El marco legal
La Ley 18.331 de Protección de Datos Personales y Acción de Hábeas Data (agosto de 2008), reglamentada por el Decreto 414/009, reconoce el derecho a la protección de datos como inherente a la persona (artículo 72 de la Constitución): principios de legalidad, veracidad, finalidad, consentimiento previo informado, seguridad, reserva y responsabilidad; datos sensibles (orientación sexual, salud, origen, creencias) solo con consentimiento expreso y por escrito o por ley; derechos de acceso (5 días hábiles), rectificación, actualización, inclusión y supresión, registro de bases de datos, y la acción de hábeas data ante el juez; la Ley 19.670 (2018) añadió la aplicación extraterritorial, el delegado de protección de datos, las evaluaciones de impacto y la notificación de brechas, y el Decreto 64/020 (2020) los precisó; la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP), órgano desconcentrado de la AGESIC con un consejo ejecutivo, dicta dictámenes y sanciona con apercibimiento, multas de hasta 500 000 unidades indexadas (unos 3 millones de pesos) y suspensión o clausura de la base. La Unión Europea reconoció la adecuación en 2012 y Uruguay ratificó el Convenio 108 y su protocolo 108+ del Consejo de Europa. La Ley 19.580 (2017) castiga la difusión de imágenes o grabaciones íntimas sin consentimiento (artículo 92: 6 meses a 2 años, agravada si la víctima es pareja o expareja o menor), y la Ley 20.327 de ciberdelitos (2024) el acoso telemático, la suplantación de identidad y el acceso ilícito; la Ley 19.580 reconoce la violencia mediática y digital con medidas de retiro por el juez. Las aplicaciones de citas extranjeras están sujetas a la ley cuando tratan datos de residentes.
Los puntos clave
| Norma | Ley 18.331 (2008), actualizada por la Ley 19.670 (2018) y el Decreto 64/020; adecuación europea desde 2012; Convenio 108+ |
|---|---|
| Autoridad | URCDP (AGESIC); registro de bases de datos; delegado de protección de datos obligatorio en ciertos casos |
| Derechos | Acceso (5 días hábiles), rectificación, actualización, inclusión, supresión; consentimiento previo; datos sensibles con consentimiento escrito; hábeas data ante el juez |
| Sanciones | Apercibimiento, multas de hasta 500 000 unidades indexadas (unos 3 millones de pesos), suspensión o clausura; brechas notificadas en 72 horas |
| Imágenes íntimas | Difusión sin consentimiento: 6 meses a 2 años, agravada si pareja, expareja o menor (Ley 19.580, artículo 92); acoso telemático y suplantación delitos (Ley 20.327, 2024) |
| Cifras | Cientos de denuncias al año ante la URCDP; sanciones a empresas de telecomunicaciones, salud y comercio; miles de denuncias por violencia digital |
En la práctica
- Ejercer los derechos ante la empresa por escrito, con respuesta en 5 días hábiles; sin respuesta o con negativa, denuncia gratuita ante la URCDP (en línea) o acción de hábeas data ante el juez (procedimiento rápido).
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar en la seccional o el Departamento de Delitos Informáticos (artículo 92 de la Ley 19.580), pedir medidas de protección al juzgado especializado (retiro de contenidos) y notificar a la plataforma; el 0800 4141 orienta.
- Si el difusor exige dinero (sextorsión), es extorsión o acoso telemático: denunciar sin pagar.
- Pedir el acceso a los datos de una aplicación de citas y su supresión al cerrar la cuenta; comprobar la inscripción de la base en el registro de la URCDP.
- CERTuy y la URCDP publican guías; los menores necesitan el consentimiento de sus representantes, y las aplicaciones exigen 18.
Coste y cobertura
Derechos y denuncias ante la URCDP gratuitos; hábeas data con tasa reducida; abogados privados para daños.
Cambios recientes
La Ley 20.327 (2024) completó el marco penal digital; la URCDP actualizó en 2023-2024 sus guías sobre brechas, inteligencia artificial y menores; la adecuación europea se confirmó en la revisión de 2024; Uruguay ratificó el Convenio 108+ en 2021.
A quién dirigirse
- URCDP (gub.uy/urcdp): denuncias y registro de bases.
- Ministerio del Interior — Departamento de Delitos Informáticos; denuncia en línea.
- 0800 4141 (Inmujeres) y juzgados especializados en violencia de género.
- Datysoc (datysoc.org): derechos digitales.
Conviene saber
Uruguay tiene el marco más completo de la región hispanohablante junto con España: autoridad activa, adecuación europea, delito de difusión de imágenes íntimas agravado cuando el difusor es la pareja, y desde 2024 el acoso telemático. Los derechos son gratuitos y rápidos: usarlos.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 18.331 — Protección de Datos Personales y Acción de Hábeas Data — texto oficial
- URCDP — Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales — denuncias y guías
- Ley 19.580 — artículo 92 (difusión de imágenes íntimas) — texto oficial
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