El marco legal
El artículo 29 de la Constitución garantiza la inviolabilidad de la correspondencia y los documentos privados y el artículo 44 el hábeas data; la Ley 81 de 26 de marzo de 2019, en vigor desde el 29 de marzo de 2021 y reglamentada por el Decreto Ejecutivo 285 de mayo de 2021, rige el tratamiento de datos personales en bases públicas y privadas: principios de lealtad, finalidad, proporcionalidad, veracidad, seguridad, transparencia, confidencialidad, licitud y portabilidad; consentimiento previo, informado, inequívoco y demostrable, con bases alternativas; datos sensibles (orientación sexual, salud, biometría, creencias) con consentimiento expreso; derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad (ARCOP) con respuesta en 10 días hábiles; notificación de brechas a la autoridad y a los afectados; protocolos de seguridad; y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) como autoridad, con multas de 1 000 a 10 000 balboas y cierre temporal, más la posibilidad de acciones civiles; la ANTAI ha emitido resoluciones y guías y tramita denuncias. El Código Penal castiga la difusión de imágenes íntimas o de contenido sexual sin consentimiento desde la ley de 2023 (con agravantes si la víctima es menor o pareja), el acoso sexual incluido el digital (Ley 7 de 2018), la violación de datos y el acceso ilícito (artículos 289 a 292), y la Ley 82 de 2013 reconoce la violencia contra las mujeres por medios digitales con medidas de protección. Las aplicaciones de citas extranjeras están sujetas a la ley cuando tratan datos de residentes.
Los puntos clave
| Norma | Ley 81 de 2019 (en vigor desde marzo de 2021) y Decreto Ejecutivo 285 de 2021; hábeas data constitucional (artículo 44) |
|---|---|
| Autoridad | ANTAI; notificación de brechas obligatoria |
| Derechos | Acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad (ARCOP); respuesta en 10 días hábiles; consentimiento demostrable; datos sensibles con consentimiento expreso |
| Sanciones | De 1 000 a 10 000 balboas y cierre temporal; acciones civiles |
| Imágenes íntimas | Difusión sin consentimiento castigada desde 2023 (agravada si menor o pareja); acoso sexual digital (2018); violencia digital contra las mujeres (Ley 82) |
| Cifras | Cientos de denuncias ante la ANTAI desde 2021; primeras sanciones en 2023-2024; cientos de denuncias por difusión de imágenes al año (Ministerio Público) |
En la práctica
- Ejercer los derechos ante la empresa (correo o formulario), con respuesta en 10 días hábiles; sin respuesta o con negativa, denuncia gratuita ante la ANTAI (en línea), que investiga y sanciona; el hábeas data ante el juez sigue disponible.
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar ante el Ministerio Público (Unidad de Delitos Informáticos) o la DIJ, pedir medidas de protección al juzgado (Ley 82 si es la pareja) y notificar a la plataforma; el INAMU (182) acompaña.
- Si el difusor exige dinero (sextorsión), es extorsión: denunciar sin pagar.
- Pedir el acceso a los datos de una aplicación de citas y su cancelación al cerrar la cuenta; exigir la notificación de las brechas.
- Los menores están protegidos por la Ley 81 (consentimiento de los padres) y el Código de la Familia; denunciar a la SENNIAF y a la plataforma.
Coste y cobertura
Derechos y denuncias ante la ANTAI gratuitos; denuncia penal gratuita; abogados privados para daños.
Cambios recientes
La ANTAI emitió sus primeras sanciones en 2023-2024 y publicó guías sobre brechas y consentimiento; la Ley de 2023 tipificó la difusión de imágenes íntimas; se debate elevar las multas de la Ley 81, consideradas bajas; el Gobierno anunció la intención de adherir al Convenio 108+.
A quién dirigirse
- ANTAI — Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información: denuncias de protección de datos.
- Ministerio Público — Unidad de Delitos Informáticos; DIJ.
- INAMU (182): violencia digital contra las mujeres.
- IPANDETEC (ipandetec.org): derechos digitales.
Conviene saber
Panamá tiene desde 2021 una ley completa y una autoridad que empieza a sancionar, aunque las multas (10 000 balboas como máximo) son poco disuasorias para las grandes plataformas: los derechos ARCOP son gratuitos y exigibles. La difusión de imágenes íntimas es delito desde 2023: denunciar.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 81 de 2019 — Protección de Datos Personales — Gaceta Oficial
- ANTAI — Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información — denuncias y guías
- IPANDETEC — análisis de la Ley 81 — derechos digitales
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