La herencia — Cuba

Libertad de testar limitada por los «herederos especialmente protegidos» — descendientes, ascendientes o cónyuge sin medios y no aptos para trabajar, que tienen derecho a la mitad —, herencia sin testamento entre hijos y cónyuge por partes iguales, adjudicación ante notario e impuesto sobre transmisión de bienes y herencias.

Mapa de situación — Cuba — La herencia
Cuba. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Civil de 1987 (artículos 466 a 547) reconoce la libertad de testar con un límite: la mitad de la herencia corresponde a los herederos especialmente protegidos — descendientes, ascendientes y cónyuge que no estén aptos para trabajar y dependan económicamente del difunto. Sin testamento, heredan por partes iguales los hijos y el cónyuge (el cónyuge tiene además la mitad de la comunidad de bienes), después los padres, los abuelos, los hermanos y sobrinos, y el Estado. El Código de las Familias de 2022 extiende los derechos del cónyuge a la unión de hecho afectiva inscrita. La adjudicación de la herencia se hace ante notario, y la Ley 113 de 2012 del sistema tributario grava las transmisiones de bienes y herencias con tipos del 4 % para las herencias entre parientes cercanos y superiores para los demás; las viviendas y los vehículos siguen reglas propias de transmisión.

Los puntos clave

Herederos especialmente protegidosDescendientes, ascendientes y cónyuge no aptos para trabajar y dependientes: mitad de la herencia
Sin testamentoHijos y cónyuge por partes iguales; padres; abuelos; hermanos y sobrinos; Estado
Cónyuge y unión de hecho afectivaMitad de la comunidad matrimonial de bienes más su parte de heredero; unión inscrita equiparada desde 2022
TestamentoNotarial (la forma habitual), ológrafo o especial; inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad
TrámitesDeclaratoria de herederos y adjudicación ante notario; para la vivienda, actualización del título de propiedad ante la Dirección de la Vivienda
ImpuestoImpuesto sobre transmisión de bienes y herencias (Ley 113/2012): 4 % entre parientes cercanos, más para los demás
ContextoEmigrantes: la salida definitiva del país implicaba la pérdida de bienes hasta 2013; hoy los emigrados conservan sus derechos

En la práctica

Coste y cobertura

Notaría con tarifas fijas modestas; impuesto del 4 % entre parientes cercanos; para los extranjeros y emigrados, aranceles en divisas a través de los bufetes internacionales.

Cambios recientes

El Código de las Familias de 2022 extendió los derechos sucesorios a las uniones de hecho afectivas y a los matrimonios del mismo sexo; la reforma migratoria de 2013 permitió a los emigrados conservar y heredar bienes en Cuba.

A quién dirigirse

Conviene saber

La vivienda es el bien esencial de la mayoría de las herencias cubanas y su transmisión sigue reglas propias: quien convive con el difunto sin estar inscrito puede quedar en una situación precaria. El testamento notarial y la inscripción de la unión de hecho evitan los conflictos más frecuentes.

Fuentes y enlaces oficiales

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