El marco legal
El Texto único sobre estupefacientes (DPR 309/1990, reformado tras el referéndum de 1993 y la sentencia de la Corte constitucional 32/2014 que anuló la ley Fini-Giovanardi) distingue: el consumo personal, infracción administrativa del artículo 75 — quien posee sustancias para uso personal es señalado al prefecto, que tras una entrevista aplica la suspensión del permiso de conducir, del pasaporte, de la licencia de armas y del permiso de residencia por motivos turísticos de uno a tres meses (cannabis) o de dos a doce meses (otras drogas), con posibilidad de programa terapéutico en el SerD; y el tráfico del artículo 73 — de 6 a 20 años y multa para las drogas duras (tablas I y III), de 2 a 6 años para el cannabis (tablas II y IV), y la «escasa entidad» del apartado 5 de 6 meses a 4 años para todas, con el cultivo castigado como tráfico salvo el «doméstico» de pocas plantas para uso personal, no punible según la Casación en Pleno (2019). La frontera entre uso personal y tráfico depende de la cantidad (las tablas de 2006 indican cantidades máximas, por ejemplo 1 g de THC aproximadamente), el envasado y las circunstancias. El cannabis light (CBD) fue golpeado en 2025 por el decreto de seguridad que prohíbe la venta de las inflorescencias. La ley 189/2012 prohíbe la venta y el suministro de alcohol a los menores de 18 años; el Código de circulación castiga la conducción con alcoholemia de 0,5 a 0,8 g/l con sanción administrativa (543-2 170 euros, suspensión 3-6 meses), de 0,8 a 1,5 con arresto hasta 6 meses y multa, por encima de 1,5 con arresto de 6 meses a un año, decomiso y suspensión hasta 2 años, con tasa cero para los conductores noveles (tres primeros años), los menores de 21 años y los profesionales; el nuevo código de 2024 (ley 177/2024) castiga la conducción tras el consumo de drogas por la sola positividad, sin prueba de la alteración, con revocación del permiso, e introduce el alcolock para los reincidentes. Los servicios para las adicciones (SerD, unos 570) tratan gratuitamente; la naloxona es de venta libre en farmacia desde 2016. En 2023 el 33 % de los jóvenes de 15-19 años consumió cannabis en el año, y las señalizaciones por consumo personal fueron unas 30 000.
Los puntos clave
| Consumo personal | Infracción administrativa (artículo 75): suspensión del permiso de conducir, pasaporte, licencia de armas de 1 a 3 meses (cannabis) o de 2 a 12 (otras); entrevista en la prefectura; programa terapéutico posible |
|---|---|
| Tráfico | De 6 a 20 años (drogas duras), de 2 a 6 (cannabis), escasa entidad de 6 meses a 4 años (artículo 73) |
| Cultivo | Castigado como tráfico, salvo pocas plantas para uso personal (Casación Pleno 2019) |
| Cannabis light | Venta de las inflorescencias prohibida por el decreto de seguridad 2025 |
| Alcohol | Venta prohibida a los menores de 18; alcoholemia 0,5 g/l (sanciones administrativas hasta 0,8, penales por encima); cero para noveles, menores de 21 y profesionales |
| Drogas al volante | Castigada por la sola positividad desde 2024 (nuevo código de circulación); revocación del permiso |
| Cifras | Unas 30 000 señalizaciones por consumo personal al año; 33 % de los jóvenes de 15-19 años consumió cannabis en el año; 570 SerD |
En la práctica
- Quien es hallado con una pequeña cantidad para uso personal es señalado al prefecto: presentarse a la entrevista (a menudo con el Núcleo operativo de toxicodependencias) y, si se acepta un programa en el SerD, la sanción puede suspenderse o reducirse; a un turista extranjero se le retira el permiso turístico.
- La frontera con el tráfico es sutil: cantidades por encima de las tablas, dosis envasadas, balanzas o efectivo activan la vía penal; la escasa entidad del apartado 5 es la hipótesis más frecuente en los tribunales.
- Con el nuevo código de circulación, un test de saliva positivo al cannabis incluso días después del consumo supone la retirada inmediata del permiso — también de un permiso español o argentino — y el proceso penal: no conducir tras consumir, ni siquiera al día siguiente.
- Los SerD reciben gratuitamente y sin señalización a quien pida ayuda, también a los familiares; la naloxona en spray se compra en farmacia sin receta.
- El análisis de sustancias (drug checking) no es legal en Italia; las asociaciones de reducción de daños (Forum Droghe, ITARDD) y las unidades de calle informan; los test de cribado en algunas ciudades se toleran.
Coste y cobertura
Ninguna multa pecuniaria por el consumo personal (solo suspensiones); gastos legales por el tráfico; tratamientos gratuitos en los SerD; multas por alcoholemia de 543 a 6 000 euros más la vía penal por encima de 0,8 g/l; naloxona de 15 a 30 euros.
Cambios recientes
El nuevo código de circulación (ley 177/2024, en vigor desde diciembre de 2024) castiga la conducción tras el consumo de drogas por la sola positividad; el decreto de seguridad de 2025 prohibió el cannabis light; la Casación confirmó la no punibilidad del cultivo doméstico mínimo; el debate sobre la legalización del cannabis sigue bloqueado tras el fracaso del referéndum de 2022.
A quién dirigirse
- SerD (servicios para las adicciones) de las ASL: tratamientos gratuitos, también para los familiares.
- Teléfono verde droga: 800 186 070 (Departamento de políticas antidroga).
- Prefecturas — Núcleos operativos de toxicodependencias: entrevistas del artículo 75.
- Forum Droghe, ITARDD, Gruppo Abele: información y reducción de daños.
Conviene saber
Italia no manda a la cárcel al consumidor, pero le quita el permiso de conducir y el pasaporte: la señalización al prefecto es la consecuencia concreta de un solo porro en el bolsillo — más que la multa española de la ley mordaza —, y desde 2024 la positividad en un test de saliva basta para perder el permiso aunque no se esté alterado. La frontera con el tráfico, además, la decide el juez.
Fuentes y enlaces oficiales
- DPR de 9 de octubre de 1990 n.º 309 — Texto único sobre estupefacientes (artículos 73 y 75) — Normattiva
- Código de circulación — artículos 186 y 187 (conducción en estado de embriaguez y bajo el efecto de estupefacientes), modificados por la ley 177/2024 — Normattiva
- Departamento de políticas antidroga — informe anual al Parlamento — datos y servicios
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