El marco legal
El artículo 266 del Código Penal exime de pena el aborto practicado cuando el embarazo procede de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto, o cuando es necesario para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer. El Tribunal Constitucional Plurinacional (sentencia 0206/2014) eliminó la exigencia de autorización judicial: basta la copia de la denuncia. El Ministerio de Salud aprobó en 2015 un procedimiento técnico que hace la prestación gratuita en el sistema público. En los demás casos, el aborto se castiga con uno a tres años de prisión para la mujer y hasta seis para el personal.
Los puntos clave
| Causales | Violación, incesto, estupro, rapto, riesgo para la vida o la salud |
|---|---|
| Requisito | Copia de la denuncia penal (violación) o informe médico (salud); sin autorización judicial desde 2014 |
| Plazo | No fijado por el Código; el procedimiento técnico prevé la atención hasta las 22 semanas |
| Menores | La denuncia puede presentarla la propia adolescente o un adulto |
| Objeción | Individual; el establecimiento debe garantizar la atención en 24 horas |
| Cobertura | Gratuita en el sistema público (SUS) y en la seguridad social |
| Otros casos | Delito: uno a tres años para la mujer |
En la práctica
- Presentar la denuncia en la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia (FELCV) o la Fiscalía, y llevar una copia al hospital público: la interrupción debe practicarse en las 24 horas siguientes según el procedimiento de 2015.
- Para la causal salud, basta el informe de un médico; la salud mental está incluida.
- Las organizaciones Católicas por el Derecho a Decidir Bolivia y Ipas Bolivia orientan y acompañan.
- Fuera de las causales, el aborto con misoprostol es frecuente; la atención de las complicaciones es obligatoria y el personal no debe denunciar.
- La objeción de conciencia se usa mucho en la práctica: pida la derivación por escrito.
Coste y cobertura
Gratuito en el sistema público para las causales legales. El aborto clandestino cuesta de 500 a 3 000 bolivianos.
Cambios recientes
Varios casos de niñas embarazadas por violación a las que se negó el aborto (2021, 2023) llevaron al Ministerio de Salud a recordar el carácter obligatorio del procedimiento; la Defensoría del Pueblo interviene en los casos de negativa.
A quién dirigirse
- Hospitales públicos y del sistema de seguridad social; Sistema Único de Salud (SUS).
- Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia (FELCV): denuncia; línea gratuita 800 14 0348.
- Ipas Bolivia y Católicas por el Derecho a Decidir: información y acompañamiento.
- Defensoría del Pueblo: 800 10 1414.
Conviene saber
Desde 2014 ningún hospital puede exigir una orden judicial: la copia de la denuncia basta, y la negativa es una infracción. Si un establecimiento se niega, la Defensoría del Pueblo y los Servicios Legales Integrales Municipales (SLIM) intervienen el mismo día.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código Penal — artículo 266 — texto (OEA)
- Tribunal Constitucional Plurinacional — SCP 0206/2014 — sentencia
- Ministerio de Salud y Deportes — procedimiento técnico
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