Consentimiento y edad de consentimiento sexual — Chile

Edad de consentimiento de 14 años: el acceso carnal con un menor de 14 es violación aunque consienta (violación impropia, 5 a 20 años), y con un menor de 18 es «estupro» si hay abuso de inexperiencia, dependencia o desamparo; los delitos sexuales contra menores son imprescriptibles desde 2019, el matrimonio de menores de 18 está prohibido desde 2022 y la «Ley Antonia» (2022) protege a las víctimas de violencia sexual.

Illustration : Le consentement
Mapa de situación — Chile — Consentimiento y edad de consentimiento sexual
Chile. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código Penal castiga la violación (artículo 361: acceso carnal con fuerza o intimidación, con víctima privada de sentido o incapaz de oponerse, o con abuso de su enajenación, 5 a 15 años), la violación impropia de un menor de 14 años (artículo 362: 5 a 20 años, sin que el consentimiento cuente) y el estupro (artículo 363: acceso carnal con un menor de 18 y mayor de 14 abusando de una anomalía mental, de una relación de dependencia, del grave desamparo o de la inexperiencia sexual de la víctima, 3 a 10 años), además del abuso sexual (artículos 366 a 366 quáter). La Ley 21.160 (2019) declaró imprescriptibles los delitos sexuales contra menores; la Ley 21.153 (2019) tipificó el acoso sexual en espacios públicos; la Ley 21.523 («Ley Antonia», 2022) reconoció la inducción al suicidio, reforzó los derechos de las víctimas de violencia sexual y castigó la revictimización; la Ley 21.515 (2022) elevó la edad mínima para casarse a 18 años sin excepción; la Ley 20.594 (2012) creó el registro de inhabilitados para trabajar con menores. La Ley 21.675 (2024) integral contra la violencia hacia las mujeres define la violencia sexual y digital. Chile no ha adoptado una definición de la violación basada solo en la ausencia de consentimiento, aunque la reforma está en debate.

Los puntos clave

Edad de consentimiento14 años (violación impropia por debajo, artículo 362); estupro hasta los 18 en caso de abuso de inexperiencia, dependencia o desamparo
ViolaciónFuerza, intimidación, víctima privada de sentido o incapaz de oponerse: 5 a 15 años; violación impropia 5 a 20
Estupro3 a 10 años (artículo 363)
PrescripciónImprescriptibles los delitos sexuales contra menores (Ley 21.160, 2019)
Matrimonio18 años sin excepción desde 2022 (Ley 21.515)
AcosoAcoso sexual callejero delito (Ley 21.153, 2019); Ley Antonia (2022) contra la revictimización
CifrasUnas 25 000 denuncias al año por delitos sexuales, dos tercios con víctimas menores

En la práctica

Coste y cobertura

Ninguno para denunciar; representación gratuita de las víctimas por las Corporaciones de Asistencia Judicial y el SernamEG.

Cambios recientes

La Ley Antonia (2022) y la Ley 21.675 (2024) reforzaron la protección; la edad mínima de matrimonio pasó a 18 años en 2022; el debate sobre una definición de la violación por ausencia de consentimiento continúa en el Congreso.

A quién dirigirse

Conviene saber

La violación impropia no admite excepción: cualquier acceso carnal con un menor de 14 años es violación, aunque el otro sea también menor de 18. Y entre 14 y 18, el «consentimiento» del adolescente no protege al adulto que abusa de su inexperiencia o de una relación de dependencia.

Fuentes y enlaces oficiales

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