El marco legal
El artículo 77 de la Constitución de 1999 protege el matrimonio «entre un hombre y una mujer», y el artículo 44 del Código Civil lo reserva a personas de distinto sexo. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo declaró en 2008 que la Constitución no prohíbe al legislador crear otras formas de unión, pero no reconoció ningún derecho; los recursos de nulidad del artículo 44 presentados en 2015 y las solicitudes de reconocimiento de matrimonios extranjeros siguen sin decisión. No existe unión civil, y la unión estable de hecho del artículo 77 se limita a un hombre y una mujer. Las relaciones entre personas del mismo sexo son legales; la Ley Orgánica del Trabajo (2012) y algunas ordenanzas prohíben la discriminación por orientación sexual, sin ley general.
Los puntos clave
| Matrimonio | No: Constitución (artículo 77) y Código Civil (artículo 44) |
|---|---|
| Unión civil | No; proyectos sin trámite |
| Recursos | Nulidad del artículo 44 pendiente ante la Sala Constitucional desde 2015; matrimonios extranjeros no reconocidos |
| Adopción | Conjunta imposible |
| Identidad de género | Cambio de nombre posible; cambio de sexo registral sin vía clara |
| Discriminación | Prohibida en el ámbito laboral (LOTTT 2012) y en algunas ordenanzas; sin ley general |
| Contexto | Crisis y emigración; muchas parejas se casan en el país de acogida |
En la práctica
- Las parejas venezolanas del mismo sexo se casan en Argentina, Colombia, España o Estados Unidos; el matrimonio no produce efectos en Venezuela.
- Protegerse por contratos: testamento (mitad libre), poderes, copropiedad de los bienes, seguros.
- Para las parejas emigradas, el país de acogida reconoce a menudo el matrimonio y la residencia del cónyuge (Colombia, Chile, España, Estados Unidos).
- Las organizaciones (Unión Afirmativa, Venezuela Igualitaria) informan y litigan.
- La unión estable de hecho no está disponible para las parejas del mismo sexo.
Coste y cobertura
Testamento y poderes con aranceles notariales en bolívares actualizados; honorarios de abogado a menudo en dólares.
Cambios recientes
Las organizaciones han vuelto a pedir a la Sala Constitucional en 2023 y 2024 que decida los recursos de 2015; la Asamblea Nacional no ha tramitado los proyectos. El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha pedido a Venezuela reconocer las uniones.
A quién dirigirse
- Unión Afirmativa y Venezuela Igualitaria: información y litigio.
- Defensoría del Pueblo.
- Notarías y registros: testamentos y poderes.
- Consulados de los países que reconocen el matrimonio.
Conviene saber
Sin ningún estatuto, la pareja del mismo sexo venezolana no tiene derechos entre sí: el testamento, los poderes y la titularidad conjunta son las únicas protecciones. Para quienes emigran, casarse en el país de acogida abre a menudo la residencia del cónyuge.
Fuentes y enlaces oficiales
- Constitución — artículo 77 — texto (OEA)
- Tribunal Supremo — sentencia 190/2008 (Sala Constitucional) — texto
- Unión Afirmativa de Venezuela — información
Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.
