El marco legal
La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018) define las violencias (física, psicológica, sexual, económica, simbólica, política, gineco-obstétrica) y crea las medidas administrativas inmediatas de protección, que dictan las juntas cantonales de protección de derechos y las tenencias políticas — salida del agresor, prohibición de acercamiento, protección policial — sin esperar al proceso judicial, además de las medidas judiciales de los jueces de violencia. El Código Orgánico Integral Penal (2014) tipifica el femicidio (artículo 141, 22 a 26 años) y la violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar (física, psicológica, sexual, artículos 155 a 159).
Los puntos clave
| Teléfonos | ECU 911 (emergencias, con protocolo de violencia de género); líneas de las casas de acogida y de la Fiscalía |
|---|---|
| Medidas administrativas | Juntas cantonales de protección de derechos y tenencias políticas: en horas, sin denuncia penal; vigentes hasta la decisión judicial |
| Medidas judiciales | Unidades judiciales de violencia contra la mujer y la familia: boleta de auxilio, salida del agresor, alejamiento, alimentos |
| Denuncia | Fiscalía (unidades especializadas), unidades judiciales de violencia, policía (DEVIF) |
| Femicidio | 22 a 26 años (artículo 141 del COIP); violencia física, psicológica y sexual contra la mujer: artículos 155 a 159 |
| Cifras | Alrededor de 300 femicidios y muertes violentas de mujeres al año según los observatorios; en aumento con la violencia criminal desde 2021 |
En la práctica
- En peligro: ECU 911; la policía (DEVIF) interviene y puede aprehender al agresor.
- Acudir a la junta cantonal de protección de derechos o a la tenencia política para las medidas administrativas inmediatas: se dictan el mismo día y la policía las ejecuta.
- Denunciar en la unidad judicial de violencia o en la fiscalía: la boleta de auxilio y las medidas judiciales se dictan en la primera audiencia.
- Las casas de acogida (Red Nacional de Casas de Acogida) alojan a las víctimas y a sus hijos; la Defensoría Pública representa gratuitamente.
- Las víctimas de violación tienen derecho a la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas (18 para menores y mujeres rurales o indígenas).
Coste y cobertura
Medidas de protección, denuncia, Defensoría Pública y casas de acogida gratuitas.
Cambios recientes
El presupuesto de la ley integral ha sido insuficiente desde 2019; la Corte Constitucional ordenó en 2023 al Estado garantizar la financiación de las casas de acogida. El aumento de la violencia criminal desde 2021 se refleja en las muertes violentas de mujeres.
A quién dirigirse
- ECU 911.
- Juntas cantonales de protección de derechos y tenencias políticas: medidas administrativas.
- Unidades judiciales de violencia contra la mujer y la familia; Fiscalía.
- Red Nacional de Casas de Acogida; Defensoría Pública; Fundación Aldea (observatorio de femicidios).
Conviene saber
Las medidas administrativas de protección son la novedad de la ley de 2018 y la vía más rápida: la junta cantonal o la tenencia política deben dictarlas en horas, sin abogado ni denuncia penal. Pida la resolución escrita y entréguela en la unidad de policía comunitaria de su barrio.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2018) — Consejo Nacional para la Igualdad de Género
- Código Orgánico Integral Penal — artículos 141 y 155 a 159 — texto de referencia
- Consejo de la Judicatura — unidades de violencia — tribunales
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