El marco legal
El Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 17.823 de 2004) regula la tenencia: los padres la acuerdan con homologación judicial o el juez de familia la atribuye según el interés superior del niño, con un régimen de visitas para el otro progenitor. La Ley 20.141 de 2023 de corresponsabilidad en la crianza establece que la tenencia compartida es el régimen preferente cuando los padres lo acuerdan y refuerza el derecho del niño a mantener el vínculo con ambos, con excepciones en los casos de violencia. La pensión alimenticia se fija según ingresos y necesidades, se retiene del salario y se debe hasta los 21 años (18 si el hijo tiene medios); la Ley 19.480 de 2017 creó el Registro Nacional de Actos Personales de deudores alimentarios, que bloquea trámites. Salir del país con un menor exige la autorización del otro progenitor.
Los puntos clave
| Tenencia | Por acuerdo homologado o por el juez de familia; compartida preferente por acuerdo desde 2023; excluida en casos de violencia |
|---|---|
| Visitas | Régimen fijado por acuerdo o por el juez; el incumplimiento puede sancionarse |
| Pensión | Según ingresos y necesidades; retención salarial; hasta los 21 años; incluye gastos de educación y salud |
| Impago | Registro Nacional de Deudores Alimentarios (bloqueo de licencia, créditos, trámites); astreintes |
| Salida del país | Autorización del otro progenitor ante escribano o del juez, exigida por Migración |
| Servicios | Defensoría Pública, INAU, Juzgados de Familia Especializados en casos de violencia |
| Cifras | Unos 30 000 procesos de pensiones alimenticias al año |
En la práctica
- Acordar tenencia, visitas y pensión con el abogado (o en mediación) y pedir la homologación al juez de familia; el acuerdo tiene fuerza de sentencia.
- Sin acuerdo, demanda ante el juzgado de familia con la Defensoría Pública gratuita; la pensión provisoria se fija en la primera audiencia y se retiene del salario.
- El impago se inscribe en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios a pedido del acreedor.
- La autorización de viaje se firma ante escribano; Migración la exige.
- Los Juzgados de Familia Especializados intervienen cuando hay violencia; la tenencia compartida está excluida en esos casos.
Coste y cobertura
Defensoría Pública gratuita según ingresos; abogado privado de 15 000 a 60 000 pesos; sin tasas significativas.
Cambios recientes
La Ley 20.141 de 2023 («corresponsabilidad en la crianza») introdujo la tenencia compartida preferente por acuerdo tras un debate intenso sobre su aplicación en los casos de violencia; la Suprema Corte y el Poder Judicial publicaron guías en 2024.
A quién dirigirse
- Juzgados letrados de familia.
- Defensoría Pública de familia.
- INAU (Instituto del Niño y Adolescente): protección.
- Registro Nacional de Actos Personales — deudores alimentarios; Dirección Nacional de Migración.
Conviene saber
La tenencia compartida de 2023 es preferente solo cuando los dos padres la acuerdan y no hay violencia: el juez no la impone contra la voluntad de uno. Y el Registro de Deudores Alimentarios bloquea la renovación de la licencia de conducir y los créditos: pídalo si el otro no paga.
Fuentes y enlaces oficiales
- Ley 20.141 — corresponsabilidad en la crianza — texto oficial
- Código de la Niñez y la Adolescencia — Ley 17.823 — texto oficial
- Poder Judicial — Defensoría Pública — asistencia
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