Custodia de los hijos — República Dominicana

Autoridad parental compartida y guarda atribuida por el tribunal de niños, niñas y adolescentes según el interés del niño — en la práctica a la madre en la mayoría de los casos —, pensión alimentaria fijada por el mismo tribunal con prisión suspendida por impago, y autorización de viaje del otro progenitor.

Mapa de situación — República Dominicana — Custodia de los hijos
República Dominicana. Mapa de situación de contornos simplificados — datos Natural Earth, dominio público.

El marco legal

El Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03) regula la autoridad parental, compartida, y la guarda: por acuerdo homologado o por el tribunal de niños, niñas y adolescentes según el interés superior, con un régimen de visitas para el otro progenitor. La pensión alimentaria se demanda ante el mismo tribunal (sala penal para los alimentos), se fija según los ingresos y se retiene del salario; el incumplimiento se sanciona con dos años de prisión suspendida mientras se pague (artículo 196). La salida del país de un menor con uno solo de los padres exige la autorización notarial del otro, legalizada por la Procuraduría.

Los puntos clave

Autoridad parentalCompartida; suspensión o pérdida judicial
GuardaPor acuerdo homologado o por el tribunal de niños, niñas y adolescentes; en la práctica a la madre mayoritariamente; guarda compartida posible
VisitasRégimen fijado por acuerdo o sentencia; Departamento de Conciliación del tribunal
Pensión alimentariaTribunal de NNA; según ingresos; retención salarial; hasta los 18 años (21 si estudia)
ImpagoDos años de prisión correccional suspendida mientras se cumpla el pago (Ley 136-03, artículo 196)
Salida del paísAutorización notarial del otro progenitor legalizada por la Procuraduría General; exigida por Migración
ServiciosCONANI (Consejo Nacional para la Niñez), Departamento de Conciliación de los tribunales

En la práctica

Coste y cobertura

Conciliación gratuita en los tribunales; abogado privado de 15 000 a 50 000 pesos dominicanos; Defensa Pública limitada.

Cambios recientes

El nuevo Código Penal de 2025 no modificó la Ley 136-03; los tribunales de NNA han ampliado la guarda compartida por acuerdo y la conciliación previa.

A quién dirigirse

Conviene saber

La condena por impago de pensión es de dos años de prisión suspendida: el deudor queda libre mientras paga y va a la cárcel si deja de hacerlo. Es un mecanismo eficaz y temido; los acuerdos deben ser realistas. Y la autorización de viaje debe estar legalizada por la Procuraduría, no basta la firma notarial.

Fuentes y enlaces oficiales

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