El marco legal
El artículo 43 de la Constitución (1994) consagra la acción de hábeas data, y la Ley 25.326 (2000), reglamentada por el Decreto 1558/2001, rige el tratamiento de datos personales por organismos públicos y privados: consentimiento libre, expreso e informado (por escrito o equivalente), prohibición de tratar datos sensibles (orientación sexual, salud, creencias) salvo consentimiento o ley, derechos de acceso (respuesta en 10 días), rectificación, actualización y supresión (5 días), registro de las bases de datos ante la autoridad, y sanciones de apercibimiento a multa de hasta 100 000 pesos (actualizadas por resoluciones a montos mayores pero modestos); la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP), autoridad desde 2017, dicta resoluciones (2018 sobre datos biométricos y consentimiento, 2023 sobre cookies) y recibe denuncias; la Unión Europea reconoció en 2003 la adecuación argentina. La Corte Suprema rechazó en 2022 (Denegri) un «derecho al olvido» sobre información lícita de interés público. La Ley 27.736 (octubre de 2023, «Ley Olimpia» argentina) incorporó la violencia digital a la Ley 26.485: difusión de imágenes íntimas, acoso y suplantación como violencia contra las mujeres, con medidas cautelares de retiro ordenadas por el juez; no existe un delito autónomo de difusión de imágenes íntimas de adultos (varios proyectos), salvo la producción y difusión de imágenes de menores (artículo 128 del Código Penal) y las extorsiones. Un proyecto de nueva ley de protección de datos, alineado con el RGPD (autoridad independiente, multas proporcionales, brechas), fue enviado al Congreso en 2023 y no se ha tratado; el Gobierno elegido en 2023 recortó la AAIP.
Los puntos clave
| Norma | Ley 25.326 (2000) y Decreto 1558/2001; hábeas data constitucional (artículo 43); adecuación europea desde 2003 |
|---|---|
| Autoridad | Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP); registro de bases de datos |
| Derechos | Acceso (10 días), rectificación, actualización, supresión (5 días); consentimiento expreso; datos sensibles protegidos |
| Sanciones | Apercibimiento, suspensión, multas modestas actualizadas por resolución; clausura de bases |
| Imágenes íntimas | Violencia digital en la Ley 26.485 (Ley 27.736, 2023): medidas de retiro por el juez; sin delito autónomo para adultos; artículo 128 para menores |
| Derecho al olvido | Rechazado por la Corte Suprema para información lícita de interés público (Denegri, 2022) |
| Cifras | Unas 500 denuncias al año ante la AAIP; miles de consultas por violencia digital en la Línea 144 |
En la práctica
- Ejercer los derechos de acceso y supresión ante la empresa (correo o formulario), con respuesta en 10 y 5 días; sin respuesta, denuncia gratuita ante la AAIP o acción de hábeas data ante el juez (rápida, sin abogado obligatorio en algunas jurisdicciones).
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar en la fiscalía o la UFECI, pedir al juez civil o de familia las medidas cautelares de retiro de la Ley 26.485 (violencia digital), y notificar a la plataforma; la Línea 144 orienta.
- Si el difusor exige dinero (sextorsión), es extorsión (artículo 168, 5 a 10 años): denunciar sin pagar.
- Pedir el acceso a los datos de una aplicación de citas y su supresión al cerrar la cuenta; las aplicaciones extranjeras están sujetas a la ley si tratan datos de residentes.
- Comprobar en el Registro Nacional de Bases de Datos de la AAIP si una empresa está inscrita; la Defensa del Consumidor también recibe reclamos.
Coste y cobertura
Derechos y denuncias ante la AAIP gratuitos; hábeas data con tasa reducida; abogados privados para daños.
Cambios recientes
La Ley 27.736 (2023) incorporó la violencia digital; el proyecto de nueva ley de datos (2023) no se ha tratado; la AAIP dictó en 2023-2024 resoluciones sobre cookies e inteligencia artificial; el Gobierno recortó en 2024 el presupuesto de la AAIP; la adecuación europea se revisó en 2024 sin retirarse.
A quién dirigirse
- AAIP — Agencia de Acceso a la Información Pública: denuncias y registro de bases (argentina.gob.ar/aaip).
- Línea 144: violencia de género, incluida la digital.
- UFECI: denuncias por difusión de imágenes y extorsión.
- Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Vía Libre: derechos digitales.
Conviene saber
Argentina tiene una ley de 2000 reconocida por Europa pero con multas simbólicas y sin delito de difusión de imágenes íntimas de adultos: la protección real pasa por el juez (hábeas data, medidas cautelares de violencia digital) más que por la autoridad. Y la Corte Suprema no reconoce el derecho al olvido sobre hechos ciertos de interés público.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 25.326 — Protección de los Datos Personales — texto oficial
- Ley 27.736 — violencia digital (Ley Olimpia) — texto oficial
- AAIP — Agencia de Acceso a la Información Pública — denuncias y guías
Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.
