Régimen económico del matrimonio — México

El régimen se elige obligatoriamente en el acta de matrimonio: sociedad conyugal o separación de bienes, con reglas distintas en cada estado; sin elección, la sociedad conyugal en la mayoría de los códigos; compensación de hasta el 50 % de los bienes para el cónyuge que se dedicó al hogar en separación de bienes.

Mapa de situación — México — Régimen económico del matrimonio
México. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

Los códigos civiles y familiares de los 32 estados exigen que los contrayentes declaren en el acta de matrimonio el régimen elegido: sociedad conyugal (comunidad de los bienes adquiridos durante el matrimonio, o de todos según las capitulaciones) o separación de bienes; a falta de declaración, la mayoría de los códigos aplican la sociedad conyugal. Las capitulaciones pueden otorgarse antes o durante el matrimonio, ante el juez del Registro Civil o notario, y modificarse después. El Código Civil Federal (artículo 267, fracción VI, y equivalentes estatales) permite al cónyuge casado en separación de bienes que se dedicó al trabajo del hogar y a los hijos pedir al divorcio una compensación de hasta el 50 % de los bienes adquiridos por el otro; la Suprema Corte la ha extendido a la sociedad conyugal en ciertos casos y a los concubinos.

Los puntos clave

ElecciónObligatoria en el acta: sociedad conyugal o separación de bienes; sin declaración, sociedad conyugal en la mayoría de los estados
Sociedad conyugalComunes los bienes adquiridos durante el matrimonio (salvo capitulaciones más amplias); administración por el cónyuge designado o conjunta según el estado
Separación de bienesCada cónyuge conserva la propiedad y administración de lo suyo; compensación de hasta el 50 % al divorcio para quien se dedicó al hogar
CapitulacionesAnte el Registro Civil o notario, antes o durante el matrimonio; modificables
DeudasEn sociedad conyugal, las deudas para la familia obligan a los bienes comunes; en separación, cada uno responde de las suyas
ViviendaPatrimonio familiar constituible ante notario en la mayoría de los estados: inembargable e inalienable sin acuerdo
ConcubinatoSin régimen; la jurisprudencia reconoce la compensación y la copropiedad probada

En la práctica

Coste y cobertura

Capitulaciones ante el Registro Civil incluidas en los derechos del matrimonio o ante notario de 3 000 a 10 000 pesos; liquidación de la sociedad conyugal ante notario o juez según los bienes; constitución del patrimonio familiar con tasas moderadas.

Cambios recientes

La Suprema Corte ha ampliado desde 2015 la compensación económica al trabajo del hogar en todos los regímenes y ha reconocido la copropiedad en el concubinato; varios estados han reformado la administración de la sociedad conyugal para hacerla conjunta.

A quién dirigirse

Conviene saber

Elegir «separación de bienes» en el acta parece sencillo pero puede dejar sin nada, al divorcio, al cónyuge que dejó de trabajar: la compensación de hasta el 50 % existe, pero hay que pedirla y probarla. Y en sociedad conyugal, comprobar qué bienes entran según el código del estado: en algunos, también los anteriores al matrimonio.

Fuentes y enlaces oficiales

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