El marco legal
El Código Penal de 1998 (artículos 133 a 137) suprimió todas las causales de aborto que existían antes — terapéutica, ética y eugenésica — y lo castiga con dos a ocho años de prisión para la mujer y para el personal, seis a doce para los profesionales de la salud. La Constitución reconoce desde 1999 a la persona humana «desde el instante de la concepción». En la práctica, fiscales han acusado a mujeres que llegaron al hospital con abortos espontáneos o partos prematuros de homicidio agravado, con condenas de hasta 30 y 40 años; la mayoría de «Las 17» y otras fueron liberadas entre 2015 y 2022 tras años de cárcel.
Los puntos clave
| Legal | Ningún caso, ni siquiera el riesgo vital ni la inviabilidad fetal |
|---|---|
| Penas | Mujer: dos a ocho años; personal sanitario: seis a doce años; homicidio agravado en varios casos: 30 a 50 años |
| Riesgo vital | Sin excepción; el caso Beatriz (2013) mostró que la Corte Suprema negó la interrupción a una mujer con lupus y feto anencefálico |
| Condena internacional | Corte Interamericana, Manuela y otros (2021) y Beatriz y otros (2024) |
| Anticoncepción de emergencia | Legal y disponible |
| Cifras | Al menos 180 mujeres procesadas por aborto u homicidio entre 2000 y 2019 |
En la práctica
- En caso de emergencia obstétrica, las organizaciones aconsejan acudir acompañada al hospital y no describir el origen del sangrado: la atención es obligatoria, pero las denuncias desde los hospitales públicos han existido.
- La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto ofrece defensa jurídica a las mujeres procesadas.
- El misoprostol circula en el mercado informal; las organizaciones informan sobre los protocolos de la OMS sin practicar abortos.
- Las mujeres con medios viajan a México; las salvadoreñas en Estados Unidos dependen de la ley de su Estado.
- La anticoncepción de emergencia y la anticoncepción regular son accesibles en el sistema público.
Coste y cobertura
Ninguna prestación legal. Aborto clandestino: de 100 a 1 000 dólares (el país usa el dólar).
Cambios recientes
La Corte Interamericana declaró en 2024 (sentencia notificada en diciembre) que El Salvador violó los derechos de Beatriz y ordenó regular la atención en los casos de riesgo para la vida y la salud; el Gobierno de Nayib Bukele ha declarado que no cambiará la ley. Varias mujeres condenadas fueron liberadas por conmutación entre 2018 y 2022.
A quién dirigirse
- Hospitales del Ministerio de Salud; emergencias 911 y 132 (Cruz Roja).
- Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto: defensa jurídica y acompañamiento.
- Colectiva Feminista para el Desarrollo Local: apoyo.
- Línea 126 (Ciudad Mujer / ISDEMU, violencia contra las mujeres).
Conviene saber
Ninguna mujer está obligada a declarar cómo empezó una hemorragia, y el secreto médico sigue vigente en la ley: si un profesional le pregunta, tiene derecho a no responder y a pedir un abogado. La Agrupación Ciudadana interviene en horas cuando una mujer es detenida en un hospital.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código Penal — artículos 133 a 137 — Asamblea Legislativa (texto vigente)
- Corte Interamericana — caso Beatriz y otros vs. El Salvador (2024) — sentencia
- Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto — defensa y acompañamiento
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