El marco legal
La Ley Especial de Adopciones (Decreto 282 de 2016) regula la adopción, plena e irrevocable: pueden adoptar las personas de más de 25 años con al menos 15 años más que el adoptado, casadas, en unión no matrimonial declarada o solas; las parejas del mismo sexo no están reconocidas. La Oficina para Adopciones (OPA) de la Procuraduría General de la República evalúa la idoneidad, y el Comité de Selección y Asignación propone la familia para el niño declarado adoptable; el juez de familia constituye la adopción. El Salvador es parte del Convenio de La Haya de 1993 desde 1998; la adopción internacional es subsidiaria y pasa por organismos acreditados.
Los puntos clave
| Adoptantes | Más de 25 años; 15 años más que el niño; parejas casadas o en unión no matrimonial, personas solas; no parejas del mismo sexo |
|---|---|
| Idoneidad | OPA (PGR): estudios psicológico, social y médico, curso; certificado |
| Procedimiento | Declaración de adoptabilidad, asignación por el Comité, convivencia, sentencia del juez de familia |
| Efectos | Plena e irrevocable; nueva partida de nacimiento |
| Plazos | De 1 a 3 años; más para un bebé |
| Internacional | Convenio de La Haya; subsidiaria; organismos acreditados; unas decenas al año |
| Cifras | Unas 50 a 100 adopciones al año; más de 1 000 niños en centros del ISNA |
En la práctica
- Presentar la solicitud a la OPA con los documentos y participar en el curso; la evaluación dura de 6 a 12 meses.
- Indicar el perfil aceptado; los niños mayores, hermanos y con discapacidad esperan familias.
- Tras la asignación, la convivencia y la sentencia del juez de familia, con la PGR como representante gratuita.
- La adopción del hijo del cónyuge se tramita por la OPA y el juez con el consentimiento del otro progenitor.
- Toda adopción directa es nula; la ley sanciona la intermediación.
Coste y cobertura
Gratuita en la OPA y con la PGR; honorarios de abogado privado de 500 a 2 000 dólares si se contrata; la adopción internacional cuesta a los extranjeros de 15 000 a 30 000 dólares.
Cambios recientes
La ley de 2016 sustituyó al procedimiento del Código de Familia y creó el Comité de Selección; el régimen de excepción vigente desde 2022 no ha afectado a los procedimientos de adopción.
A quién dirigirse
- Oficina para Adopciones (OPA) — Procuraduría General de la República.
- Juzgados de familia.
- ISNA — Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia: centros de acogida.
- Autoridad central salvadoreña (OPA) para la adopción internacional.
Conviene saber
La OPA tramita gratuitamente y la PGR representa a los adoptantes sin coste: no hace falta abogado privado. Los niños mayores de seis años y los grupos de hermanos son los que esperan familia; la espera de un bebé se cuenta en años.
Fuentes y enlaces oficiales
- Decreto 282 de 2016 — Ley Especial de Adopciones — Asamblea Legislativa
- Procuraduría General de la República — Oficina para Adopciones — procedimiento
- Conferencia de La Haya — El Salvador — estado de las convenciones
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