Drogas y estupefacientes — Panamá

El Código Penal castiga la posesión para consumo personal con arrestos de fin de semana o multa, sustituibles por tratamiento para el dependiente, sin cantidades legales, y el tráfico con 10 a 15 años; el cannabis medicinal es legal desde 2021 (Ley 242) con los primeros productos en 2024; el alcohol se vende desde los 18 años y la alcoholemia al volante se sanciona desde 0,5 g/l, en un país corredor y centro logístico de la cocaína.

Mapa de situación — Panamá — Drogas y estupefacientes
Panamá. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Penal de 2007 castiga el tráfico con 10 a 15 años (artículo 318), la posesión con fines de tráfico con 8 a 12, y la posesión de drogas para consumo personal (artículo 320) con arrestos de fines de semana o días-multa, que el juez sustituye por medidas de seguridad (tratamiento) cuando el poseedor es dependiente; la ley no fija cantidades, y la calificación como consumo depende de la cantidad, el fraccionamiento y el examen médico, de modo que unos gramos pueden procesarse como posesión agravada o tráfico. La Ley 242 (octubre de 2021) legalizó el uso medicinal y terapéutico del cannabis, con licencias de producción y venta reguladas por el Ministerio de Salud y los primeros productos en farmacias en 2024; el cannabis lúdico está prohibido. El Reglamento de Tránsito sanciona la conducción con alcoholemia de 0,5 g/l o más con multa, retención de la licencia y del vehículo, y la ebriedad con remisión al juez, y prohíbe la venta de alcohol a menores de 18 años (Ley 55 de 1973), con «ley seca» en elecciones; la Autoridad de Tránsito hace controles frecuentes. La Comisión Nacional para el Estudio y la Prevención de los Delitos Relacionados con Drogas (CONAPRED) coordina y el Ministerio de Salud trata en el Instituto Nacional de Salud Mental; Panamá, con su canal, sus puertos y su zona libre, es un centro logístico del tráfico y del blanqueo, con incautaciones récord.

Los puntos clave

Posesión para consumo personalArrestos de fin de semana o días-multa (artículo 320); tratamiento para el dependiente; sin cantidades legales
Tráfico10 a 15 años; posesión con fines de tráfico 8 a 12
Cannabis medicinalLegal desde 2021 (Ley 242); licencias y farmacias desde 2024; lúdico prohibido
AlcoholVenta prohibida a menores de 18; alcoholemia desde 0,5 g/l (multa, retención); ley seca en elecciones
TratamientoInstituto Nacional de Salud Mental y centros del Ministerio de Salud; comunidades terapéuticas privadas
ContextoCentro logístico del tráfico y del blanqueo; incautaciones récord (más de 100 toneladas al año)
CifrasEl alcohol es la primera sustancia problemática; consumo de cannabis del 3 % de los adultos

En la práctica

Coste y cobertura

Días-multa según ingresos por posesión para consumo; tratamiento público gratuito; cannabis medicinal en farmacia de 50 a 200 dólares al mes; multas de tránsito por alcohol de 250 a 1 000 dólares.

Cambios recientes

La Ley 242 (2021) se reglamentó en 2022-2023 con los primeros productos en 2024; las incautaciones de cocaína baten récords; el Gobierno de 2024 ha endurecido el discurso contra el tráfico sin tocar la posesión.

A quién dirigirse

Conviene saber

Panamá trata la posesión para consumo con arrestos de fin de semana, no con prisión, pero sin cantidades legales la frontera con el tráfico la fija el fiscal. Y el aeropuerto de Tocumen es uno de los lugares del continente donde más viajeros son detenidos con drogas: el equipaje ajeno nunca se acepta.

Fuentes y enlaces oficiales

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