Drogas y estupefacientes — Puerto Rico

Doble marco: la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico (Ley 4 de 1971) castiga la posesión de cannabis con hasta 3 años de prisión (delito grave), sin despenalización pese a los proyectos, y la ley federal se aplica además; el cannabis medicinal es legal desde 2017 (Ley 42, más de 100 000 pacientes); el alcohol se vende desde los 18 años, excepción en Estados Unidos, y la alcoholemia al volante es de 0,8 g/l (0,2 para menores de 21).

Mapa de situación — Puerto Rico — Drogas y estupefacientes
Puerto Rico. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

La Ley 4 de 1971 (Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico) castiga la posesión de una sustancia controlada, incluido el cannabis, como delito grave de cuarto grado (hasta 3 años, con la posibilidad de desvío al programa de tratamiento y de probatoria para el primer delito), y la posesión con intención de distribuir con 3 a 20 años; los proyectos de despenalización de pequeñas cantidades (2013, 2019, 2023) no han sido aprobados. La Ley de Sustancias Controladas federal se aplica igualmente (el cannabis sigue en la Lista I, con el proceso de reclasificación a la Lista III iniciado en 2024), y las bases y tribunales federales la persiguen. La Ley 42-2017 legalizó el cannabis medicinal (Ley MEDICINAL): los pacientes con condiciones cualificadas obtienen una licencia del Departamento de Salud y compran en dispensarios (más de 100 000 pacientes y 170 dispensarios); el consumo público sigue prohibido. La edad legal para comprar alcohol es de 18 años, la única excepción con las Islas Vírgenes en territorio estadounidense (la ley federal de 1984 exige 21 años a los estados para las carreteras, y Puerto Rico aceptó la pérdida de fondos); la Ley 22-2000 de Vehículos y Tránsito fija la alcoholemia en 0,08 g/dL (0,8 g/l), 0,02 para los menores de 21 y 0,04 para los conductores comerciales, con multa, suspensión y prisión desde la segunda condena. La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) trata; la epidemia de opioides y el fentanilo afectan a la isla como al continente.

Los puntos clave

PosesiónDelito grave de cuarto grado: hasta 3 años (Ley 4 de 1971); desvío a tratamiento y probatoria posibles para el primer delito; sin despenalización
Posesión con intención de distribuir3 a 20 años; ley federal aplicable además
Cannabis medicinalLegal desde 2017 (Ley 42): licencia del Departamento de Salud, dispensarios; más de 100 000 pacientes
Cannabis lúdicoProhibido; proyectos de despenalización rechazados (2013, 2019, 2023)
AlcoholVenta desde los 18 años (excepción estadounidense); alcoholemia 0,8 g/l, 0,2 menores de 21, 0,4 comerciales (Ley 22-2000)
CifrasUnas 500 muertes por sobredosis al año, en aumento con el fentanilo; el alcohol es la primera sustancia problemática; el 10 % de los adultos consumió cannabis en el último año

En la práctica

Coste y cobertura

Tratamientos públicos gratuitos por la ASSMCA; licencia de cannabis medicinal de unos 25 dólares más la consulta (50 a 100); multas por DUI de 300 a 500 dólares más los programas.

Cambios recientes

El proyecto de despenalización de la posesión de cannabis de 2023 no prosperó; el proceso federal de reclasificación del cannabis (2024-2025) afecta a la investigación y la fiscalidad de los dispensarios; el fentanilo ha aumentado las sobredosis; la ASSMCA amplió la distribución de naloxona.

A quién dirigirse

Conviene saber

Puerto Rico combina la edad de alcohol más baja de Estados Unidos (18) con una ley de drogas más dura que la de muchos estados: la posesión de cannabis sin licencia médica es un delito grave, y la ley federal se añade. La licencia medicinal es accesible y protege; sin ella, no llevar nada.

Fuentes y enlaces oficiales

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