Drogas y estupefacientes — Paraguay

La Ley 1340/88 exime de pena la tenencia para uso personal de hasta 10 g de marihuana o 2 g de cocaína si el poseedor es consumidor habitual, con tratamiento; el tráfico se castiga con 5 a 15 años; el cannabis medicinal tiene un programa desde 2017 y el autocultivo registrado se autorizó por vía administrativa; la venta de alcohol está prohibida a menores de 20 años y la alcoholemia al volante es cero (Ley 5016).

Mapa de situación — Paraguay — Drogas y estupefacientes
Paraguay. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

La Ley 1340/88 de represión del tráfico ilícito de drogas, modificada por la Ley 1881/2002, castiga el tráfico con 5 a 15 años y la tenencia con fines de tráfico; el artículo 30 exime de pena a quien tenga en su poder sustancias para su «exclusivo uso personal» en cantidades que no excedan de 10 g de marihuana o 2 g de cocaína (y una dosis diaria de otras), siempre que el juez, con un examen médico, lo considere consumidor habitual o dependiente, y ordene el tratamiento; quien no lo es puede ser condenado. El Paraguay es el primer productor de marihuana de Sudamérica (cultivos en Amambay, Canindeyú y San Pedro), destinada a Brasil y Argentina, y una ruta de la cocaína andina. La Ley 6007/2017 creó el programa nacional de cannabis medicinal, y desde 2020 los pacientes registrados en el Ministerio de Salud pueden cultivar para su tratamiento por vía administrativa; la producción industrial de cáñamo está regulada (Decreto 2725/2019). La Ley 1642/2000 prohíbe la venta de alcohol a menores de 20 años, edad la más alta de la región; la Ley 5016/2014 de Tránsito impone la tolerancia cero de alcohol al volante (0 g/l), con multa, retención de la licencia y del vehículo, y castiga la reincidencia. La Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) coordina la política, y el Centro Nacional de Control de Adicciones (CENCA) trata.

Los puntos clave

Tenencia para uso personalExenta hasta 10 g de marihuana o 2 g de cocaína si el juez, con examen médico, reconoce al consumidor habitual; tratamiento ordenado (artículo 30 de la Ley 1340)
Tráfico5 a 15 años; primer productor de marihuana de Sudamérica
Cannabis medicinalLey 6007/2017: programa nacional; autocultivo registrado por vía administrativa desde 2020; cáñamo industrial regulado
AlcoholVenta prohibida a menores de 20 años (Ley 1642/2000); alcoholemia cero al volante (Ley 5016/2014)
CifrasEl alcohol es la primera sustancia de consumo problemático; consumo de cannabis del 3 % de los adultos; incautaciones récord de cocaína en puertos fluviales

En la práctica

Coste y cobertura

Tratamiento gratuito en el CENCA y los hospitales públicos; cannabis medicinal importado de 300 000 a 1 000 000 de guaraníes al mes; multas de tránsito por alcohol de 500 000 a 1 500 000 guaraníes.

Cambios recientes

El autocultivo medicinal se autorizó administrativamente en 2020 y los proyectos de ley para consolidarlo siguen en el Congreso; la SENAD ha multiplicado las incautaciones de cocaína en el río Paraguay; el debate sobre la despenalización más amplia no ha prosperado.

A quién dirigirse

Conviene saber

La exención paraguaya depende de un diagnóstico judicial de consumidor habitual: el consumidor ocasional detenido con unos gramos está peor protegido que el dependiente. Y las dos reglas sobre el alcohol son de las más estrictas del continente: 20 años para comprar, cero gramos para conducir.

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