Reproducción asistida — Panamá

Sin ley específica ni cobertura de la Caja de Seguro Social: unas pocas clínicas privadas de la capital practican la FIV y la ovodonación, el Código de la Familia rige la filiación e impide al marido que consintió la inseminación impugnar la paternidad, y la gestación subrogada no está regulada.

Mapa de situación — Panamá — Reproducción asistida
Panamá. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

Panamá no tiene ley de reproducción asistida: el Código de la Familia (Ley 3 de 1994) rige la filiación por las reglas generales y prevé que el marido que consintió la inseminación artificial de su mujer no puede impugnar la paternidad, sin tratar la donación, los embriones ni la gestación subrogada; la Ley 68 de 2003 sobre derechos del paciente y la Ley 3 de 2010 sobre trasplantes no la incluyen. Las clínicas privadas operan con la licencia del Ministerio de Salud; no hay registro de actividad. La Caja de Seguro Social y el Ministerio de Salud no cubren la infertilidad. La gestación subrogada no está regulada: la gestante es la madre legal. Un proyecto de ley de reproducción asistida presentado en 2015 no fue aprobado. El dólar facilita el turismo médico desde otros países de la región.

Los puntos clave

LeyNinguna específica; Código de la Familia (consentimiento del marido a la inseminación)
AccesoSin restricción legal; depende de la clínica
FiliaciónEl marido que consintió la inseminación no puede impugnar la paternidad; reglas generales para los demás
DonaciónSin ley; anónima en la práctica
Gestación subrogadaSin ley; la gestante es la madre legal
CoberturaNinguna de la Caja de Seguro Social; media docena de centros

En la práctica

Coste y cobertura

Inseminación de 1 000 a 2 000 dólares; FIV de 8 000 a 12 000 dólares con medicación; ovodonación de 12 000 a 16 000.

Cambios recientes

El proyecto de ley de 2015 no fue aprobado y ninguno está en trámite; la Caja de Seguro Social no ha incluido la infertilidad.

A quién dirigirse

Conviene saber

Sin ley, el consentimiento del marido a una donación debe documentarse ante notario y el destino de los embriones fijarse por contrato; las parejas del mismo sexo no tienen vía de filiación conjunta, y la gestación subrogada deja a la gestante como madre legal.

Fuentes y enlaces oficiales

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