El marco legal
La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA, 2007) regula la patria potestad y la responsabilidad de crianza, compartidas por los padres tras la separación; la custodia (residencia del niño) la acuerdan los padres o la atribuye el tribunal de protección, con la regla de que el menor de siete años permanece con la madre salvo que su interés exija lo contrario (artículo 360). El otro progenitor tiene un régimen de convivencia familiar. La obligación de manutención se fija según los ingresos del obligado y las necesidades del niño, con retención posible en la fuente; el incumplimiento es delito. Salir del país con un menor exige la autorización del otro progenitor o del tribunal.
Los puntos clave
| Responsabilidad de crianza | Compartida; custodia a uno de los padres por acuerdo o por el tribunal de protección |
|---|---|
| Menores de 7 años | Con la madre por defecto (artículo 360 de la LOPNNA), salvo interés contrario |
| Convivencia familiar | Derecho del progenitor no custodio; fijado por acuerdo homologado o por el tribunal |
| Manutención | Según ingresos y necesidades; retención en la fuente; hasta los 18 años (25 si estudia) |
| Impago | Delito de incumplimiento de la obligación de manutención; medidas de embargo |
| Salida del país | Autorización del otro progenitor ante notario, registro o consejo de protección, o del tribunal (artículo 392) |
| Tribunales | Circuitos judiciales de protección de niños, niñas y adolescentes, con plazos muy largos |
En la práctica
- Acordar la custodia, la convivencia y la manutención ante el Consejo de Protección o la Defensoría del Niño y homologar el acuerdo en el tribunal de protección.
- Sin acuerdo, demanda ante el tribunal de protección, con la Defensa Pública gratuita; la manutención provisional se fija en las primeras audiencias.
- La manutención se calcula en bolívares y pierde valor con la inflación: pida su fijación en porcentaje de los ingresos o su indexación.
- La autorización de viaje del menor se otorga ante notario o en el registro civil; sin ella, el SAIME no deja salir al niño.
- La crisis institucional alarga todos los procedimientos: conserve copias certificadas de cada actuación.
Coste y cobertura
Justicia gratuita por la Constitución; Defensa Pública gratuita; abogado privado a menudo en dólares (de 200 a 1 500 dólares).
Cambios recientes
La emigración masiva ha multiplicado los casos de padres en el extranjero: la manutención desde fuera y las autorizaciones de viaje son los litigios más frecuentes. El TSJ ha admitido la fijación de la manutención en divisas en varios casos.
A quién dirigirse
- Circuitos judiciales de protección de niños, niñas y adolescentes.
- Consejos de Protección municipales y Defensorías del Niño.
- Defensa Pública: defensores en materia de protección.
- SAIME: autorizaciones de viaje de menores.
Conviene saber
Ningún progenitor puede sacar al hijo del país sin la autorización del otro o del tribunal, incluso para emigrar: la LOPNNA lo exige y el SAIME lo controla. Y la manutención fijada en bolívares se evapora con la inflación: pídala en porcentaje o en divisas.
Fuentes y enlaces oficiales
- LOPNNA — Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes — texto (OEA)
- Tribunal Supremo de Justicia — circuitos de protección — tribunales
- Defensa Pública de Venezuela — asistencia
Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.
