Matrimonio civil — Colombia

Matrimonio civil ante notario o juez desde los 18 años sin excepción desde la ley de 2024, con edicto de cinco días; los matrimonios religiosos católico y de las confesiones con convenio tienen efectos civiles al registrarse; abierto a las parejas del mismo sexo desde 2016.

Mapa de situación — Colombia — Matrimonio civil
Colombia. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Civil (artículos 113 a 163) y el Decreto 2668 de 1988 regulan el matrimonio civil, celebrado ante notario o ante juez civil municipal tras la publicación de un edicto de cinco días. La Ley 2447 de noviembre de 2024 prohibió el matrimonio y la unión marital de hecho de los menores de 18 años, sin excepción. La Corte Constitucional (sentencia SU-214 de 2016) abrió el matrimonio a las parejas del mismo sexo. El matrimonio católico (Concordato de 1973) y los de las confesiones con convenio de derecho público (Decreto 354 de 1998) producen efectos civiles al inscribirse en el registro civil.

Los puntos clave

Edad18 años sin excepción desde la Ley 2447 de 2024
AutoridadNotario (la vía habitual) o juez civil municipal; los ministros de las confesiones con convenio, con efectos civiles
DocumentosRegistros civiles de nacimiento (copia reciente, con anotaciones), cédulas, dos testigos; edicto de cinco días en la notaría
RégimenSociedad conyugal por defecto; capitulaciones ante notario antes del matrimonio para la separación de bienes
CosteDerechos notariales de unos 60 000 a 120 000 pesos por la escritura; más por celebración fuera de la notaría
ExtranjerosPasaporte o cédula de extranjería, registro civil de nacimiento y certificado de soltería apostillados y traducidos
Mismo sexoMatrimonio desde 2016; adopción conjunta desde 2015
ApellidosNo cambian

En la práctica

Coste y cobertura

Escritura de matrimonio: de 60 000 a 120 000 pesos según la tarifa notarial anual; celebración fuera de la notaría, de 200 000 a 500 000 pesos adicionales; traducciones oficiales aparte.

Cambios recientes

La Ley 2447 de 2024 («Son niñas, no esposas») acabó con el matrimonio de menores, que la ley permitía desde los 14 años con permiso de los padres. La Corte Constitucional ha consolidado la igualdad de las parejas del mismo sexo en herencia, seguridad social y filiación.

A quién dirigirse

Conviene saber

La sociedad conyugal nace automáticamente con el matrimonio y no puede excluirse después: quien quiera la separación de bienes debe firmar capitulaciones ante notario antes de la boda. Y un matrimonio religioso no inscrito no existe para la ley: inscríbalo en los días siguientes.

Fuentes y enlaces oficiales

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