La herencia — Ecuador

Legítima de la mitad para los descendientes (y ascendientes), un cuarto de mejoras y un cuarto libre; cónyuge y conviviente con porción conyugal y derechos en los órdenes sucesorales; posesión efectiva ante notario e impuesto a la herencia progresivo hasta el 35 % con una exención amplia, gestionado por el SRI.

Mapa de situación — Ecuador — La herencia
Ecuador. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Civil (artículos 993 a 1409) reparte la herencia en mitad de legítima rigurosa para los descendientes (o los ascendientes), un cuarto de mejoras para los descendientes y un cuarto de libre disposición. Sin testamento, heredan los descendientes; los ascendientes con el cónyuge; el cónyuge con los hermanos; los colaterales hasta el cuarto grado; el Estado. El cónyuge tiene la porción conyugal si carece de medios y hereda además la mitad de los gananciales; la unión de hecho reconocida da los mismos derechos. La posesión efectiva se otorga ante notario (Ley Notarial reformada en 2016) o ante el juez, y el impuesto a la herencia, legados y donaciones (Ley de Régimen Tributario Interno) es progresivo hasta el 35 %, con una fracción exenta que se actualiza cada año (algo más de 70 000 dólares por heredero) y reducciones para los hijos menores y con discapacidad.

Los puntos clave

LegítimaMitad para los descendientes (o ascendientes); cuarto de mejoras; cuarto de libre disposición
Cónyuge y convivientePorción conyugal si carecen de medios; mitad de los gananciales; heredan en el segundo y tercer orden
Sin testamentoDescendientes; ascendientes + cónyuge; cónyuge + hermanos; colaterales hasta el cuarto grado; Estado
TestamentoAbierto ante notario con tres testigos o cerrado; inscripción en el registro
TrámitesPosesión efectiva ante notario (en pocas semanas) o ante el juez; declaración del impuesto ante el SRI en seis meses; partición por escritura o judicial
ImpuestoProgresivo hasta el 35 % sobre lo que excede la fracción exenta por heredero; reducciones para menores y personas con discapacidad
CifrasMiles de inmuebles sin posesión efectiva inscrita

En la práctica

Coste y cobertura

Posesión efectiva ante notario de 150 a 500 dólares según el cantón; testamento de 100 a 300 dólares; impuesto solo por encima de la fracción exenta; Registro de la Propiedad según el valor.

Cambios recientes

La reforma de la Ley Notarial de 2016 trasladó la posesión efectiva sin conflicto a los notarios; el SRI actualiza cada año la fracción exenta. La unión de hecho inscrita hereda como el cónyuge desde la Constitución de 2008.

A quién dirigirse

Conviene saber

El impuesto a la herencia ecuatoriano tiene una fracción exenta amplia pero se declara en seis meses aunque nada se deba: el retraso genera multas. Y la unión de hecho hereda solo si está inscrita o declarada: inscribirla en el Registro Civil en vida es gratuito y rápido.

Fuentes y enlaces oficiales

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