El marco legal
El Código Civil de 1985 (artículos 2443 a 2762) reserva a los descendientes cuatro quintos de la herencia, a los ascendientes dos tercios y al cónyuge la mitad; solo un quinto es de libre disposición cuando hay hijos. Sin testamento, heredan los descendientes con el cónyuge, que toma una parte igual a la de un hijo sobre los bienes propios (y la mitad de los gananciales como socio); después los ascendientes con el cónyuge, el cónyuge, los colaterales hasta el cuarto grado, el Estado. La Ley 1/92 da al conviviente de la unión de hecho de más de cuatro años los mismos derechos sucesorios que al cónyuge. Toda sucesión es judicial (juicio sucesorio ante el juez civil, con abogado); Paraguay no tiene impuesto a las herencias.
Los puntos clave
| Legítima | Cuatro quintos para los descendientes; dos tercios para los ascendientes; mitad para el cónyuge; un quinto de libre disposición con hijos |
|---|---|
| Cónyuge | Parte de un hijo sobre los propios, además de la mitad de los gananciales |
| Conviviente | Unión de hecho de más de cuatro años: mismos derechos que el cónyuge (Ley 1/92) |
| Sin testamento | Descendientes + cónyuge; ascendientes + cónyuge; cónyuge; colaterales hasta el cuarto grado; Estado |
| Testamento | Por escritura pública ante escribano con testigos, cerrado u ológrafo |
| Trámites | Juicio sucesorio ante el juez civil con abogado: declaratoria de herederos, inventario, partición; de seis meses a dos años |
| Impuesto | Ninguno sobre las herencias; tasas judiciales y registro |
| Cifras | Miles de inmuebles rurales sin sucesión tramitada |
En la práctica
- Hacer testamento por escritura pública si se quiere disponer del quinto libre o precisar la partición.
- Al fallecer: iniciar el juicio sucesorio con abogado ante el juzgado civil del último domicilio; edictos, declaratoria de herederos, inventario, partición.
- Inscribir la declaratoria en la Dirección General de los Registros Públicos para los inmuebles y presentarla a los bancos.
- El conviviente debe probar la unión de hecho de más de cuatro años (declaración ante escribano en vida o prueba judicial).
- Los bienes rurales pasan por el INDERT si proceden de la reforma agraria.
Coste y cobertura
Honorarios de abogado según la escala (varios puntos porcentuales del valor); tasas judiciales; escribano para la inscripción; sin impuesto sucesorio.
Cambios recientes
Los juzgados civiles han digitalizado parcialmente los juicios sucesorios desde 2020; proyectos para permitir las sucesiones ante escribano no han prosperado. La legítima de cuatro quintos sigue vigente.
A quién dirigirse
- Juzgados civiles y comerciales: juicios sucesorios.
- Escribanías: testamentos y declaraciones de unión de hecho.
- Dirección General de los Registros Públicos: inscripción.
- Ministerio de la Defensa Pública: sucesiones de personas sin recursos.
Conviene saber
Paraguay exige un juicio sucesorio con abogado para toda herencia, incluso pequeña, y la legítima de cuatro quintos deja al testador poco margen: prever los honorarios y, para el conviviente, documentar la unión de hecho en vida ante escribano.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código Civil — Libro V, De la sucesión por causa de muerte — Biblioteca del Congreso
- Ley 1/92 — reforma del Código Civil (uniones de hecho) — texto
- Dirección General de los Registros Públicos — registros
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