Divorcio — Costa Rica

Divorcio por mutuo consentimiento mediante convenio en escritura pública homologado por el juez, por separación de hecho de más de tres años o por las causales del Código de Familia, ante los juzgados de familia; pensión alimentaria fijada por juzgados especializados.

Illustration : Divorce
Mapa de situación — Costa Rica — Divorcio
Costa Rica. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código de Familia de 1973 (artículos 48 a 61) prevé el divorcio por mutuo consentimiento — con un convenio en escritura pública sobre los hijos, la pensión y los bienes, homologado por el juez de familia —, por separación judicial de más de un año, por separación de hecho de más de tres años, y por causales: adulterio, atentado contra la vida, tentativa de prostitución, sevicia, ausencia, entre otras. Los juzgados de familia conocen del divorcio, y los juzgados de pensiones alimentarias fijan y cobran los alimentos, con la posibilidad de apremio corporal contra el deudor. El Código prevé la pensión alimentaria entre excónyuges y la distribución de los gananciales.

Los puntos clave

Mutuo consentimientoConvenio en escritura pública ante notario, homologado por el juez de familia; de dos a cuatro meses
Separación de hechoMás de tres años; causal objetiva; de seis meses a un año
Por causalLas del artículo 48; proceso ordinario; más de un año
HijosGuarda a uno de los padres o compartida por acuerdo; pensión alimentaria fijada por los juzgados de pensiones, con apremio corporal por impago
Pensión entre cónyugesPara el cónyuge sin medios, incluso tras el divorcio, según el caso
BienesDistribución de los gananciales (participación diferida)
AbogadoObligatorio ante el juez; Defensa Pública en pensiones; consultorios jurídicos universitarios
CifrasUnos 12 000 divorcios al año, uno de los índices más altos de la región

En la práctica

Coste y cobertura

Notario para el convenio de 100 000 a 300 000 colones; abogado de 300 000 a 1 000 000 de colones para un mutuo consentimiento; más en los contenciosos; consultorios universitarios gratuitos.

Cambios recientes

El Código Procesal de Familia (Ley 9747), en vigor desde octubre de 2022, unificó los procedimientos de familia con audiencias orales y plazos más cortos; la guarda compartida es cada vez más frecuente por acuerdo.

A quién dirigirse

Conviene saber

El apremio corporal por pensión alimentaria impagada — la cárcel hasta que se paga — se aplica de verdad en Costa Rica: un convenio de divorcio con una pensión que no se puede pagar es una trampa. Fíjela según los ingresos reales y pida su revisión si cambian.

Fuentes y enlaces oficiales

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