Consentimiento y edad de consentimiento sexual — Puerto Rico

Edad de consentimiento de 16 años según el Código Penal de 2012: la penetración sexual con un menor de 16 es agresión sexual (50 años de prisión, salvo entre menores próximos en edad), y la agresión sexual se define por la ausencia de consentimiento libre; el derecho federal se aplica además en su ámbito, y la Ley 148-2018 y el estado de emergencia por violencia de género (2021) completan el marco.

Illustration : Le consentement
Mapa de situación — Puerto Rico — Consentimiento y edad de consentimiento sexual
Puerto Rico. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El artículo 130 del Código Penal de 2012 castiga la agresión sexual — penetración sexual, vaginal, anal, orogenital o con objetos — cuando la víctima «no ha cumplido dieciséis años» (con la salvedad de que ambas partes sean menores y la diferencia de edad no exceda de cuatro años, tratándose entonces por el sistema juvenil), cuando se comete por fuerza, violencia, intimidación o amenaza, cuando la víctima está incapacitada, drogada o inconsciente, cuando el autor abusa de una relación de autoridad o parentesco, o mediante engaño, con pena fija de 50 años (25 en ciertos casos); los actos lascivos sin penetración (artículo 133) se castigan con 8 años, 15 con víctima menor de 16; el acoso sexual es delito (artículo 135) y la difusión de imágenes íntimas también (artículo 154-A, Ley 2023). En el ámbito federal (bases militares, delitos interestatales, internet), el Título 18 del Código de Estados Unidos fija en 16 años la edad de consentimiento con una diferencia de cuatro años (§ 2243) y castiga la explotación de menores en línea. La Ley 148-2018 reformó los derechos de las víctimas de agresión sexual (examen forense sin denuncia, conservación de pruebas 20 años), y la orden ejecutiva de 2021 declaró el estado de emergencia por violencia de género. La edad mínima para casarse es de 18 años (Código Civil de 2020), sin dispensa desde 2020. La educación sexual con perspectiva de género fue impulsada y luego limitada por los gobiernos sucesivos.

Los puntos clave

Edad de consentimiento16 años (artículo 130); excepción entre menores con menos de cuatro años de diferencia
Agresión sexualPenetración sin consentimiento, con fuerza, con víctima incapacitada, menor de 16 o bajo autoridad: pena fija de 50 años
Actos lascivos8 años; 15 con víctima menor de 16 (artículo 133)
Ámbito federal18 U.S.C. § 2243: 16 años con diferencia de cuatro; explotación en línea
VíctimasLey 148-2018: examen forense sin denuncia, pruebas conservadas 20 años; Centro de Ayuda a Víctimas de Violación
Matrimonio18 años sin dispensa (Código Civil de 2020)
ContextoEstado de emergencia por violencia de género desde 2021; unas 1 500 denuncias al año por agresión sexual

En la práctica

Coste y cobertura

Ninguno para denunciar; examen forense gratuito; compensación a víctimas por la Oficina de Compensación a Víctimas de Delito.

Cambios recientes

La Ley de 2023 tipificó la difusión de imágenes íntimas; el estado de emergencia por violencia de género (2021) se ha prorrogado; el debate sobre la educación con perspectiva de género en las escuelas sigue abierto.

A quién dirigirse

Conviene saber

La pena fija de 50 años para la agresión sexual, incluida la de un menor de 16 por un adulto, es de las más severas del mundo hispanohablante; la excepción de cuatro años protege solo a los adolescentes entre sí. Y el examen forense puede hacerse sin denunciar: conservar la prueba deja abierta la decisión.

Fuentes y enlaces oficiales

Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.

← Todos los países El artículo general sobre este tema →

Todas las fichas de este país →

Página verificada en septiembre de 2026. Las normas y los datos citados pueden cambiar: en caso de duda, confírmelos en la fuente oficial indicada.

Situar esta página en el mapa del sitio

¿Una pregunta, una corrección, una sugerencia? Escríbenos.