluidos la medicación, la donación de gametos y la criopreservación. El Código Civil y Comercial (artículos 560 a 564) regula la filiación por «voluntad procreacional»: quien consiente la técnica es progenitor, con independencia del aporte genético; el consentimiento previo, informado y libre se renueva antes de cada transferencia y se inscribe en el Registro Civil; el donante no tiene vínculo, y el hijo puede conocer sus datos médicos y, por autorización judicial, su identidad. La gestación subrogada no está regulada (el artículo del anteproyecto fue eliminado en 2014); los tribunales autorizaron decenas de casos, pero la Corte Suprema decidió en septiembre de 2024 que, sin ley, la madre es la mujer que da a luz, y pidió al Congreso legislar. Los embriones no implantados están pendientes de una ley especial.

Los puntos clave

AccesoUniversal desde los 18 años, sin distinción de estado civil, orientación ni diagnóstico (Ley 26.862)
CoberturaObligatoria para obras sociales, prepagas y sistema público: 4 tratamientos de baja complejidad al año y 3 de alta en total, con medicación y criopreservación
FiliaciónVoluntad procreacional: consentimiento previo inscrito en el Registro Civil; los dos miembros de la pareja son progenitores (artículos 560 a 564)
DonaciónAnónima con acceso a los datos médicos y, por autorización judicial, a la identidad; compensación a las donantes
Gestación subrogadaNo regulada; casos autorizados por jueces hasta que la Corte Suprema (2024) fijó que la madre es la gestante sin ley
EmbrionesPendiente de ley especial; criopreservación cubierta
CifrasUnos 25 000 ciclos al año; más de 20 000 nacimientos desde 2013 por la ley

En la práctica

Coste y cobertura

Gratuito con cobertura (obra social, prepaga o hospital público); en privado, inseminación de 300 a 600 dólares, FIV de 3 000 a 5 000 dólares con medicación, ovodonación de 5 000 a 7 000.

Cambios recientes

La Corte Suprema cerró en 2024 la vía judicial de la gestación subrogada sin ley; el Congreso debate desde 2023 proyectos sobre embriones y gestación por sustitución. La ley de cobertura de 2013 resiste, aunque la inflación afecta a los prestadores.

A quién dirigirse

Conviene saber

La ley de 2013 es de las más generosas del mundo, pero las obras sociales y prepagas retrasan o niegan a menudo la cobertura: el reclamo ante la Superintendencia y el amparo funcionan. Y desde 2024, la gestación subrogada sin ley deja al hijo inscrito a nombre de la gestante hasta que el Congreso legisle.

Fuentes y enlaces oficiales

Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.

← Todos los países El artículo general sobre este tema →

Todas las fichas de este país →

Página verificada en septiembre de 2026. Las normas y los datos citados pueden cambiar: en caso de duda, confírmelos en la fuente oficial indicada.

Situar esta página en el mapa del sitio

¿Una pregunta, una corrección, una sugerencia? Escríbenos.