Reproducción asistida — Ecuador

Sin ley específica: la Constitución garantiza la decisión libre sobre la reproducción, la Corte Constitucional reconoció la doble maternidad (caso Satya, 2018) para los hijos nacidos por reproducción asistida, las clínicas privadas de Quito y Guayaquil operan sin cobertura del IESS, y la gestación subrogada no está regulada.

Mapa de situación — Ecuador — Reproducción asistida
Ecuador. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El artículo 66.10 de la Constitución de 2008 garantiza el derecho a tomar decisiones libres sobre la salud y la vida reproductiva y a decidir cuándo y cuántos hijos tener; la Ley Orgánica de Salud (2006) no regula la reproducción asistida, y el Código Orgánico de la Salud aprobado en 2020, que la trataba, fue vetado. La filiación sigue el Código Civil (presunción de paternidad, reconocimiento); la Corte Constitucional (sentencia 184-18-SEP-CC, mayo de 2018, caso Satya) ordenó inscribir a una niña nacida por reproducción asistida con sus dos madres, y sentencias posteriores (2021, 2023) han consolidado la comaternidad; el Registro Civil la inscribe con el consentimiento de ambas. La donación de gametos no está regulada (anónima y compensada en la práctica), ni la gestación subrogada (la gestante es la madre legal). El IESS y el Ministerio de Salud no cubren la infertilidad; la Agencia de Aseguramiento de la Calidad (ACESS) autoriza las clínicas.

Los puntos clave

LeyNinguna específica; Constitución (artículo 66.10); Código Orgánico de la Salud vetado en 2020
AccesoSin restricción legal; mujeres solas y parejas de mujeres atendidas
FiliaciónCódigo Civil; doble maternidad reconocida por la Corte Constitucional (caso Satya, 2018) e inscrita por el Registro Civil
DonaciónSin ley; anónima y compensada en la práctica
Gestación subrogadaSin ley; la gestante es la madre legal
CoberturaNinguna del IESS ni del Ministerio de Salud
CifrasUna docena de centros en Quito, Guayaquil y Cuenca; unos 3 000 ciclos al año

En la práctica

Coste y cobertura

Inseminación de 800 a 1 500 dólares; FIV de 5 000 a 8 000 dólares con medicación; ovodonación de 8 000 a 11 000.

Cambios recientes

La Corte Constitucional consolidó la comaternidad en 2021 y 2023; el Código Orgánico de la Salud sigue sin aprobarse tras el veto de 2020; la Asamblea debate un nuevo texto.

A quién dirigirse

Conviene saber

El caso Satya abrió la doble maternidad, pero cada registro civil la aplica a su manera: llevar la sentencia y, si hace falta, presentar acción de protección. Y sin ley, los embriones y la donación dependen del contrato con la clínica.

Fuentes y enlaces oficiales

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