Divorcio — Perú

Divorcio por causales ante el juez de familia — la separación de hecho de dos años (cuatro con hijos menores) es la más usada — o separación convencional y divorcio ulterior de mutuo acuerdo, también ante notario o municipalidad desde 2008 cuando el matrimonio tiene más de dos años.

Illustration : Divorce
Mapa de situación — Perú — Divorcio
Perú. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Civil (artículos 333 a 360) enumera las causales de separación y divorcio: adulterio, violencia, abandono de más de dos años, conducta deshonrosa, uso de drogas, enfermedad grave, imposibilidad de hacer vida en común, separación de hecho de dos años (cuatro si hay hijos menores) y separación convencional tras dos años de matrimonio. La Ley 29227 de 2008 permite tramitar la separación convencional y el divorcio ulterior ante las municipalidades acreditadas y los notarios, sin juez, cuando no hay hijos menores o incapaces, o cuando hay acuerdo sobre ellos homologado por conciliación. El juez puede fijar una indemnización al cónyuge perjudicado por la separación de hecho.

Los puntos clave

Vía notarial o municipalSeparación convencional: dos años de matrimonio, acuerdo total, régimen liquidado, sin hijos menores o con acta de conciliación; dos etapas separadas por dos meses; total de tres a seis meses
Vía judicialPor causal ante el juez de familia; la separación de hecho de dos años (cuatro con hijos) es la más frecuente; de uno a tres años
HijosTenencia generalmente a uno de los padres; tenencia compartida posible por acuerdo o sentencia desde 2008; alimentos hasta los 18 años (28 si estudian)
IndemnizaciónPara el cónyuge perjudicado por la separación de hecho (artículo 345-A)
Alimentos entre cónyugesPara el cónyuge inocente en el divorcio por culpa
BienesLiquidación de la sociedad de gananciales, previa a la vía notarial
AbogadoObligatorio en la vía judicial; en la municipal y notarial, la solicitud lleva firma de abogado
CifrasUnos 15 000 divorcios al año inscritos, muchos menos que las separaciones reales

En la práctica

Coste y cobertura

Municipalidad: de 800 a 1 500 soles en tasas; notario: de 1 500 a 3 000 soles; más el abogado para la solicitud. Judicial: honorarios de 3 000 a 10 000 soles y más; tasas judiciales según la pretensión.

Cambios recientes

La Ley 29227 de 2008 descongestionó los juzgados; el Ministerio de la Mujer y la jurisprudencia han reforzado la tenencia compartida y las medidas contra el impago de alimentos (Registro de Deudores Alimentarios Morosos, REDAM).

A quién dirigirse

Conviene saber

La vía notarial o municipal exige el régimen de gananciales liquidado antes de presentar la solicitud: la liquidación por escritura pública es a menudo la parte más larga y cara del divorcio. Empiece por ella.

Fuentes y enlaces oficiales

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