El marco legal
La Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida permite el acceso a toda mujer mayor de 18 años con plena capacidad, «con independencia de su estado civil y orientación sexual»; el marido o cónyuge mujer presta su consentimiento para la filiación (artículos 6 a 8; el artículo 7.3 permite a la cónyuge de la madre consentir la doble maternidad ante el Registro Civil). La donación de gametos y embriones es anónima y gratuita, con una compensación de gastos (unos 1 000 euros para las donantes de óvulos), y un donante no puede tener más de seis hijos nacidos en España; el Registro Nacional de Donantes, operativo desde 2023, controla el límite. La gestación subrogada está prohibida: el contrato es nulo (artículo 10) y la Ley Orgánica 1/2023 la declara forma de violencia contra las mujeres. La cartera pública (Orden SSI/2065/2014, ampliada en 2021 a mujeres solas, parejas de mujeres y personas trans) cubre hasta tres ciclos de FIV para mujeres de menos de 40 años y seis inseminaciones para menos de 38, sin hijos previos comunes, con listas de espera de 6 a 18 meses según la comunidad autónoma. El Real Decreto-ley 9/2014 y la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida completan el marco.
Los puntos clave
| Acceso | Toda mujer mayor de 18 años: sola, casada, pareja de mujeres, personas trans con capacidad gestante |
|---|---|
| Donación | Anónima y gratuita con compensación (unos 1 000 euros óvulos, 30 a 50 euros semen); máximo seis hijos por donante; Registro Nacional de Donantes desde 2023 |
| Cobertura pública | Hasta 3 FIV (menos de 40 años) y 6 inseminaciones (menos de 38), sin hijos comunes previos; esperas de 6 a 18 meses |
| Gestación subrogada | Prohibida: contrato nulo (artículo 10); inscripción de los hijos nacidos en el extranjero solo por sentencia extranjera o adopción (Tribunal Supremo 2022) |
| Diagnóstico preimplantacional | Autorizado para enfermedades graves, con lista y autorización de la Comisión Nacional para los demás casos |
| Embriones | Congelación permitida; destino elegido por la pareja (propio uso, donación, investigación, cese) |
| Cifras | Unos 165 000 ciclos al año, el 10 % de los nacimientos por reproducción asistida; el 30 % de las pacientes de FIV con donación son extranjeras |
En la práctica
- En la sanidad pública, la derivación parte del médico de familia o del ginecólogo hacia la unidad de reproducción del hospital de referencia; conviene pedirla pronto por las listas de espera y el límite de edad (40 años al inicio del tratamiento).
- En la privada, el tratamiento empieza en semanas; comprobar la autorización del centro por la comunidad autónoma y las tasas de éxito publicadas en el registro de la Sociedad Española de Fertilidad.
- Las parejas de mujeres pueden optar por el método ROPA (óvulos de una, gestación de la otra), autorizado en la privada; la filiación se inscribe con las dos madres por consentimiento ante el Registro Civil, casadas o no desde 2023.
- Las pacientes extranjeras vienen sobre todo por la ovodonación anónima sin espera (semanas frente a años en Francia o Italia); el hijo no podrá conocer a la donante.
- Los embriones congelados exigen renovar el consentimiento cada dos años; sin respuesta, el centro puede disponer de ellos tras dos requerimientos.
Coste y cobertura
Gratuito en la sanidad pública dentro de los límites; en la privada, inseminación de 800 a 1 500 euros, FIV de 4 000 a 6 000, ovodonación de 6 000 a 9 000, medicación aparte (1 000 a 1 500 por ciclo).
Cambios recientes
La ampliación de la cartera pública de 2021 abrió la reproducción asistida a las mujeres solas, las parejas de mujeres y las personas trans; el Registro Nacional de Donantes empezó a funcionar en 2023; el Tribunal Supremo endureció en 2022 y 2024 los requisitos de inscripción de los hijos nacidos por gestación subrogada en el extranjero.
A quién dirigirse
- Unidades de reproducción asistida de los hospitales públicos (derivación del médico de familia).
- Sociedad Española de Fertilidad (sefertilidad.net): registro de centros y resultados.
- Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida (Ministerio de Sanidad).
- Asociaciones de pacientes: Red Nacional de Infértiles, Asociación Nacional para Problemas de Infertilidad.
Conviene saber
El límite de 40 años de la sanidad pública se aplica al inicio del tratamiento, y las listas de espera pueden acercar a él: pedir la derivación en cuanto se sospecha un problema. Y la ovodonación española es anónima por ley: el hijo no tendrá acceso a la identidad de la donante, a diferencia de Portugal o Francia.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida — Boletín Oficial del Estado
- Ministerio de Sanidad — reproducción humana asistida — cartera y Comisión Nacional
- Sociedad Española de Fertilidad — registro nacional de actividad — resultados por centro
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